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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 el SPP, a efectos de que tengan pleno conocimiento de lo establecido en la presente Circular. Asimismo, el no cumplimiento de lo establecido en los acápites 2.2, 2.3 y 2.4 constituye infracción leve de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º de laResolución Nº SBS 816-2005. 5. Procedimientos complementariosComplementariamente a lo establecido en la presente Circular, las AFP y las empresas de seguros podránsuscribir convenios con terceros, a fin de facilitar los procedimientos de verificación de la condición de supérstite de afiliados o beneficiarios que percibenpensión al interior del SPP. 6. VigenciaLa presente Circular entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano. Atentamente,JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 07061 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G6F/G66/G74/G77/G61/G72/G65/G20/G46/G69/G6C/G65/G4E/G65/G74 /G50/G61/G6E/G61/G67/G6F/G6E RESOLUCIÓN CONASEV Nº 019-2006-EF/94.10 Lima, 19 de abril de 2006 VISTOS:El Informe Nº 111-2006-EF/94.40, de fecha 6 de marzo de 2006 de la Gerencia de Sistemas, que sustentala necesidad de contar con el servicio de Actualización y Soporte del Software FileNet Panagon y el Informe Conjunto Nº 184-2006-EF/94.35/94.20 de fecha 18 deabril de 2006, de la Gerencia de Administración y Finanzas y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; con los cuales se presenta a la Gerencia General, la solicitud decontratación de servicios que no admite sustituto y existe proveedor único; CONSIDERANDO: Que, CONASEV cuenta con un Sistema de Administración Documentaria con manejo de imágenes y workflow, el cual está orientado a optimizar las funciones operativas y administrativas del flujo de documentos enla Institución y agilizar su trámite; Que, mediante Informe Nº 111-2006-EF/94.40 de fecha 6 de marzo de 2006, la Gerencia de Sistemasseñala que se requiere contar con el servicio de Actualización y Soporte del Software FileNet Panagon, a fin de garantizar la continuidad operativa de los sistemasde administración documentaria, manifestando que el mencionado sistema es considerado de Misión Crítica, debido a que su operatividad puede incidir en el tiempode atención a los usuarios internos y externos, afectando la calidad del servicio; asimismo, señala que dicho servicio sólo es posible contratarlo de manera directa con laempresa GMD S.A.; Que, con fecha 3 de marzo de 2006, GMD S.A. remite a CONASEV una carta de LPA CORPORATESOLUTIONS, en la que señala que la empresa GMD S.Aes el único autorizado en el Perú para la venta, distribución y soporte de licencias y productos FileNet; Que, conforme a lo dispuesto en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la contratación de los bienes o servicios que no admiten sustitutos y existe proveedor único, están exonerados de losprocesos de selección que le correspondan, procediendo su contratación mediante acciones inmediatas, de acuerdo con el artículo 20º de la citada norma; Que, asimismo, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM dispone que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercadonacional, la Entidad podrá contratar directamente; asimismo, se considerará que existe proveedor único en los casos que por razones técnicas o relacionadascon la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, de acuerdo con la evaluación realizada y las disposiciones citadas del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y suReglamento, el servicio de Actualización y Soporte del Software FileNet Panagon sólo es posible contratarlo de manera directa con la empresa GMD S.A. debido a queno existe servicio sustituto al requerido y a la exclusividad de la mencionada empresa para la venta, distribución y soporte de licencias y productos FileNet en el territoriodel Perú, por lo que se determina que se está frente a un servicio que no admite sustituto y que existe proveedor único; Que, dicha contratación se configura en el supuesto contemplado por el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y es necesario disponer la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva previsto en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de CONASEV, siendo el monto de la contratación del servicio por el período de un (1) año, de US $ 15 315,00 (Quince Mil TrescientosQuince y 00/100 Dólares Americanos) incluido todo tipo de tributos, el mismo que se financiará con recursos propios debidamente presupuestados; Que, el Informe Nº 111-2006-EF/94.40 y el Informe Conjunto Nº 184-2006-EF/94.35/94.20, contienen la justificación técnica y legal para contratar, víaexoneración, el Servicio de Actualización y Soporte del Software FileNet Panagon por causal de servicio que no admite sustituto y existe proveedor único; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 19º, inciso e) y el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratación del servicio de Actualización y Soporte del Software FileNetPanagon, por un valor referencial de US$ 15 315,00 (Quince Mil Trescientos Quince y 00/100 Dólares Americanos) incluido el Impuesto General a las Ventas,por el período de un (1) año. Consecuentemente, autorícese la contratación con la empresa GMD S.A. mediante acciones inmediatas, la misma que seráfinanciada con recursos propios de CONASEV, encontrándose dicho monto debidamente presupuestado. Artículo 2º . - Disponer que la contratación se realice por el Comité Especial que se conformará para tal efecto y que el Área de Logística cumpla con verificar todas las formalidades inherentes a la contratación con la empresaGMD S.A., dentro del marco de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º .- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE; así como remitir copia de la misma y de los Informes que