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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 6. Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital 9 700,00 Componente 3.00895 : Normar, Controlar, Supervisar y promover las Actividades Industriales y Artesanales 5. Gastos Corrientes 3. Bienes y Servicios 72 459,00 Función 12 : Pesca Programa 044 : Promoción de la Producción PesqueraSubprograma 0116 :Desarrollo de la Pesca Actividad 1.00345 : Normar, Promover y desarrollar la Actividad Pesquera. Componente 3.01088 : Promoción y Capacitación en Alimentación, Nutrición y Gestión. Fuente de Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados 5. Gastos Corrientes (Nuevos Soles) 3. Bienes y Servicios 36 000,00 6. Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital 14 000,00 Componente 3.01318 : Tr ansferencia de Tecnología y Capacitación Fuente de Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados 6. Gastos de Capital 7. Otros Gastos de Capital 187 468,00 TOTAL EGRESOS S/. 417 077,00 Artículo 2º.- La Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico, solicitará a la DirecciónNacional del Presupuesto Público las Codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidadesde Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- La Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estratégico instruye a la Unidad Ejecutora001: Ministerio de la Producción para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuenciade lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución se presentará dentro de los cinco (5) días de aprobada, alos Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Regístrese y comuníquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 07153 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G72/G65/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G78/G2D /G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G79/G20 /G72/G65/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G6D/G65/G72/G6C/G75/G7A/G61/G20/G65/G6E/G20/GE1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G6F/G6D/G69/G6E/G69/G6F/G20/G6D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2006-PRODUCE Lima, 21 de abril del 2006 Visto el Oficio Nº DE-100-113-2006-PRODUCE/IMP mediante el cual se alcanza el Informe Preliminar denominado “Avance del proceso reproductivo de lamerluza” y el Informe Nº 112-2006-PRODUCE/DNEPP- Dch; CONSIDERANDO: Que el artículo 2° de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendoal Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos;Que el artículo 9° de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción,sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determinará, según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, lascuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y demás normasque requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que por Resolución Ministerial Nº 356-2005- PRODUCE del 28 de diciembre de 2005, se estableció el Régimen Provisional de Pesca del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2006, en el marco del cual se autorizó la actividad extractiva del citado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero de 2006 en el área marítima comprendida desde elextremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 06º 00’ 00” Latitud Sur; además se fijó la cuota total de pesca del recurso merluza en 55,000 toneladas métricas; Que a través de la Resolución Ministerial Nº 076- 2006-PRODUCE del 23 de marzo de 2006, se estableció la veda reproductiva del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) y se suspendió la extracción del citado recurso, a partir de las 00:00 horas del 25 de marzo de 2006, en el área marítima comprendida desde el extremonorte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 06º 00’ 00’’ Latitud Sur, con excepción del área delimitada por los paralelos 04º 00’ 00’’ y 04º 59’ 59’’ Latitud Sur.Asimismo, el artículo 6º, estableció que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE ejecutará la Operación Merluza IX, debiendo previamente remitir a la Dirección Nacionalde Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción el Plan de Trabajo a ejecutar; Que la Resolución Ministerial N° 107-2006- PRODUCE del 17 de abril de 2006, autorizó al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Operación Merluza IX desde las 00:00 horas del día 19 hasta las24:00 horas del día 21 de abril de 2006, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º 30’ Latitud Sur) y Pimentel (07º 00’ Latitud Sur), con laparticipación de las embarcaciones pesqueras arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y en estado operativo para la extracción delrecurso merluza, y que participan del Régimen Provisional de Pesca autorizado por la Resolución Ministerial Nº 356- 2006-PRODUCE; Que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE mediante el Oficio Nº DE-100-113-2006-PRODUCE/IMP del 20 de abril de 2006, alcanzó el Informe Preliminar “Avance delproceso reproductivo de la merluza”, preparado con la información procedente de la Operación Merluza IX, efectuado los días 19 y 20 de abril, el cual contiene elanálisis de la situación actual del comportamiento reproductivo de la merluza y sus proyecciones, concluyendo que teniendo en consideración que elproceso de desove de verano se ha venido manifestando a lo largo de una gran parte de la estación, estos resultados indican que se encuentra en su fase final, siendo que lasmuestras que se vienen registrando hasta el momento, indican una baja actividad reproductiva en la zona vedada, por lo que es posible reiniciar la actividad extractiva apartir de la última semana de abril, en el área de veda establecida según Resolución Ministerial N° 076-2006- PRODUCE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2003-PRODUCE y demás normas comple-mentarias y ampliatorias; y, Con el visado del Viceministro de Pesquería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reiniciar a partir de las 00:00 horas del 24 de abril de 2006, las actividades de extracción y recepción del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 06º 00’ 00’’ Latitud Sur, siendo de aplicación en todos sus extremos las disposiciones establecidas en el marco del