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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325854El Peruano sábado 5 de agosto de 2006 DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL 916 REGIÓN PUNO - SALUD AZANGARO 39,200.00 917 REGIÓN PUNO - SALUD SAN ROMAN 110,031.00 918 REGIÓN PUNO - SALUD HUANCANE 61,006.00 919 REGIÓN PUNO - SALUD PUNO 99,362.00 920 REGIÓN PUNO - SALUD CHUCUITO 51,598.00 967 REGIÓN PUNO - SALUD YUNGUYO 18,919.00 968 REGIÓN PUNO - SALUD COLLAO 35,395.00 1006 REGIÓN PUNO - SALUD MACUSANI 33,707.00 1007 REGIÓN PUNO - SALUD SANDIA 29,560.00 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN 545,983.00 930 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD SAN MARTIN 205,109.00 1058 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD ALTO MAYO 182,931.00 1059 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD HUALLAGA CENTRAL 88,501.00 1060 REGIÓN SAN MARTIN - SALUD ALTO HUALLAGA 69,442.00 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA 261,447.00 935 REGIÓN TACNA - SALUD TACNA 190,813.00 970 REGIÓN T ACNA - HOSPITAL DE APOYO HIPOLITO UNANUE 70,634.00 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES 153,736.00 940 REGIÓN TUMBES - SALUD TUMBES 89,098.00 941 REGIÓN TUMBES - HOSPITAL DE APOYO JAMO TUMBES 64,638.00 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 315,927.00 950 REGIÓN UCAYALI - SALUD UCAYALI 173,383.00 951 REGIÓN UCAYALI - HOSPIT AL DE APOYO DE PUCALLPA 69,062.00 952 REGIÓN UCAYALI - HOSPIT AL DE APOYO YARINACOCHA 35,282.00 1175 REGIÓN UCAYALI - DIRECCION DE RED DE SALUD 38,200.00 Nº 3 ATALAYA TOTAL CALENDARIO INICIAL S/. 19,976,983.00 ANEXO Nº 2 PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD DISTRIBUCION DEL CALENDARIO DE COMPROMISOS AMPLIADO JULIO 2006 CONVENIO BELGA DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC 224,375.50 755 REGIÓN APURÍMAC - SALUD APURÍMAC 90,399.60 756 REGIÓN APURÍMAC - SALUD CHANKA 133,975.90 GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO 368,442.20 774 REGIÓN AYACUCHO - SALUD AYACUCHO 229,279.20 1025 REGIÓN AYACUCHO - SALUD SUR AYACUCHO 28,534.40 1045 REG IÓN AYACUCHO - SALUD CENTRO AYACUCHO 87,447.10 1046 REGIÓN AYACUCHO - SALUD SARA SARA 23,181.50 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA 653,818.30 785 REGIÓN CAJAMARCA - SALUD CAJAMARCA 176,383.10 786 REGIÓN CAJAMARCA - SALUD CHOTA 105,725.50 787 REGIÓN CAJAMARCA - SALUD CUTERVO 162,002.70 788 REGIÓN CAJAMARCA - SALUD JAÉN 209,707.00 TOTAL S/. 1,246,636.00 PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD DISTRIBUCIÓN DEL CALENDARIO DE COMPROMISOS AMPLIADO JULIO 2006 CONVENIO AISPED PASA DNTP UNIDAD EJECUTORA TOTAL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO 84,856.00 1025 REGIÓN AYACUCHO - SALUD SUR AYACUCHO 29,280.80 1045 REG IÓN AYACUCHO - SALUD CENTRO AYACUCHO 26,795.20 1046 REGIÓN AYACUCHO - SALUD SARA SARA 28,780.00 00743-1 SUNARP /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G4D/G6F/G62/G69/G6C/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G73/G20/G79/G73/G75/G20/G76/G69/G6E/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G4A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G4D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 219-2006-SUNARP/SN Lima, 4 de agosto de 2006CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 28677 - Ley de la garantía mobiliaria se creó el Registro Mobiliario de Contratos, conformante del Registro de Bienes Muebles, a cargo de los Órganos Desconcentrados de la Sunarp,en el cual se inscribirán las garantías mobiliarias y demás actos previstos en la mencionada ley, que afecten orecaigan sobre bienes muebles no registrados en alguno de los Registros Jurídicos existentes para dicha clase de bienes; Que, en virtud de la primera disposición transitoria de la referida Ley, con Resolución de la Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 142-2006 SUNARP/SN, la Sunarp aprobó las disposiciones reglamentarias para la organización y funcionamiento del Registro Mobiliario de Contratos, las relativas a los Registros Jurídicos de Bienes Muebles, así como los respectivos formularios de inscripción; Que, por disposición señalada precedentemente se autoriza a la Sunarp regular todas las materiasadministrativas y técnicas relativas a la inscripción de la garantía mobiliaria, así como cualquier otra que resulte necesaria para el cumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº 28677; Que, de conformidad con la Resolución Nº 166-2006- SUNARP-SN, a fin de consolidar el Registro Mobiliario de Contratos, se convocó a diversos operadores jurídicos y financieros involucrados en la cadena crediticia del país, se dispuso la ejecución de un programade evaluación externa y de coordinación interinstitucional, a modo de recabar directamente sus observaciones ypropuestas respecto a la implementación de los citados registros; Que, en la ejecución de dicho programa se hizo la revisión de los procesos de desarrollo de los registros jurídicos de bienes y del registro mobiliario de contratos, habiéndose convocado de manera particular a diversas entidades; como la Asociación de Bancos del Perú, la Cámara de Comercio de Lima, el Colegio de Notarios de Lima y la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito; Que, sobre la base de las conclusiones generadas en las reuniones sostenidas con los operadores a quese alude en los considerandos señalados y, teniendo en cuenta la necesidad de optimizar la implementación de los registros, en los que se inscriben los actos y derechos previstos en la Ley de la Garantía Mobiliariaa los fines de la dinamización del tráfico económico dentro de un marco de seguridad jurídica, resultanecesario modificar algunas de las disposiciones contenidas en el Reglamento de Inscripciones del Registro Mobiliario de Contratos y su Vinculación con los Registros Jurídicos de Bienes; Que, es facultad del Directorio de la Sunarp dictar las normas registrales requeridas para la eficacia y seguridad jurídica de la función registral, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del artículo 18º de la Ley Nº 26366 y el literal b) del artículo 12º del Estatuto de la SUNARP , aprobado por Resolución Suprema Nº 135- 2002-JUS; Que, en ejercicio de sus atribuciones, el Directorio de la Sunarp en su sesión número 212 del 26 de julio de2006, resolvió aprobar por unanimidad las modificaciones al Reglamento de Inscripciones del Registro Mobiliario de Contratos y su vinculación con los Registros Jurídicos de Bienes Muebles, conforme a la propuesta del Grupode Trabajo encargado de presentar el texto final de los artículos modificados del reglamento citado; Estando a lo acordado y de conformidad con lo dispuesto en el literal v) del artículo 7º del Estatuto de la Sunarp, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002- JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar los artículos 17º, 22º, 28º, 30º, 31º, 38º, 64º, 67º, 68º y 82º del Reglamento deInscripciones del Registro Mobiliario de Contratos y suvinculación con los Registros Jurídicos de BienesMuebles, los mismos que quedan redactados con elsiguiente texto: "Artículo 17º. Anotación y correlación de asientos Cuando corresponda anotar preventivamente una inmatriculación en algún registro jurídico de bienes, el