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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (17/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326474El Peruano jueves 17 de agosto de 2006 CALIFIC. COD. DESCRIPCIÓN SANCIÓN SANCIÓN VALOR DE LA INFRACCIÓN (% UIT) N O S/. PECUNIARIA SBS Por permitir que la persona que 10% 340 atiende como cajero expenda productos alimenticios preparados SBS Por no tener actualizada la cartilla 1% 34 con la relación de sus trabajadores SBS Por ejercer función diferente a las 1% 34 consignadas en el carné de sani- dad DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Para los fines de aplicación de la presente Ordenanza, se considera como: Autoridad de Salud.- Dirección General de Salud Lima V Ciudad Autoridad Sanitaria Municipal.- Refiere a la Subgerencia de Bienestar y Salud, el cual es el órgano de línea dependiente de la Gerencia de Bienestar, Salud y Proyección Social encargada de las funciones deprevención y promoción de salud, higiene y salubridad de los establecimientos comerciales del distrito. Buenas Prácticas de Manipulación (BPM).- Conjunto de prácticas adecuadas asegurará la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas. Carné de Sanidad.- Documento otorgado por la autoridad sanitaria municipal que acredite el buen estadode salud de la persona que manipula alimentos y/o tiene atención directa con el público, sin excepción alguna. Cartilla de Trabajadores.- Documento por el cual el establecimiento comercial señala la relación de los trabajadores que laboren en su local, en la cual se indicanombres completos, número de documento de identidad, información sobre el Carné de Sanidad y labor que desempeña. Constancia de Charla de Buenas Prácticas de Manipulación.- Documento expedido por la Autoridad Sanitaria Municipal al manipulador de alimentos al haber participado en la Capacitación sobre Condiciones de Higiene, Conservación y Manipulación Alimentos y/oBebidas, para la obtención del carné de sanidad o para renovación del mismo. Manipulador de Alimentos.- Toda persona que entre en contacto con los alimentos con sus manos o cualquier equipo o utensilio empleado para manipularalimentos, incluido el personal de degustación de productos. Se considera manipulador de alimentos a todas aquellas personas que a razón de su actividadlaboral: a) Intervienen en la distribución y expendio de productos frescos sin envasar. b) Intervienen en cualquiera de las etapas que comprenden los procesos de elaboración, preparación,fraccionamiento y envasado de alimentos, cuando estas operaciones se realicen de forma manual sin posterior tratamiento que garantice la eliminación de cualquierposible contaminación proveniente del manipulador. c) Intervienen en la preparación culinaria y en la atención del servicio de alimentos para el consumodirecto. Segunda.- Las normas que se opongan a la presente Ordenanza, no tienen aplicación dentro del distrito de San Isidro, sobre la que ejerce jurisdicción en los asuntos de su competencia exclusiva. Tercera.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Incluir en la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas - TISA, aprobada mediante Ordenanza Nº 078-MSI, las infracciones y sanciones contempladasen el artículo 11º de la presente Ordenanza. En caso que las infracciones y sanciones descritas en la presente norma no estén tipificadas en el TISA, seaplicará las establecidas en el presente dispositivo.Quinta.- Encargar a la Gerencia de Bienestar, Salud y Proyección Social en coordinación con la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. Dado en San Isidro a los diez días del mes de agosto del año dos mil seis. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE SALMÓN JORDÁN Alcalde 01109-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G65/G65/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72 /G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G53/G6F/G72/G74/G65/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6D/G69/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G43/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G43/G53/G50/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2006-MDSL San Luis, 8 de agosto de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS VISTA: La Ordenanza N° 049-MDSL de fecha 17.Jul. 06, que aprueba la realización del Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual – CSP , en elaño 2006; estableciéndose como plazo de vencimiento el 31 de julio de 2006, para que excepcionalmente puedan participar aquellos vecinos que cumplan con el pago desu deuda tributaria vencida hasta el 2005, teniendo como fecha de la realización del sorteo el día 4 de agosto de 2006; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Alcaldía Nº 007-2006-MDSL, de fecha 31.Jul.06, en su Artículo Primero dispone la prorroga del plazo de vencimiento del Beneficio Tributario,hasta el día 12 de agosto de 2006; Que, asimismo este Decreto de Alcaldía en su Artículo Segundo dispone la Prórroga de la fecha derealización del Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual - CSP , en el año 2006 hasta el día 19.Ago.06; Que, ante el pedido masivo de los contribuyentes de nuestro distrito que desean participar en el Primer Sorteo de Premios Contribuyente San Luisino Puntual – CSP , enel año 2006, se ve por conveniente ampliar el plazo de vencimiento para la regularización de su deuda tributaria vencida hasta el 2005, así como la fecha de realizacióndel mismo, establecidos en la Ordenanza señalada en el Visto; Que, la Tercera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 049-MDSL, faculta al señor Alcalde a prorrogar el plazo de vencimiento para la regularización de la situación tributaria de los contribuyentes que deseenparticipar del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes CSP en el año 2006, así como la fecha de realización del mismo, mediante Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo del Beneficio Tributario para los contribuyentes que deseenparticipar del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes CSP en el año 2006, hasta el día 31 de agosto de 2006. Artículo Segundo.- PRORROGAR la fecha de realización del Primer Sorteo de Premios a los Contribuyentes CSP en el año 2006, hasta el día 08 deseptiembre de 2006; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Subgerencia de Imagen y ParticipaciónVecinal, el cumplimiento del presente Decreto.