Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (10/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 10 de agosto de 2006 326055REPUBLICADELPERU Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Nacional de Control 2006 del Sistema Nacional de Control, integrado por las acciones de control posterior quese han programado iniciarse en el año 2006 por lasunidades orgánicas de línea de la Contraloría Generalde la República y por los Órganos de ControlInstitucional conformantes del Sistema Nacional de Control, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las Gerencias de Control y las Oficinas Regionales de Control de la Contraloría Generalde la República, se encargarán de cautelar la ejecucióndel Plan Nacional de Control 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00848-1 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G69/G65/G72/G72/G61/G22/G2D/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G64/G65/G6C/G20/G4A/G61/G70/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G43/G4D/G2C/G20/G6C/G61/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61 /G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 231-2006-CG Lima, 8 de agosto de 2006VISTO; la Hoja de Recomendación Nº 046 -2006- CG/SOA emitida por la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre ampliación del alcance de los serviciosde auditoría externa de la Sociedad de AuditoríaRamírez Enríquez y Asociados Sociedad CivilOrdinaria, solicitada por la Presidencia del Consejo deMinistros, para examinar los estados financieros de la Unidad Coordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de la Sierra" - Convenio de Donación del Gobierno delJapón Nº TF051888-PE, por el período julio 2005 ajunio 2006; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 010- 2006-CG de 16.01.2006 se autorizó a la UnidadCoordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de laSierra" - Convenio de Donación del Gobierno delJapón Nº TF051888-PE, a conducir directamente el proceso de selección para la designación de una sociedad de auditoría que efectúe el examen a losestados financieros de la Entidad, por el períodomarzo del 2004 a junio del 2005; Que, con fecha 30.05.2006, se firmó el contrato de locación de servicios de auditoría externa entre la Presidencia del Consejo de Ministros y la Sociedad de Auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad CivilOrdinaria, para examinar los estados financieroscorrespondientes al ejercicio económico marzo del 2004a junio del 2005; Que, el literal c) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, señala que tratándose de préstamos y/odonaciones efectuados por organismosinternacionales, la solicitud de designación puedeextenderse hasta todo el período del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional y/o en las normas del organismointernacional que corresponda;Que, el artículo 59º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, estableceque la Contraloría General puede autorizar laampliación del alcance de la auditoría materia dedesignación, previa solicitud de la Entidad sustentadadocumentalmente en compromisos institucionales ineludibles o circunstancias imprevisibles, verificados con posterioridad a la convocatoria del concursopúblico de méritos, para cuyo efecto emite laResolución correspondiente estableciendo lostérminos y condiciones de dicha autorización; Que, mediante Oficio Nº 610-2006-PCM/OGA de 21.06.2006, la Presidencia del Consejo de Ministros solicitó autorización para la ampliación del alcancede la auditoría a los estados financieros de la UnidadCoordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de laSierra" - Convenio de Donación del Gobierno delJapón Nº TF051888-PE, con sustento en la carta de fecha 17.05.2006, mediante la cual el Banco Mundial solicitó la ampliación del alcance de la auditoría a finque se incluya el período julio 2005 a junio 2006 (fecha de cierre); siendo que conforme se señala en la Hoja de Recomendación del visto, con dicho documentose acredita que la solicitud de ampliación del alcance de la auditoría, obedece a un compromiso institucional ineludible verificado con posterioridad a laconvocatoria del concurso público de méritos porinvitación; Que, mediante el documento de visto se concluye que la solicitud presentada por la Presidencia del Consejo de Ministros cumple los requisitos establecidos en el artículo 59º del Reglamento parala Designación de Sociedades de Auditoría; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la República, el literal c) del artículo 6º y el artículo 59º del Reglamento para la Designación de Sociedades deAuditoría, aprobado por Resolución de ContraloríaNº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Unidad Coordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de la Sierra"- Convenio de Donación del Gobierno del JapónNº TF051888-PE de la Presidencia del Consejo deMinistros, la ampliación del alcance de los servicios de auditoría externa de la Sociedad de Auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria, para queefectúe el examen de auditoría a los estados financieros,por el período julio 2005 a junio 2006. Artículo Segundo.- La Unidad Coordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de la Sierra" - Convenio de Donación del Gobierno del Japón Nº TF051888-PE de la Presidencia del Consejo de Ministros, deberá suscribircon la Sociedad de Auditoría Ramírez Enríquez yAsociados Sociedad Civil Ordinaria, el contrato delocación de servicios para la ampliación del alcance dela auditoría a los estados financieros, por el período julio 2005 a junio 2006. Artículo Tercero.- La Unidad Coordinadora del Proyecto "Desarrollo Rural de la Sierra" - Convenio deDonación del Gobierno del Japón Nº TF051888-PE de laPresidencia del Consejo de Ministros y la Sociedad deAuditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria se sujetan a lo establecido en el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría,aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 00848-2