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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (11/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de abril de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F DECRETO LEGISLATIVO /G44/G45/G43/G52/G45/G54/G4F/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F /G4E/GBA/G20/G39/G36/G32 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 81º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 20º de la Ley Nº 27312 - Ley de Gestión de la Cuenta General de la República, ha remitido al Poder Ejecutivo el Dictamen elaborado por la Comisión Revisora de la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004, solicitando su aprobación mediante la promulgación de un Decreto Legislativo; Que, la Cuenta General de la República del Ejercicio Fiscal 2004, consigna información económica, presupuestal y financiera de la actividad pública y de las empresas del Estado, la cual ha sido auditada por la Contraloría General de la República; Que, al no haber pronunciamiento del Congreso de la República en el plazo establecido, corresponde al PoderEjecutivo la promulgación de un Decreto Legislativo que apruebe la Cuenta General, por mandato expreso del citado Artículo 81º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27312 - Ley de Gestión de la Cuenta General de la República; De conformidad con lo establecido en el inciso 1) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: /G43/G55/G45/G4E/G54/G41/G20/G47/G45/G4E/G45/G52/G41/G4C/G20/G44/G45/G20/G4C/G41/G20/G52/G45/G50/GDA/G42/G4C/G49/G43/G41 /G43/G4F/G52/G52/G45/G53/G50/G4F/G4E/G44/G49/G45/G4E/G54/G45/G20/G41/G4C/G20/G45/G4A/G45/G52/G43/G49/G43/G49/G4F /G46/G49/G53/G43/G41/G4C/G20/G32/G30/G30/G34 Artículo 1º.- Objeto de la norma.- Apruébase la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2004 presentada por el Poder Ejecutivo, auditada por la Contraloría General de la República y dictaminada por la Comisión Revisora de la Cuenta General de la República. Artículo 2º.- Acciones de Control.- La aprobación de la mencionada Cuenta General de la República no exime de las acciones a que se refiere la normatividad del Sistema Nacional de Control, ni posteriores acciones de fiscalización por parte del Poder Legislativo.ANEXO Mapa que define el ámbito de creación del distrito Canoas de Punta Sal. 06509