Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (23/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 MÉDICO ASISTENCIALES CLÍNICA ADVENTISTA ANA STAHL DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SÉPTIMODÍA; Que, los bienes donados consisten en (5) cinco bultos conteniendo 5 condensadores para refrigeración marcaSILENSYS, con un peso total de 1256.00 kilos y un valor CIF US$ 5,516.00 (Cinco mil quinientos dieciséis y 00/100 dólares americanos), servirá para uso exclusivode los pacientes de la Clínica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor TECUMSEH EUROPE a favor de la ASOCIACIÓN PASTORAL DE SERVICIOS MÉDICO ASISTENCIALES CLÍNICA ADVENTISTA ANA STAHL DE LA IGLESIAADVENTISTA DEL SÉPTIMO DÍA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por TECUMSEH EUROPE a favorde la ASOCIACIÓN PASTORAL DE SERVICIOS MÉDICO ASISTENCIALES CLÍNICA ADVENTISTA ANA STAHL DE LA IGLESIA ADVENTISTA DEL SÉPTIMODÍA, los bienes donados consisten en (5) cinco bultos conteniendo 5 condensadores para refrigeración marca SILENSYS, con un peso total de 1256.00 kilos y un valorCIF US$ 5,516.00 (Cinco mil quinientos dieciséis y 00/100 dólares americanos), servirá para uso exclusivo de los pacientes de la Clínica. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07139 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0449-2006-RE Lima, 20 de abril de 2006 Visto, el Expediente Nº 1708-2006, presentado por la asociación COMUNIDAD TRAPEROS AGUILAS EMAUS, mediante el cual solicita la inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de EMMAUS INTERNATIONAL, con sede en la ciudad deAlfortville, Francia. CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERÚ) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación COMUNIDAD TRAPEROS AGUILAS EMAUS, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidadcon la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior,aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 4 de agosto de 2005, legalizada por el Consulado Generaldel Perú en París, Francia, se observa que Emmaus International ha efectuado una donación a favor de la asociación COMUNIDAD TRAPEROS AGUILASEMAUS; Que, los bienes donados consisten en 279 bultos, conteniendo 250 bultos de ropa usada, 4 bultos dejuguetes, 3 cajas de vajilla, 1 caja de herramientas, 10 tiendas carpas), 5 rollos de tejido, 5 sillas de rueda y 1000 kg. de ropa a granel, con un peso bruto de 14,800kilos, con un valor FOB de 5,500.00 (Cinco mil quinientos 00/100 Euros), los bienes donados tienen como finalidad apoyar la labor asistencial y humanitariaque realizan en la Región Piura; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la Inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERÚ e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Emmaus International; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Emmaus International a favor laasociación COMUNIDAD TRAPEROS AGUILAS EMAUS, consistente en 279 bultos, conteniendo 250 bultos de ropa usada, 4 bultos de juguetes, 3 cajas de vajilla, 1caja de herramientas, 10 tiendas (carpas), 5 rollos de tejido, 5 sillas de rueda y 1000 kg. de ropa a granel, con un peso bruto de 14,800 kilos, con un valor FOB de 5,500.00 (Cinco mil quinientos 00/100 Euros), los bienes donados tienen como finalidad apoyar la labor asistencial y humanitaria que realizan en la Región Piura. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 07140 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0450-2006-RE Lima, 20 de abril de 2006 Visto, el Expediente Nº 1218-2006, presentado por la asociación SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL DEL PERÚ, mediante el cual solicita la inafectación del ImpuestoGeneral a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Internacional Dispensary Association - IDA, con sedeen Amsterdam, Holanda.