Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2006 (30/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, MORDAZA 30 de MORDAZA de 2006 DICE:

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIONES TRANSITORIAS Tercera.- Establezcase un Procedimiento de Excepcion Transitorio, para la formalizacion de las Habilitaciones Urbanas Ejecutadas y Recepcion de Obras de los casos, que a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26878 contaran con resolucion consentida de la autoridad competente que apruebe los Estudios Preliminares y/o los Estudios Definitivos de su proyecto de habilitacion MORDAZA, y que se MORDAZA dado por cumplida la etapa de Aprobacion, con o sin modificaciones, de la Habilitacion MORDAZA en merito de la presente Ordenanza, que figuran en el Anexo 1 a que se refiere el articulo 15º, ubicados en las areas de Estructuracion MORDAZA I y II del distrito de MORDAZA de Surco. El procedimiento transitorio tendra un plazo de vigencia de 180 dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, dentro del cual se establecen las siguientes condiciones de excepcion: a) Se exonera la redencion en dinero del deficit del aporte destinado a Recreacion Publica, en los tramites de Recepcion de Obras de los proyectos comprendidos en el presente Procedimiento de Excepcion Transitorio, que se presenten dentro del plazo de vigencia senalado en el parrafo precedente. b) Para acogerse al procedimiento de excepcion transitorio, el administrado debera cumplir con presentar los requisitos establecidos en los articulos 18º y 23º, con excepcion de los comprobante de pago a que se refieren los literales i) del articulo 18º y g) del articulo 23º, correspondientes al derecho de tramite y revision, y la Liquidacion a que se refiere el articulo 24º, segun el caso, los cuales se daran por cancelados abonando un monto total unico de S/. 300.00 Nuevos Soles. c) Para la definicion de las caracteristicas de las vias locales se aplicara el articulo 7 del Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC, con una tolerancia de 10%. DEBE DECIR: DISPOSICIONES TRANSITORIAS Tercera.- Establezcase un Procedimiento de Excepcion Transitorio, para la formalizacion de la Recepcion de Obras de las Habilitaciones Urbanas con Estudios Preliminares y/o Definitivos que figuran en el Anexo 01 y regularizacion de las Habilitaciones Urbanas Ejecutadas que por su grado de consolidacion MORDAZA deben ser beneficiarios del presente procedimiento excepcional que figuran en el Anexo 2. El procedimiento transitorio tendra un plazo de vigencia de 180 dias calendario, contados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, dentro del cual se establecen las siguientes condiciones de excepcion: a) Se exonera la redencion en dinero del deficit del aporte destinado a Recreacion Publica, en los tramites de Recepcion de Obras de los proyectos comprendidos en el presente Procedimiento de Excepcion Transitorio, que se presenten dentro del plazo de vigencia senalado en el parrafo precedente. b) Para acogerse al procedimiento de excepcion transitorio, el administrado debera cumplir con presentar los requisitos establecidos en los articulos 18º y 23º, con excepcion de los comprobante de pago a que se refieren los Literales i) del articulo 18º y g) del articulo 23º, correspondientes al derecho de tramite y revision, y la Liquidacion a que se refiere el articulo 24º, segun el caso, los cuales se daran por cancelados abonando un monto total unico de S/. 300.00 Nuevos Soles. c) Para la definicion de las caracteristicas de las vias locales se aplicara el articulo 7 del Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC, con una tolerancia de 10%. Establezcase igualmente, que dentro del plazo de vigencia del procedimiento excepcional transitorio, los casos que cuenten con Estudios Preliminares y/o Proyectos Aprobados y que a la fecha contaran con resolucion consentida, cuya relacion figura en el Anexo 3, se incorporaran al Anexo 1 para los efectos del

procedimiento y beneficios a que se refiere el articulo 15º de la presente Ordenanza, que da por cumplida la etapa de Aprobacion de la Habilitacion MORDAZA con o sin modificaciones. 07689

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE JULCAN
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Contador de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 198-2006-MPJ Julcan, 7 de MORDAZA del 2004 VISTOS; el Informe Nº 01-2006-CPPAD, remitido por el Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de esta Municipalidad, con registro de ingreso Nº 0963-2006; asi como el expediente administrativo Nº 05-2005-CPPAD; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de Vistos, sustentado tanto en el Informe Nº 095-2005-CG/SE, resultante del Examen Especial efectuado a esta Municipalidad por la Contraloria General de la Republica, como en el Acta de Entrega/ Recepcion de fecha 8 de febrero del 2005, se hace conocer a este Despacho de Alcaldia el MORDAZA de faltas administrativas disciplinarias presuntamente cometidas por el ex contador de esta Comuna, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aredo; sustentadas en los siguientes hechos: 1. No cumplir con la elaboracion y MORDAZA de la informacion financiera y presupuestal del ano 2003, a la Contaduria Publica de la Nacion dentro del plazo legal y con las demas exigencias establecidas por dicho organo rector. 2. No cumplir con la elaboracion y MORDAZA de la informacion financiera y presupuestal correspondiente al I, II, III y IV trimestre del ejercicio 2004, a la Contaduria Publica de la Nacion dentro de los quince dias siguientes de concluido el correspondiente trimestre, con las demas condiciones establecidas por el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad. 3. Llevar con atraso los registros de los Libros Diario y de Inventarios y Balances de la Municipalidad Provincial de Julcan, en el periodo enero 2003 a diciembre 2004. 4. No realizar los registros contables de los Libros MORDAZA Principal y Mayor de la Municipalidad Provincial de Julcan, en el periodo enero 2003 a diciembre 2004. 5. Deficiente ejercicio de las labores habituales en la Oficina de Contabilidad, determinado por la inconsistencia de la contabilidad gubernamental realizada a las operaciones correspondientes a los ejercicios de los anos 2003 y 2004, asi como no haber entregado la siguiente documentacion: a) Ejecucion de Gastos por Actividades y por MORDAZA de Financiamiento de los Cuatro Trimestres del Ano 2004. b) Ejecucion de Proyectos por Metas y por MORDAZA de Financiamiento 2004. c) Analisis de la Cuenta del Activo, Pasivo y patrimonio (Balance General 2004). d) Anexos a los Estados Financieros y Presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003. e) Notas a los Estados Financieros y Presupuestarios del Ejercicio Fiscal 2003.

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