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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (14/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G38/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de abril de 2006 Artículo Segundo.- Disponer que el plano aprobado en el artículo precedente sea remitido a laMunicipalidad Metropolitana de Lima para su conoci-miento y registro. Artículo Tercero.- Encárguese el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza a la Gerencia de Trámites y Autorizaciones. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 06704 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARÍA DE HUACHIPA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G71/G75/G69/G65/G62/G72/G65/G20 /G64/G65/G20 /G4D/G75/G6C/G74/G61/G73 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ORDENANZA Nº 045-MCPMSMH C.P. de Santa María de Huachipa, 30 de marzo de 2006 EL CONCEJO DEL CENTRO POBLADO DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política del Perú se les reconoce a los Gobiernos Locales autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa aprueba la escala de Multas que se aplicará a los infractores de las Disposiciones Municipales; Que el artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que es elConcejo Municipal el que aprueba y modifica la escalade multas respectiva; Que la Gerencia de Rentas ha establecido que muchas de las multas administrativas se encuentran en calidad de incobrables motivadas por que la imposiciónde las mismas no han observado la normatividad delRégimen de Aplicación de Sanciones aprobado conOrdenanza Nº 002-96-MCPSMH, motivo por el cual lasinvalida; Que, el artículo 40º de la Ley de la materia establece que mediante las Ordenanzas se crean, modifican,suprimen o exoneran los arbitrios, las licencias, tasasderechos y contribuciones en los límites establecidospor ley; Estando lo expuesto de conformidad con la ley vigente: Disponen Quiebre de Multas Administrativas Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Multas Administrativas no tributarias giradas hasta el 31 de diciembre de 2001, aun cuando las mismas se encuentren en proceso de Cobranza Ordinaria o extraordinaria. Artículo 2º.- Se dispone el quiebre definitivo de las Multas Administrativas desde el año 2002 al 2005, quesu imposición no ha observado el procedimientoestablecido en el Reglamento de Aplicación de Sanciones, cualquiera que sea el estado en que se encuentren. Artículo 3º.- Los criterios para la aplicación del artículo 2º de la presente Ordenanza se basan estrictamente enlos criterios que se establecen en el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) vigente. Artículo 4º.- Se conformará una Comisión Especial que será la encargada de evaluar las multasadministrativas que se encuentren contempladas dentrodel artículo 2º. Artículo 5º.- La Comisión Especial estará integrada por el Presidente de la Comisión de Administración,Planificación y Economía, Gerente Municipal, el Gerentede Rentas y el Jefe de la Unidad de Servicios Sociales. Artículo 6º.- Otorgar un plazo de 60 días a partir del día siguiente de la publicación de este dispositivo para que la Comisión Especial cumpla con el trabajo encomendado. Artículo 7º.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza y a laGerencia de Rentas su aplicación conforme a susatribuciones. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARÍA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 06715 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 165-MDS Surquillo, 31 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO; POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha, estando a la propuesta formulada por la Comisión de Administración, Planeamiento y Presupuesto, según Dictamen Nº 001-2006-CAPP-CM-MDS de fecha 30 de marzo de 2006, así como lasmodificaciones introducidas en el debate de la precitadaSesión Ordinaria; en uso de las atribuciones previstasen el artículo 9º numeral 9.2. de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, así como el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972; y, con el voto unánime de sus miembros ydispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó lasiguiente: ORDENANZA APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Artículo 1º.- Objeto de la Norma.- Apruébese la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Surquillo, la misma que, en cuadro anexo, forma parteintegrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Derogación de Norma.- Deróguese la Ordenanza Nº 098-MDS. Artículo 3º.- Entrada en vigencia.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la Ordenanzaque aprueba el Reglamento de Organización y Funcionesde la Municipalidad de Surquillo, acorde a la EstructuraOrgánica dispuesta en esta norma. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde