Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (02/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 2 de agosto de 2006 325647REPUBLICADELPERU Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo Único.- Resolver el contrato de concesión suscrito con la empresa INFOTELECOM INTERNATIONAL S.R.L. para la prestación del teleservicio móvil de canales múltiples de selección automática y, en consecuencia, déjese sin efecto la Resolución Ministerial Nº 221-98-MTC/15.03 modificada posteriormente mediante Resolución Ministerial Nº 373- 2001-MTC/15.03, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 00624-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73 /G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G2D/G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20 /G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20 /G65/G6E/G20 /G63/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20 /G64/G65/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 613-2006-MTC/10 Lima, 26 de julio de 2006 VISTO: El Informe Técnico Legal Nº 006-2006-MTC/CGP del Comité de Gestión Patrimonial de la Oficina General deAdministración, con relación a la donación de treinta y siete (37) bienes muebles dados de baja por Resolución Directoral Nº 1046-2005-MTC/10, a favor del Ministerio de Defensa - Ejército Peruano; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 417 P/E-3a de fecha 5 de abril de 2004, el Jefe del Estado Mayor General del Ejército, informa la situación de treinta y nueve (39) equipos a cargo del Ejército Peruano desde el año 1992, ubicados en las Unidades de frontera, las mismas que por encontrarse en zonas fronterizas de difícil acceso no han podido ser devueltas al Ministerio de Transporte y Comunicaciones - MTC; Que, asimismo resalta la importancia de dichos equipos para la ejecución de obras de infraestructura vial y aérea conjuntamente con el MTC, a fin de contribuir al desarrollo parcial y económico de los pueblos fronterizos aislados y de escasos recursos. De acuerdo a ello, y teniendo en cuenta que actualmente los equipos mecánicos y vehículos a cargo de la Jefaturas Militares mencionadas se encuentran paralizados, el Jefe del Estado Mayor General solicitó la transferencia de dichos bienes a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, a fin de evitar el deterioro de las unidades y continuar con los trabajos de integración de las zonas fronterizas al desarrollo económico y social en salvaguarda de la integridad y soberanía del país; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1046-2005- MTC/1O, de fecha 30 de diciembre de 2005, se aprobó la baja de los inventarios de la Unidad Ejecutora 001: Administración General de treinta y siete (37) bienes a cargo de las Jefaturas Militares Proyecto Aeródromo Gueppi -Loreto, UMAR Nº 6 - Puerto Esperanza Ucayali, y BING, Combo Selva Nº 116 - Aeropuerto Galilea - Amazonas, y Jefatura Militar Espc. Carretera Tiwinza Amazonas, por un valor de S/. 7 369,379.20 (Siete Millones trescientos sesenta y nueve mil trescientos setenta y nueve y 20/100 Nuevos Soles), bajo la causal de estado de excedencia; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 006-2006- MTC/CGP , el Comité de Gestión Patrimonial de la Oficina General de Administración considera procedente la transferencia en la modalidad de donación de los treinta Contraloría General de la República “Año de la Consolidación Democrática ” COMUNICADO OFICIAL Nº 08-2006-CG La Contraloría General de la República, en el marco de las políticas de gasto público dispuestas recientemente y en virtud a las atribuciones del Sistema Nacional de Control para supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control, dispone que los Órganos de Control Institucionaldeberán verificar el estricto cumplimiento de los límites establecidos por el Decreto de Urgencia Nº 019- 2006, sobre el otorgamiento de la compensación mensual por el ejercicio de funciones correspondiente a los meses de agosto a diciembre de 2006 y de las prohibiciones previstas en la citada norma; así como,lo relativo al tope de ingresos a que se refiere el artículo 17º del Decreto de Urgencia Nº 002-2006 y el numeral 2 del artículo 5º de la Ley Nº 28212. Para tal efecto, se tendrán en cuenta las disposiciones reglamentarias, complementarias y de precisiones que se dicten para la mejor aplicación del Decreto de Urgencia Nº 019-2006. Los Órganos de Control Institucional de las entidades públicas sujetas al ámbito del Sistema Nacional de Control, bajo responsabilidad, deberán informar a la Contraloría General de la República el incumplimiento que se presente a las indicadas normas. Lima, 01 de agosto de 2006. SECRETARIA GENERAL CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA 00641-1