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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (02/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALESEl Peruano miércoles 2 de agosto de 2006 325655REPUBLICADELPERU en el artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, esto es, I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización política local desarrolle sus actividades, advirtiéndose en tal sentido que con Oficio Nº 679-2006-GAE/RENIEC de fecha 19 de mayo de 2006, la Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 7 908 firmas presentadas se declararon válidas 3 171 firmas, cantidad que supera las 1 777 necesarias para tal efecto, II) Acta de Constitución de un comité en el distrito de Ate, provincia de Lima, departamento de Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identificados, adicionalmente, han presentado acta de fundación, la que contiene la designación de su órgano directivo, designación de los personeros legales, técnicos, apoderado y representante legal, Estatuto, Ideario, que contiene principios, objetivos y visión del distrito; Que, con fecha 18 de junio se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante, habiendo quedado en esta Oficina de Registro toda la documentación correspondiente a la misma; Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo 10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, conforme es de verse en el Memorando Nº 001-JEELE-JNE de fecha 4 de julio de 2006; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Electoral Especial de Lima Este; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Inscribir en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas a la Organización Política Local Distrital “Cambiemos Ate” del distrito de Ate, provincia de Lima, departamento de Lima. Artículo Segundo .- Abrir la partida registral correspondiente en el libro especial de Organizaciones Políticas Locales correspondiente al tomo número dos, partida número cuarenta y cinco y disponer la inscripción en el asiento número uno. Artículo Tercero .- Téngase acreditados como personera legal titular y personera legal alterna a María Graciela García de Turín y Karina Isabel Wong Huamaní. Regístrese y notifíquese.EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA Registradora de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Electoral Especial de Lima Este 00556-1 ONPE /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G72/G20 /G72/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65 /G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73 /G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G6F/G2D /G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6C/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 175-2006-J/ONPE Lima, 1 de agosto de 2006 Vistos; las Actas Nº 16-2006 y Nº 17-2006 de la Comisión de Selección de Personal que tiene a su cargo la organización, conducción y ejecución del proceso deselección de los Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votación de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las Elecciones Regionales y Municipales correspondientes al año 2006, designada mediante Resolución Jefatural Nº 135-2006-J/ONPE, de fecha 9 de junio de 2006; y el Memorando Nº 640-GAJ/ONPE, del 1 de agosto del presente año, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que mediante Decreto Supremo Nº 012-2006-PCM, de fecha 22 de marzo de 2006, el Presidente de la República convoca a Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de las Regiones, así como, a Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales, para el día 19 de noviembre del 2006; Que mediante Resolución Nº 750-2006-JNE, de fecha 6 de mayo de 2006, el Jurado Nacional de Elecciones define, en un número de noventa y dos (92), las circunscripciones territoriales electorales y sus respectivas sedes para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales del año 2006; Que, con fecha 23 de junio de 2006, se convocó a Concurso Público para la Selección de Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para las elecciones antes mencionadas, mediante el Sistema de Reclutamiento en Línea, convocatoria que fue declarada desierta en consideración a que los postulantes preseleccionados no reunían los requisitos establecidos para el referido cargo; Que, con fecha 11 de julio de 2006, se realizó la segunda convocatoria al Concurso Público para la Selección de Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales del año 2006, mediante el Sistema de Reclutamiento en Línea; Que mediante Resolución Nº 083-2001-JNE, de fecha 25 de enero de 2001, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el Reglamento de tachas a los integrantes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales; Que de acuerdo al artículo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la Jefa Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales publica la lista de las personas seleccionadas como Asistentes Administrativos de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales a efectos de permitir la interposición de tachas, por un plazo de cinco (5) días naturales, las cuales son resueltas por los Jurados Electorales Especiales correspondientes; Que de acuerdo a lo expuesto corresponde publicar la relación de seleccionados para desempeñar el cargo de Asistente Administrativo de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, así como de sus accesitarios, a efecto que sean objeto de las tachas respectivas, de ser el caso; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones; los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE; así como, los literales d) y aa) del artículo 9º de la Resolución Jefatural Nº 154- 2006-J/ONPE, Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE; y con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Publicar la relación de personas seleccionadas para desempeñar el cargo de Asistente