Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2006 (02/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano miercoles 2 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

325673

POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 00575-1 ORDENANZA Nº 963

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban Reglamento de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de Participacion y Control Ciudadano
ORDENANZA Nº 090 San MORDAZA de Lurigancho, 21 de junio de 2006

EL MORDAZA METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 20 de MORDAZA del ano 2006, el Documento Simple Nº 45694-04 seguido por el Servicio Social del Director y Supervisor "SESDIS o DERRAMA", representado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ucanan Anstrong, mediante el cual solicitan el Cambio de Zonificacion de MORDAZA Residencial de Densidad Media (R3) a MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE), del terreno cuya area es de 9,000.00 m2, ubicado en la Alameda Sur de Chorrillos, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, con la finalidad de desarrollar un Conjunto Residencial Multifamiliar de 4 pisos con 224 departamentos usando los parametros del Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial, Decreto Supremo Nº 053-98-PCM y complementarios; y, De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 058-2006-MML-CMDUVN; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACION GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE MORDAZA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE CHORRILLOS Articulo Primero.- Modificar el Plano de Zonificacion General de los Usos del Suelo de MORDAZA Metropolitana a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, de MORDAZA Residencial de Densidad Media (R3) Unifamiliar y Bifamiliar a MORDAZA Residencial de Densidad Media (R4) Unifamiliar, Bifamiliar y Multifamiliar, del terreno cuya area es de 9,000.00 m2, ubicado en la Av. Alameda Sur de Chorrillos, precisandose que la altura MORDAZA de construccion debe ser de 4 pisos de altura, para ejecutar Programas de Vivienda, no siendo necesario que el terreno sea calificado como MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza Nº 719-MML. Articulo Segundo.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Chorrillos solicite a los propietarios del terreno indicado en el Articulo precedente, realicen un Estudio Integral y su respectiva Habilitacion MORDAZA MORDAZA del otorgamiento de la Licencia de Obra. Articulo Tercero.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Chorrillos y el Instituto Metropolitano de Planificacion incorporen en su Plano de Zonificacion la modificacion indicada en el Articulo anterior, o su equivalente de acuerdo a la Ordenanza Nº 620-MML. Articulo Cuarto.- Establecer que los propietarios del predio indicado en el Articulo Primero de la presente Ordenanza, soliciten a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la expedicion del correspondiente Certificado de Zonificacion y Vias, para efectos de aplicacion de la zonificacion aprobada. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA del anos dos mil seis MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 00575-2 POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO; en sesion ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 002 de la Comision de Participacion Ciudadana y Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de la Reforma Nº 27680 Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el articulo 73º numeral 5) de la Ley Organica de Municipalidades senala que las Municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones especificas en materia de participacion vecinal, d e b i e n d o p r o m ove r, a p o r t a r y r e g l a m e n t a r l a participacion vecinal en el desarrollo local y organizar los registros de organizaciones y vecinales de su jurisdiccion, Que, los articulos 111º al 122º de la Ley Organica de Municipalidades, regula los derechos de participacion y control vecinal precisando que los vecinos de una circunscripcion municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y de gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de sus derechos politicos de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia; Que, de acuerdo con el numeral 1) y 14) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 corresponde al Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal concertados y el Presupuesto Participativo, asi como aprobar normas que garanticen una efectiva participacion vecinal respectivamente; Estando a los considerandos expuestos, en el ejercicio de sus facultades conferidas por el Art. 9º, Inc. 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo, las ABSTENCIONES DE LOS SENORES REGIDORES MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA SURICHAQUI, MORDAZA ESTRAVER MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Apruebese el Reglamento de los Comites de Vigilancia y Control del Sistema de Participacion y Control Ciudadano, el cual consta de cuatro Titulos y una Disposicion Transitor ia y 4 Disposiciones Complementarias, formando parte integrante de la presente Ordenanza.

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