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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G37/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 30 de abril de 2006 f) Consolidado de Información Financiera y Presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2003, presentado ala Contaduría Pública de La Nación. g) Análisis de la Cuenta de Gestión. h) Inventario de Bienes de Consumo de Activo Fijo. Que, los hechos precedentemente expuestos determinan que el imputado Bernardo Benjamín SandovalAredo incurrió en inconducta funcional tipificadas como faltas administrativas de carácter disciplinarias graves y que se encuentran taxativamente tipificadas en: 1. Artículo 25º de la Ley Nº 27312: No presentación de la información requerida por la Contaduría Públicade la Nación para la elaboración de la Cuenta General de la República dentro del plazo fijado, (para el caso 1). 2. Artículo 28º, inciso d), del Decreto Legislativo Nº 276: Negligencia en el desempeño de las funciones, (en los casos 2, 3, 4 y 5). Pues, ha implicado la trasgresión de lo dispuesto - en lo pertinente- en los artículos 12º de la Ley deGestión de la Cuenta General de la República Nº 27312, 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada porDecreto Legislativo Nº 276, numeral 2 del Instructivo Nº 1 - Documentos y Libros Contables, numeral 5, ítem 1.3 del Instructivo Nº 6 - Periodicidad depresentación de Estados Financieros y Presupuestarios, numeral 5 del Instructivo Nº 7 - Cierre Contable - Información contable que deberán presentarlas Entidades Públicas a la Cuenta General de la República, numeral 7.2 del Instructivo Nº 19-2002-EF/ 93.01 - Proceso para facilitar la transferencia de lainformación contable y administrativa a las nuevas autoridades municipales, Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 008-97-EF/93.01, queprecisa las obligaciones del Contador Público en el desempeño de sus funciones profesionales, Resolución del Consejo Normativo de ContabilidadNº 010-97-EF/93.01, que aprueba el nuevo Plan Contable Gubernamental del Sistema de Contabilidad Gubernamental, las Normas Técnicas de ControlInterno para el Sector Público Nºs. 280-07 aprobadas por Resolución de la Contraloría General de la República Nº 072-98-CG, y el artículo 37º, incisos a),c), d), e), l) y m); del Reglamento de Organización y Funciones -ROF- de la Municipalidad Provincial de Julcán, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 012-2003-MPJ; Que, en consecuencia, para determinar el grado de responsabilidad o irresponsabilidad del ex servidorBernardo Benjamín Sandoval Aredo, es menester aperturar el correspondiente proceso administrativo disciplinario; En ejercicio de las atribuciones señaladas en el artículo 167º del D.S. Nº 005-90-PCM y de conformidad con el pronunciamiento de la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Julcán, en su informe de Vistos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APERTURAR proceso administrativo disciplinario contra don Benjamín Bernardo Sandoval Aredo por los cargos de a) No presentación de lainformación requerida por la Contaduría Pública de la Nación para la elaboración de la Cuenta General de la República dentro del plazo fijado; y, b) Negligencia en eldesempeño de las funciones. Artículo 2º.- CÓRRASE traslado al procesado Benjamín Bernardo Sandoval Aredo a fin de que presentepor escrito sus descargos de ley que le respecta, con las pruebas que crea conveniente a su defensa, dentro del plazo de cinco días. Artículo 3º.- DEVUÉLVASE estos actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin de que disponga las investigacionesdel caso, solicite los informes respectivos, solicite, actúe y examine los medios probatorios, debiendo elevar un informe dentro del plazo de ley.Regístrese, notifíquese y cúmplase. ELÍ A. PERALTA VARGAS Alcalde 07597 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA LIBERTAD /G50/G72/G6F/G6D/G75/G6C/G67/G61/G6E/G20/G79/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C /G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 013-2006-MDLL/A. Cajamarquilla, 17 de abril del 2006. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA LIBERTAD VISTO: El Informe Nº 001-2006.CCA-MDLL. presentado por el Comité de Contrataciones y Adquisiciones, por el cual solicitan la aprobación del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de LaLibertad, para el Ejercicio Presupuestal 2006. CONSIDERANDO: Que, es necesario contar con un documento de Gestión que formalice y permita la adquisición de bienesy servicios, contratación de servicios en general, de consultoría y ejecución de Obras, a fin de garantizar el normal funcionamiento de todas las dependencias queconforman en la Municipalidad Distrital de La Libertad y dar cumplimiento a las metas trazadas para el año 2006; Que el Art. 7º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001- PCM y el Art. 7º del reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante D.S. Nº 013-2001-PCM, establece que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el cual consolidará la información de las LicitacionesPúblicas, Concursos Públicos y Adquisiciones Directas que realizará la Entidad en el año Fiscal, el mismo que deberá ser aprobado por el titular del pliego; Que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de la Libertad propuesto para el año 2006, ha sido formulado en función al PIA 2006, yen uso de las facultades conferidas por la nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Promulgar y Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones para el ejercicio 2006, correspondiente al Pliego Presupuestario de la Municipalidad Distrital de La Libertad que forma parte dela presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que las Contrataciones y Adquisiciones se ejecuten según la modalidad aprobadamediante el Proceso de Selección que corresponda a las que han sido aprobadas en el Plan Anual. Artículo Tercero.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano para su difusión y ejecución del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones. Artículo Cuarto.- Disponer que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones sea remitido a CONSUCODE, así como a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME. Y ponera disposición de los interesados. Regístrese, cúmplase y publíquese. OCTAVIO S. AGUEDO VÁSQUEZ Alcalde 07595