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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (02/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325682El Peruano miércoles 2 de agosto de 2006 de la presente Ordenanza hasta el 31 de agosto del 2006. Artículo Noveno.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Participación Ciudadana y a la Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS ALVARO VELIZ DUARTE Alcalde 00612-1 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20 /G31/G34/G31/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50/G20 /G71/G75/G65/G20 /G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G20 /G61/G61/G64/G71/G75/G69/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G61/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20 /G74/G72/GE1/G6D/G69/G74/G65/G73/G20 /G61/G6E/G74/G65/G20 /G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G2C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G74/G61/G72/G69/G6C/G6C/G61/G64/G6F/G20/G79 /G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 182-MDSMP San Martín de Porres, 24 de julio del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 820-2006-/MDSMP , de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 113-2006- DHU-DGU/MDSMP de la Unidad de Habilitaciones Urbanas, proponiendo la modificación de la Ordenanza Nº 141; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 141-MDSMP publicada el 8/11/05 se modifica la Ordenanza Nº 108- MDSMP que autoriza a todos los adquirientes de lotes de terreno del distrito, que hayan construido viviendas que a la fecha no cuenten con habilitaciones urbanas aprobadas, para que en forma organizada inicien sus trámites ante las empresas prestadoras de agua, alcantarillado y electrificación como SEDAPAL y EDELNOR; Que, el numeral 15) del Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 141-MDSMP establece entre los requisitos a presentar el "Pago del Derecho de Trámite (75% de la UIT) que será individual por cada programa" ; Que, mediante Informe Nº 113-2006-DHU-DGU/ MDSMP , la Unidad de Habilitaciones Urbanas, señala que en las diversas mesas de trabajo que la actual gestión edil viene realizando con la población se ha presentado peticiones constantes referente al alto costo del derecho de trámite; Que, asimismo agrega que, de acuerdo a las inspecciones técnicas realizadas, la mayor parte de programas las integran pobladores de escasos recursos, pidiendo que se debe modificar la Ordenanza Nº 141-MDSMP a efecto de hacerse más accesible a la población beneficiaria, proponiéndose una reducción de 15% de la UIT por programa, monto con el que se cubren los gastos que se generan en la revisión y aprobación de expediente;Que, el Artículo 9º, numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Estando al Informe legal Nº 985-2006-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal presidido por el señor Alcalde Jesús Álvaro Véliz Duarte, y con el voto por mayoría de los señores Regidores Luís Caballero Sabino, Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, María Ella Castañeda Abanto, María Guadalupe García Barrionuevo, Carlos Alberto Castillo Vidalón, con el voto en contra del señor regidor Carlos Enrique Calderón Carvajal y con el permiso del Concejo de los señores Regidores Pedro Carlos Casanova Saavedra, Roberto Asunción Castillo Paulino, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA Nº 141/MDSMP Artículo Primero.- Modifíquese el numeral 15) del Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 141-MDSMP , publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de noviembre del 2005, con los siguientes textos: Artículo Quinto.-Numeral 15. "Pago del Derecho de Trámite será de 15% de la UIT, en forma individual por cada programa"; Regístrese, publíquese y cúmplase.JESÚS ALVARO VELIZ DUARTE Alcalde 00611-2 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G33/G36/G2D /G4D/G44/G53/G41 ORDENANZA Nº 044-MDSA Santa Anita, 19 de julio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria de la fecha;CONSIDERANDO:Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante el Artículo 194º de la Constitución Política delPerú, modificado por la Ley Nº 27680 - Ley de la ReformaConstitucional, las Municipalidades gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con elnumeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Políticadel Estado, establece que las Ordenanzas de lasMunicipalidades, son las normas de carácter generalde mayor jerarquía en la estructura normativamunicipal, por medio de las cuales se aprueba lasmaterias de su competencia, cuyo rango esequivalente a la Ley; Que, conforme a lo establecido en la Norma III y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF- Texto Único del Código Tributario modificado por el