Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326061

Notas.1/ Para cada caso, usar los codigos que se indican entre parentesis

3. La informacion de primas y siniestros de los vehiculos asegurados debe utilizar la clasificacion segun el codigo de UBIGEO del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) hasta el nivel de provincias. 4. Los tipos de siniestros y los siniestros anulados o rechazados en el Anexo Nº 2 "Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito: Estado de siniestros pendientes de pago" seran los que se mencionan en los siguientes cuadros:
Clasificacion por MORDAZA de siniestro
Siniestros registrados 1/ MORDAZA (CHQ): el vehiculo impacta contra otro vehiculo automotor u objeto fijo o en movimiento. Volcadura (VOL): el vehiculo vuelca por su propio funcionamiento Despiste (DES): el vehiculo se sale de la pista. Atropello (ATR): el vehiculo impacta contra una persona fuera del vehiculo estando MORDAZA en movimiento o detenida por voluntad propia o a un vehiculo no automotor. Caida de pasajero (CAP): El pasajero cae de un vehiculo estando este en movimiento o detenido, al subir o bajar de el. Incendio (INC): el vehiculo se incendia como consecuencia de la propagacion del fuego. No se considera quemaduras por corto circuito o cigarrillos encendidos. Terrorismo (TER): el vehiculo sufre un atentado terrorista. Siniestros rechazados 2/ · Participacion en MORDAZA de vehiculos (CVE) · Accidente ocurrido fuera del territorio nacional (AFT) · Accidente ocurrido en lugar no abierto al MORDAZA publico (ANT) · MORDAZA (GUE) · Sismos (SIS) · Suicidio (SUI) · Caso fortuito enteramente extrano a la circulacion del vehiculo (FORT) · Lesion de ocupante (LES)

de administracion, derechos de emision, recargo comercial, otros recargos y la contribucion al Fondo de Compensacion, no pueden reportar cifras negativas. Asimismo, no se deben reportar como registros en este anexo las anulaciones de polizas o certificados y cualquier otra modificacion. De esta manera, el total de registros que se reporte debe coincidir con el total de vehiculos asegurados en dicho mes. 7. Los recargos sobre la prima comercial definidos en los numerales 11 y 12 del presente anexo sumados no pueden exceder el valor de esta y deben ser estimados sobre la base de la nota tecnica del SOAT vigente de cada empresa. La diferencia es la prima de riesgo. 8. La informacion reportada debe estar completa. INDICACIONES GENERALES DEL ANEXO Nº 2 ESTADO DE LOS SINIESTROS PENDIENTES DE PAGO 1. La informacion de este anexo comprende: 1.1 Siniestros pendientes de pago (PP) ocurridos en el mes de reporte o meses anteriores. Estos siniestros seran informados mensualmente inclusive hasta aquel en que se declaran totalmente pagados. 1.2 Siniestros pagados a los beneficiarios (SPB) y Siniestros pagados al Fondo de Compensacion del SOAT (SPF). Se define por SPB a los siniestros en los que todas las coberturas del SOAT incurridas han sido canceladas directamente a las victimas o a sus beneficiarios. Por otro lado, se define por SPF a los siniestros en los que todas las coberturas del SOAT incurridas han sido canceladas a las victimas o a los beneficiarios, con excepcion de la de fallecimiento que fueron destinadas al Fondo de Compensacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA, creado por D.S. Nº 024-2004-MTC. 1.3 Siniestros reaperturados (RA). Se define como RA a los siniestros informados en la condicion de SPB o SPF en meses anteriores al del reporte y que son reaperturados nuevamente por la aparicion de nuevas obligaciones. 1.4 Siniestros reaperturados y liquidados en el mismo mes (RSPB o RSPF). Se define como RSPB a los siniestros RA reaperturados y liquidados en el mes de reporte por la aparicion de nuevas obligaciones. 1.5 Siniestros Anulados (SA). Son aquellos siniestros pendientes de pago informados en el mes de reporte o en los meses anteriores al de reporte y cuyos montos pendientes de pago por todos los beneficios contemplados son anulados en su totalidad en merito a que la compania estimo no tener responsabilidad de cobertura del siniestro. 2. Es requisito indispensable que todo siniestro reportado este relacionado a una poliza informada y, que ademas, la fecha de ocurrencia este comprendida entre las fechas de inicio y fin de vigencia de la poliza. Asimismo, la fecha de reporte puede ser diferente a la fecha de ocurrencia del siniestro. 3. El requerimiento de informacion identifica como evento al accidente que pueden involucrar a varias personas afectadas. Los siniestros corresponden a cada persona afectada y que obtendra los beneficios del SOAT. 4. Cada compania debe asignar una codificacion que identifique individualmente a cada siniestro y evento. Un codigo de siniestro corresponde a una sola persona afectada, y una persona afectada por un determinado accidente o evento solo puede ser identificada con un solo codigo de siniestro, inclusive esta codificacion se mantiene cuando el siniestro es reaperturado. El numero de un evento puede repetirse en mas de un registro de siniestro, si existe relacion entre ambos, es decir si existen varias personas afectadas por un mismo accidente.

Notas.1/ Usar los codigos que se indican entre parentesis 2/ Solo en caso que se trate de un siniestro anulado (SA), se usaran los codigos que se indican entre parentesis.

INDICACIONES GENERALES DEL ANEXO Nº 1 PRODUCCION DE PRIMAS DEL MES 1. Forman parte de este reporte las polizas emitidas de vehiculos con vigencia anual y/o menor a un ano, asi como las que tienen por precedente anulaciones originadas por el cambio de uso. La informacion de polizas con periodos de vigencia superiores al ano tambien forma parte de este anexo, y debe guardar relacion con la vigencia total. 2. La informacion relativa a primas debe corresponder a las primas comerciales de aquellas polizas cuyas fechas de emision (fecha de registro contable) se encuentren dentro del mes a informar. En este sentido, todas las polizas informadas deberan haber sido registradas contablemente en el mes de reporte. 3. Las fechas de emision de las polizas pueden ser distintas a sus fechas de inicio de vigencia. 4. La informacion requerida sobre primas es por cada vehiculo, por lo que cada uno debe poseer un certificado individual, independientemente si la poliza asociada es individual o grupal. La codificacion es de cargo de cada empresa. En el caso de renovaciones se debe generar un MORDAZA numero de certificado. 5. En el MORDAZA de MORDAZA geografica las empresas deben consignar la direccion del contratante o tomador del seguro que figura en el certificado. En el caso de Servicio Publico sera la region donde se encuentre acreditada la Autorizacion de Circulacion de Ruta. 6. Los montos informados por los conceptos: prima comercial bruta, prima comercial, prima comercial cobrada, prima comercial por cobrar, comisiones, gastos

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