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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e ImpuestoSelectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, lasdonaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones NoGubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial oeducacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que seaaprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional- APCI, de conformidad con el DecretoLegislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación TécnicaInternacional; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 25 de agosto de 2005 y Certificado de Donación de fecha19 de agosto de 2004, legalizados por el Consulado General del Perú en Amsterdam, se observa que International Dispensary Association - IDA, ha efectuadouna donación a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ; Que, los bienes donados consisten en 19 bultos conteniendo 50,000 cápsulas de Cycloserine 250 mg. y 9,000 ampollas Capreomycin 1 gram., con un peso bruto de 326.50 kilos y valorizado en US$ 16,815.00 (Dieciséismil ochocientos quince y 00/100 Dólares americanos), la donación será distribuida gratuitamente a los pacientes que se encuentren registrados en la Estrategia SanitariaNacional de Prevención y Control de Tuberculosis (Ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association - IDA, a favorde la asociación SOCIOS EN SALUD-SUCURSAL PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por International Dispensary Association - IDA a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ, consistente en 19 bultosconteniendo 50,000 cápsulas de Cycloserine 250 mg. y 9,000 ampollas Capreomycin 1 gram., con un peso bruto de 326.50 kilos y valorizado en US$ 16,815.00 (Dieciséismil ochocientos quince y 00/100 Dólares americanos), la donación será distribuida gratuitamente a los pacientes que se encuentren registrados en la Estrategia SanitariaNacional de Prevención y Control de Tuberculosis (Ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos.Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07141 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0451-2006-RE Lima, 20 de abril de 2006 Visto, el expediente Nº 1213-2006, presentado por la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ, mediante el cual solicita la inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association - IDA, con sede enAmsterdam, Holanda. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con el DecretoLegislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM - Reglamento de la Ley de Cooperación TécnicaInternacional; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 31 de enero de 2003, legalizado por el Consulado Generaldel Perú en Amsterdam, se observa que International Dispensary Association - IDA, ha efectuado una donación a favor de la asociación SOCIOS EN SALUD -SUCURSAL PERÚ; Que, los bienes donados consisten en 861 bultos conteniendo 857,400 tabletas de Ethionamide 250 mg.,850,000 tabletas de Ciprofloxacin 500 mg., 2'109,100 Pas Sodium granules 60% (P-Aminosalicylate Sodium), 850,900 cápsulas de Cycloserine 250 mg., 60,938ampollas de Capreomycin 1 gram., 55,000 cápsulas de Clofazimine 100 mg., 425,000 tabletas de Amoxicillin/ Clavulanic Acid 500/125 mg., 80,150 ampollas deKanamycin 1 gram., y 19,200 ampolletas de Streptomycin 1 g., con un peso bruto de 12,536.00 kilos y un valor CIF de US$ 1'042,846.21 (Un millón cuarentidós milochocientos cuarentiséis y 21/100 Dólares americanos), la donación será distribuida gratuitamente a los pacientes que se encuentren registrados en la Estrategia SanitariaNacional de Prevención y Control de Tuberculosis (Ex Programa Nacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores. la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association - IDA, a favorde la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERÚ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,