TEXTO PAGINA: 41
NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326059REPUBLICADELPERU de Arequipa, por la comisión de los delitos de Corrupción Pasiva de Magistrado, Encubrimiento Personal yPrevaricato. Remítase los actuados al Fiscal Superiorllamado por Ley. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento de la presente Resolución a los señores Presidentes, del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Corte Suprema de Justicia, Fiscal Supremo de la FiscalíaSuprema de Control Interno, Oficina de Control de laMagistratura del Poder Judicial, Presidente de laCorte Superior de Justicia de Arequipa, Jefe de laOficina Desconcentrada de Control Interno de Arequipa, y de los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 00884-2 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G79/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F /G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G65/G67/G75/G6E/G64/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/GED/G61/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G79 /G46/G61/G6D/G69/G6C/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G63/G61 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1015-2006-MP-FN Lima, 9 de agosto de 2006VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscal Superior y Fiscal Adjunto Superior en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Civil y Familia de Ica, DistritoJudicial de Ica; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica delMinisterio Público; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al doctor Oswaldo Rubén Alfaro Jiménez, como Fiscal Superior Provisional delDistrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Civil y Familia de Ica. Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Richard Baudelio Aquino Lira, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Civil y Familia deIca. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialde Ica, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA Fiscal de la Nación 00896-2 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G4D/G49/G42/G41/G4E/G43/G4F/G20/G2D/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G69/G63/G72/G6F/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G2C/G20/G65/G6C/G20/G63/G69/G65/G72/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G20/G42/G6F/G72/G6A/G61/G2C /G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 966-2006 Lima, 31 de julio de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZASVISTA: La solicitud presentada por MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., para que se le autorice el cierre desu Agencia ubicada en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de la agencia solicitada; Que, mediante Resolución SBS Nº 1111-2002 de fecha 6 de noviembre de 2002, se autorizó a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A. la apertura de la agencia materia de solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Microfinanciera "B", mediante Informe Nº 156- 2006-DEM "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a MIBANCO - Banco de la Microempresa S.A., en vías de regularización, el cierre de la Agencia ubicada en la esquina formada porla avenida Aviación Nº 3001-3007 y la calle Matier Nº 300, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Conforme se indica en el numeral 15.7 de la Circular Nº B-2147-2005, la empresa deberá reportar a esta Superintendencia las accionesrealizadas en el Anexo B "Movimiento de Oficinas" de la referida Circular. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 00833-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G72/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20 /G61/G6C/G20 /G53/G65/G67/G75/G72/G6F /G4F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G63/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F /G28/G53/G4F/G41/G54/G29 CIRCULAR Nº S-619-2006 Lima, 25 de julio de 2006 ————————————————————- Ref.: Remisión de Información referida al Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT)————————————————————- Señor Gerente General Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13º del artículo349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, esta Superinten-dencia dispone lo siguiente: 1. Alcance La presente Circular es aplicable a las empresas de seguros señaladas en el literal D del artículo 16º de la Ley General, que operen el Seguro Obligatorio deAccidentes de Tránsito - SOAT, en adelante empresas. 2. Información sobre el SOAT Las empresas deberán remitir a esta Superintendencia, con periodicidad mensual, la información contenida en los Anexos adjuntos a la