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PÆg. 316651 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de abril de 2006 del 7 de abril de 2006, acordó aceptar la renuncia formulada por la citada funcionaria; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio y de conformidad con lo establecido en el artículo 7º literal v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia de la señora abogada María Aurora Valencia Espinoza, al cargo de confianza deJefe de la Zona Registral Nº VI – Sede Pucallpa, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Públicos 06573 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Aprueban Lineamientos de Política en Materia de Administración y Adjudicación de Terrenos de Propiedaddel Estado del Gobierno Regional delCusco ORDENANZA REGIONAL Nº 037-2006-CUSCO-CRC/GRC El Consejo Regional del Gobierno Regional del Cusco, en Sesión Ordinaria realizada el día veintinueve de enerodel año dos mil seis, ha tratado, debatido y aprobado pormayoría: LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE TERRENOS DEL ESTADO EN EL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, el artículo 35º de la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la descentralización”, establece las competenciasexclusivas de los Gobiernos Regionales, señalando en suinciso j) “Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción con excepción de terrenos de propiedad municipal”. Que, el artículo 62º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” determina las funcionesespecíficas de los Gobiernos Regionales en materia deadministración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado. Que, la Ley Nº 28273 “Ley del Sistema de Acreditación de Gobiernos Regionales y Locales”, establece comoobjetivo acreditar la existencia de capacidades de gestiónefectiva en los Gobiernos Regionales y Locales, paraasumir las competencias, funciones, atribuciones y recursos. Que, en tal sentido es necesario aprobar los Lineamientos de Política en Materia de Administración yAdjudicación de Terrenos de Propiedad del Estado delGobierno Regional del Cusco. Estando a lo dispuesto por los artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” modificado por Ley Nº 27902. El Consejo Regional del CuscoHa dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APRUÉBESE, los Lineamientos de Política en Materia de Administración y Adjudicaciónde Terrenos de Propiedad del Estado del Gobierno Regional del Cusco, cuyo texto de un (1) folio seencuentra anexo y forma parte de la presenteOrdenanza Regional. Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su aprobación por elpleno del Consejo Regional del Cusco. Cusco, enero del 2006 CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ Presidente 03161 Exoneran de procesos de selección las adquisiciones y contrataciones debienes y servicios en la ejecución dela Obra "Construcción Puente PeatonalIndependencia" ACUERDO REGIONAL Nº 005-2006-CRC/GRC El Consejo Regional del Cusco, en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y el ReglamentoInterno de Organización y Funciones del Consejo Regionaldel Cusco, en Sesión Ordinaria realizada el 29 de enerodel año 2006, ha tratado, debatido y aprobado por mayoríael siguiente: ACUERDO REGIONAL CONSIDERANDO: Que, conforme establece el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por LeyNº 27902, el Consejo Regional emite AcuerdosRegionales que expresan la decisión de este órganosobre asuntos internos o de interés público, ciudadanoo institucional; Que, conforme establece el inciso c) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado todas las exoneraciones, salvolas previstas en el literal b) del artículo 19º, se aprobaránmediante Acuerdo del Consejo Regional o del ConcejoMunicipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales, y que, está prohibida la aprobación de exoneraciones; Que, el Decreto Ejecutivo Regional Nº 0025-2005-GR CUSCO/PR, DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA,la intersección vial y peatonal ubicado entre el cruce de laruta Ccorcca y Panamericana Sur del Asentamiento Humano Independencia del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco; Que la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Regional Plan COPESCO con Informe de la Oficina deAsesorìa Jurídica, Dirección de Obras y Oficina deAdministración como Titular de la Unidad Ejecutora 002 sustenta ante el Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco que: Estando a la Modificación Presupuestaria al Proyecto Especial Regional Plan COPESCO para la ejecución de laObra “Construcción Puente Peatonal Independencia”,efectivizadas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 1012-2005-GR CUSCO/PR emitida el 7 de diciembre del 2005, constituyen circunstancias fortuitas, por el carácterextraordinario e imprevisible respecto de la adquisición delos bienes, servicios y obras que deben ser comprometidasdirectamente, considerando el carácter INMINENTE yNECESARIO de la ejecución de la obra, que dicho Procedimiento Extraordinario a seguir está enmarcado en la Ley Nº 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado modificada por la Ley Nº 28267, sobreEXONERACIÓN DEL PROCESO DE ADQUISICIONESgarantizando y asegurando además la absolutaTRANSPARENCIA en el eficiente manejo de los recursos transferidos; Por lo cual se fundamenta el TRÁMITE DE EXONERACIÓN con los Informes de la Oficina deAdministración del Proyecto Especial Regional PlanCOPESCO mediante Informe Nº 4100-010-2005 emite