Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2006 (30/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

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observada por error material, pues se consigna la cifra de 204 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 205; Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica igualmente que se ha consignado la cantidad de 204 como el "total de ciudadanos que votaron"; que conforme al Reglamento aprobado por la Resolucion Nº 103-2006-JNE, en su Articulo Tercero, Acapite II, Numeral 3) se establece que si el "total de ciudadanos que votaron" es menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados; se anula el acta electoral; Que, en consideracion a la referida anulacion del acta electoral Nº 164227-12-F, la totalidad de votos nulos asciende a 204; por consiguiente, se debe aclarar el articulo primero de la Resolucion Nº 081-2006-JNE, en el sentido de considerar que no existen votos en MORDAZA, ni MORDAZA alguno a favor de las agrupaciones politicas alli consignadas; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA personero legal titular del Partido Aprista Peruano; y en consecuencia, confirmar la Resolucion Nº 081-2006JEE- MORDAZA expedida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, en todos sus extremos. Articulo Segundo.- Aclarar el articulo primero de la Resolucion Nº 081-2006-JNE, a fin de que se entienda que no existen votos en MORDAZA, ni MORDAZA alguno a favor de las agrupaciones politicas consignadas en el articulo primero de la Resolucion Nº 081-2006-JEE. Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 07330 RESOLUCION Nº 473-2006-JNE Expediente Nº 342-2006-APEL MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 22 de MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del Partido Aprista Peruano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, contra la Resolucion Nº 083-2006-JEE- MORDAZA de fecha 15 de MORDAZA del ano 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, que resuelve la observacion por error material detectada en el acta electoral correspondiente a la mesa de sufragio Nº 160605-14-F; recurso que ha sido elevado por el Presidente del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA y recibido el 21de MORDAZA del presente ano; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como funcion administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia en materia electoral, asi como resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados

Electorales Especiales, y que sus resoluciones no son susceptibles de revision, contra ellas no procede recurso o accion de garantia alguna conforme lo senalan los articulos 142º, 178 y 181º de la Constitucion Politica del Peru, concordado con el articulo 5º incisos a) y o) de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486 y articulo 34º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, mediante Resolucion Nº 083-2006-JEE-SANTA, el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA anula el acta electoral Nº 160605-14-F del distrito de Huarmey, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, correspondiente a la eleccion de formula presidencial, observada por error material, pues se consigna la cifra de 226 como "total de ciudadanos que votaron", siendo esta menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados que es de 227; Que, al cotejar el acta electoral observada de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, con el acta electoral del MORDAZA Nacional de Elecciones, se verifica igualmente que se ha consignado la cantidad de 226 como el "total de ciudadanos que votaron"; que conforme al Reglamento aprobado por Resolucion Nº 103-2006-JNE, en su Articulo Tercero, Acapite II, Numeral 3) se establece que si el "total de ciudadanos que votaron" es menor que la cifra obtenida de la suma de los votos consignados a favor de cada organizacion politica participante, mas los votos en MORDAZA, nulos e impugnados; se anula el acta electoral; Que, en consideracion a la referida anulacion del acta electoral Nº 160605-14-F, la totalidad de votos nulos asciende a 226; por consiguiente, se debe aclarar el articulo primero de la Resolucion Nº 083-2006-JNE, en el sentido de considerar que no existen votos en MORDAZA, ni MORDAZA alguno a favor de las agrupaciones politicas alli consignadas; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA personero legal titular del Partido Aprista Peruano; y en consecuencia, confirmar la Resolucion Nº 083-2006JEE-SANTA expedida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, en todos sus extremos. Articulo Segundo.- Aclarar el articulo primero de la Resolucion Nº 083-2006-JNE, a fin de que se entienda que no existen votos en MORDAZA, ni MORDAZA alguno a favor de las agrupaciones politicas consignadas en el articulo primero de la Resolucion Nº 083-2006-JEE. Articulo Tercero.- Remitir la presente resolucion a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el computo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 07331

Declaran fundado en parte y fundado recursos de apelacion interpuestos contra resoluciones del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 529-2006-JNE Expediente Nº 403-2006 MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 VISTO; en Audiencia Publica de fecha 26 MORDAZA de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el

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