Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

325681

Municipalidades como organos de gobierno, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, son denominadas zonas de "De Consolidacion Territorial", las areas comprendidas entre: I) Av. MORDAZA MORDAZA, Av. Panamericana Norte, Antigua Panamericana Norte, (Hoy Av. MORDAZA MORDAZA, Avenida MORDAZA Unger, Av. MORDAZA Rosa) y Av. Naranjal; II) La otra MORDAZA entre la Av. San MORDAZA, Av. Panamericana Norte, Antigua Panamericana Norte, (Hoy Av. MORDAZA MORDAZA, Avenida MORDAZA Unger, Av. MORDAZA Rosa) hasta Rio Chillon; tienen consolidacion MORDAZA en areas de terreno con zonificacion de uso comercial, educacion, salud, taller-vivienda e industrial, ejecutadas sin la correspondiente Licencia de Obra; siendo necesario otorgar el beneficio de regularizacion de dichas edificaciones.; Que, de conformidad al Articulo 79º numeral 3.6 de la Ley Nº 27972 es competencia y funcion especifica de las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, nor mar, regular y otorgar autor izaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelaciones o refacciones, demoliciones y declaratorias de fabrica, entre otros; requiriendose de acuerdo al Articulo 92º que toda obra de reconstruccion, conservacion, refaccion o modificacion del inmueble, sea publica y privada, obtenga la licencia de construccion en su jurisdiccion; Que, de conformidad con el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 es atribucion de la municipalidad crear, modificar, suprimir o exonerar los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley; siendo necesario brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones formales y sustanciales referidas a la regularizacion de licencias de construccion. Y de conformidad con el Articulo 47º de la Ley Nº 27972 el Concejo Municipal aprueba y modifica la escala de multas respectivas; Que, el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que "Corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, mediante Memorandum Nº 774-2006/GDU/ MDSMP de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite el Informe Nº 432-2006-DOPP/GDU/MDSMP la Division de Obras Publicas y Privadas, en el cual da cuenta sobre el incremento de los expedientes nuevos, acumulativos e ingresos; y las recomendaciones que permitiran una regularizacion de las edificaciones construidas sin autorizacion municipal, favoreciendo principalmente a los sectores sociales de menores ingresos; por lo que recomienda se otorgue el Beneficio de Regularizacion de edificaciones construidas sin autorizacion municipal; Que, asimismo como se brinde un tratamiento especial de pago dada la realidad socio-economica de los sectores mas deprimidos y de limitados recursos en el distrito y se inicie una MORDAZA de Regularizacion de Licencias de Obra, mediante el procedimiento a que se refiere la Ley Nº 27157, estableciendo el plazo de regularizacion de edificaciones sin Licencia de Construccion y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, desde la puesta en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 31 de agosto del 2006; Estando al Informe Nº 943-2006/GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoria Juridica y estando en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duarte, y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores presentes MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castaneda, MORDAZA MORDAZA Paz Puelles, MORDAZA MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vidalon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con el permiso del Concejo de los senores Regidores MORDAZA MORDAZA Casanova MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Establezcase para la "Zona de Consolidacion Territorial", el beneficio de regularizacion de edificaciones construidas sin Licencias de Obra, cuyo procedimiento esta establecido de acuerdo a la Ley Nº 27157 y su Reglamento (D.S. Nº 008-2000-MTC); respecto al regimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun y/o en terrenos sin Habilitacion MORDAZA, que cuenten como minimo con estudios preliminares aprobados y/o con aprobacion de habilitaciones urbanas con o sin recepcion de obras, en las zonas comprendidas entre: I. MORDAZA MORDAZA, Av. Panamericana Norte, Antigua Panamericana Norte, (Hoy Av. MORDAZA MORDAZA, Avenida MORDAZA Unger, Av. MORDAZA Rosa) y Av. Naranjal; II. La otra MORDAZA entre la Av. San MORDAZA, Av. Panamericana Norte, Antigua Panamericana Norte, (Hoy Av. MORDAZA MORDAZA, Avenida MORDAZA Unger, Av. MORDAZA Rosa) hasta Rio Chillon; tienen consolidacion MORDAZA en areas de terreno con zonificacion de uso comercial, educacion, salud, taller-vivienda e industrial, ejecutadas sin la correspondiente Licencia de Obra; siendo necesario otorgar el beneficio de regularizacion de dichas edificaciones. Articulo Segundo.- Los infractores y/o beneficiarios que se acojan a la presente Ordenanza gozaran de la condonacion de las multas administrativas correspondientes de acuerdo a la Ley Nº 27972; incluyendo a los que estuvieran en Cobranza Coactiva; exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares y/o procedimientos de ejecucion. Articulo Tercero.- Aprobar los siguientes DERECHOS DE PAGO por la obtencion de la regularizacion de Licencia de Obra: - Por regularizar la licencia de obra de toda la edificacion, de ampliaciones, modificaciones y demoliciones, se liquidara el monto de 0.3% V.O. (Valor de Obra). - Para regularizar ampliaciones, modificaciones y/o demoliciones incluidas en una edificacion se tendra en consideracion la acotacion indicada anteriormente sin monto adicional. - Los propietarios que hubieran obtenido alguna licencia de obra expedida por otra municipalidad y cuya propiedad se encuentre ubicado dentro de los limites de nuestro distrito segun las leyes de creacion de San MORDAZA de Porres ­ Independencia ­ Comas ­ Los MORDAZA, podran canjear gratuitamente dicho documento, por otra emitida por nuestro municipio, asimismo si dichos propietarios quisieran regularizar alguna ampliacion, modificacion y/o demolicion podran realizarlo con un costo del 0.3% del valor de la obra del area a regularizar. Articulo Cuarto.- Establecer los requisitos minimos para la MORDAZA de los Expedientes de Regularizacion de Licencia de Obra; los establecidos en el MORDAZA vigente, a excepcion del pago del derecho que se establecera conforme al articulo tercero de la presente ordenanza. Articulo Quinto.- Quedan comprendidos automaticamente dentro de la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes cuyos expedientes se encuentran en tramite de regularizacion de licencia de obra y que no hayan sido resueltos, ni se les MORDAZA expedido la Resolucion de Gerencia de Regularizacion de Licencia de Obra. Articulo Sexto.- Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios de S/. 50.00, para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo Septimo.- Establecer el derecho de pago para la obtencion del Certificado de Retiro Municipal de S/. 50.00, para acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- El plazo para acogerse al presente beneficio regira desde el dia siguiente de la publicacion

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