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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326458El Peruano jueves 17 de agosto de 2006 fecha 25 de julio de 2006; mediante el cual se remite la relación de los participantes que aprobaron el Curso de Capacitación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, aptos para su reconocimiento yautorización; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2000-PCM; modificado por el Decreto Supremo Nº 100-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 074- 2005-PCM, establece entre otros aspectos, los órganoscompetentes, las condiciones para ejecución de las inspecciones, así como los requisitos para la obtención del reconocimiento y autorización del Inspector Técnicode Seguridad en Defensa Civil; Que, conforme se establece en el referido Reglamento, el reconocimiento y autorización delInspector Técnico de Seguridad corresponde a las personas que habiendo cumplido con los requisitos contemplados en los Arts. 40º y 41º, hayan sidopresentados al Curso de Capacitación para Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, por los Órganos del SINADECI y hayan aprobado elmencionado curso; Que, la Dirección Regional de Defensa Civil Piura ha llevado a cabo un Curso de Capacitación paraInspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobados los participantes conforme a lo informado por la Dirección Nacional de Educación yCapacitación, quienes cumplen con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlos y autorizarlos como InspectoresTécnicos, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Técnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comités de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales serán responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrirlos inspectores que se desempeñan en su jurisdicción a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelación o la renovación de laautorización de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acápite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI "Directiva para autorización, renovación, ampliación de jurisdicción y acreditación de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil" vigente, los postulantes que tengan un nivel académico de técnico quedan autorizados para emitir opinión únicamente en el campo de su especialidad, según el Anexo Nº 2 de la referidaDirectiva; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolución, de conformidad conlo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Técnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI,aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reconocer y autorizar como Inspector Técnico de Seguridad en Defensa Civil, a las personas comprendidas en el Anexo (en un folio) queobra adjunto y que forma parte de la presente Resolución, para que se desempeñen en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a lajurisdicción de la Dirección Regional de Defensa Civil Amazonas. Artículo Segundo.- Los Inspectores Técnicos reconocidos y autorizados mediante la presente Resolución, luego de ser inscritos en el Registro de Inspectores, quedarán facultados para efectuarInspecciones Técnicas Básicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdicción indicada. Artículo Tercero.- El reconocimiento y autorización señalados en los artículos precedentes tienen vigencia de un año, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Dirección Nacional de Prevención del INDECI a efectuar la inscripción de los Inspectores mencionados en el artículo primero de lapresente Resolución, en el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentación correspondiente en el Archivodocumentario respectivo; así como, a expedir las credenciales respectivas. Artículo Quinto.- La Dirección Nacional de Prevención y la Oficina de Estadística y Telemática publicarán y actualizarán en la página web del INDECI, el Registro de Inspectores Técnicos de Seguridad enDefensa Civil. Artículo Sexto.- La Secretaría General ingresará la presente Resolución en el Archivo General delINDECI, efectuará su publicación en el Diario Oficial El Peruano y remitirá copia fedateada de la misma a la Dirección Nacional de Prevención, Dirección Nacionalde Educación y Capacitación, Oficina de Estadística y Telemática, Dirección Regional de Defensa Civil de Piura y Oficina de Asesoría Jurídica, para los finespertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI CÓDIGO DEL CURSO: 000000000689 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL ANEXO A LA RESOLUCIÓN JEFATURAL CURSO: INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD Dirección Nacional de Educación y Capacitación Nº 373-2006-INDECI FECHA: 03/07/06 DEPARTAMENTO: AMAZONAS REGIÓN :PDRDC DE PIURA PROVINCIA: CHACHAPOYAS Total de Participantes Aptos: 5 DISTRITO: CHACHAPOYAS Nº APELLIDOS Y NOMBRES DNI TÍTULO / ESPECIALIDAD Nº COMITÉ/ENTIDAD UBICACIÓN GEOGRÁFICA COMITÉ COLEGIO QUE LO PRESENTA DEPARTA MENTO PROVINCIA DISTRITO ASIGNADO 1 ALVA VIVES TEONY 16620837 INGENIERO CIVIL 59087 Comité Provincial AMAZONAS CHA CHAPOY AS P rovincial 2 DE PAZ ARANDA BERNARDO JAVIER 15665861 INGENIERO ELECTRICISTA 57274 Comité Provincial AMAZONAS CHA CHAPOY AS P rovincial 3 HERNANDEZ SANCHEZ AURELIANO 33734679 INGENIERO CIVIL 80297 Comité Provincial AMAZONAS CHA CHAPOY AS P rovincial 4 MEJIA CUEVA VICTOR HUGO 17636205 INGENIERO AGRICOLA 63775 Comité Provincial AMAZONAS CHA CHAPOY AS P rovincial 5 VILCHEZ TORRES HILDA MARIBEL 16693894 INGENIERO CIVIL 79375 Comité Provincial AMAZONAS CHA CHAPOY AS P rovincial 01062-2