Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

326045

Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 033-2006 CGP de fecha 22 de junio de 2006, el Comite de Gestion Patrimonial senala que se encuentra completa la documentacion y recomienda se acepte la donacion ofrecida por el Gobierno de la Republica de Corea a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, en consecuencia, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores aceptar la donacion efectuada por el Gobierno de la Republica de Corea; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, que Agiliza Tramites Aduaneros a las Mercaderias Donadas en el Extranjero; el Decreto Supremo Nº 129-2004-EF que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley General de Aduanas; Decreto Legislativo Nº 935 que modifica el inciso K) del articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto Selectivo General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 107-2003EF y 042-2006-EF; y la Resolucion Nº 031-2002/SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN, Procedimiento para la donacion de bienes muebles dados de baja por las entidades publicas y para la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Estado y con la aprobacion de la Secretaria de Administracion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por el Gobierno de la Republica de Corea, de un piano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, modelo AW-76RS BP, color negro, estado MORDAZA, con un valor de Won. 17'500,000.00 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 WONES COREANOS) equivalente a US$. 18,725.18 (DIECIOCHO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO Y 18/100 DOLARES AMERICANOS), a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Segundo.- Dar las MORDAZA en nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores al Gobierno de la Republica de Corea, por la donacion efectuada. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00875-4

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 814-2006RE publicada 21 de MORDAZA de 2006, el Ministerio de Relaciones Exteriores aprobo la contratacion del Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" para que brinde la asesoria legal especializada para la defensa del Estado peruano durante la etapa de Anulacion del laudo arbitral iniciada ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones, CIADI, por las empresas Lucchetti S.A., actualmente Industria Nacional de Alimentos S.A. y Lucchetti Peru S.A. segun los terminos de la Carta de Compromiso de fecha 6 de junio del 2006, y autorizo al Embajador del Peru en los Estados Unidos a suscribir la citada Carta con el compromiso de cubrir honorarios y otros gastos hasta por un valor de US$ 350,000 (Trescientos Cincuenta Mil Dolares Americanos); Que, mediante Resolucion Suprema Nº 222-2006RE publicada el 28 de junio de 2006, se dio por terminado el nombramiento del doctor MORDAZA Ferrero Costa, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en los Estados Unidos, con fecha 27 de MORDAZA del 2006; Que, de conformidad con el articulo 29º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, ante la ausencia temporal del Jefe de Mision, el funcionario diplomatico que le sigue en antiguedad, lo reemplaza en calidad de Encargado de Negocios ad interim; Que, el articulo 69º del Reglamento de la Ley Nº 28091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, establece que en ausencia temporal del Jefe de Mision diplomatica, el funcionario del Servicio Diplomatico con mayor categoria o antiguedad asume la jefatura en calidad de Encargado de Negocios ad-interim a partir de la notificacion a la Cancilleria, y previa comunicacion al Estado receptor; Que, para garantizar la defensa de los intereses del Peru en la etapa de Anulacion del laudo arbitral del MORDAZA arbitral MORDAZA referido, es necesario que el Encargado de Negocios a.i de la mision diplomatica del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA suscriba la Carta Compromiso MORDAZA referida con el Estudio juridico "Sidley MORDAZA Llp" para formalizar la contratacion de la asesoria legal especializada requerida en esta etapa del MORDAZA arbitral; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; lo dispuesto en los incisos a) y e) del articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobada por Decreto Ley Nº 26112; el articulo 29º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y el articulo 69º del Reglamento de la Ley Nº 28091, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Ministro SDP MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, Encargado de Negocios ad interim de la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA, a suscribir la Carta de Compromiso con el Estudio Juridico "Sidley MORDAZA Llp" de fecha 6 de junio del 2006, con el compromiso de cubrir honorarios y otros gastos hasta por un valor de US$350,000 (Trescientos Cincuenta Mil Dolares Americanos). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 00875-5

Autorizan suscribir Carta de Compromiso con estudio juridico encargado de la asesoria legal en MORDAZA arbitral iniciado contra el Estado Peruano ante el CIADI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0948-RE MORDAZA, 8 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 235-2006-RE publicada el 29 de junio de 2006 se autoriza al Embajador del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA para contratar los servicios especializados de asesoria legal internacionales para el MORDAZA arbitral iniciado por las empresas Industria Nacional de Alimentos S.A. y Lucchetti Peru S.A.; precisandose que la contratacion de los referidos servicios profesionales, incluyendo los honorarios, condiciones y gastos que se acuerden para dicha contratacion, sera aprobada por Resolucion Ministerial del Sector Relaciones Exteriores, la cual autorizara la suscripcion del contrato respectivo;

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a empresa para prestar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta La Oroya - Pucallpa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4135-2006-MTC/15 MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2006

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