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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (17/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALESEl Peruano jueves 17 de agosto de 2006 326471REPUBLICADELPERU emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco (fs. 74 al 78), se resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización, Pavimentación de Veredas y Bermas de estacionamiento, correspon-diente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultanea de Vivienda y Autorización para la Celebración de Contratos decompra-venta garantizada, para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", en el terreno de 10,852.00 m², constituido por el lote Nº 30 de la ParcelaciónSemirrústica Pampas de Santa Teresa del Fundo Monterrico Chico, ubicado con frente al Jr. Tomasal (antes Av. Tomasal, Avenida "A" o Calle Atagupu),esquina con la Calle Las Laderas de Casuarinas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, de acuerdo con los Planos signados con elNº 004.01-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS y Nº 004.02-2005-SGLHU-GIPRI-GCDL-MSS. Que, el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana de 10,852.00 m², que formó parte del Fundo " Pampas de Santa Teresa", ubicado en la Av. "D", en el distrito de Santiago de Surco, seencuentra inscrito en la Ficha Nº 54992 continuada e la Partida Nº 49082365 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima a favor de Casas de MonterricoS.A. (fs. 07). Que, mediante los informes Nº 197-2005-MML- DMDU-DHU-DRD de fecha 4 de octubre de 2005 (fs.94 al 98) y Nº 030-2006-MML-GDU-SPHU-DRD de fecha 8 de marzo de 2006 (fs. 106 y 107) de la División de Revisión de Diseño de la Subgerencia dePlaneamiento y Habilitaciones Urbanas, se manifiesta que la presente Habilitación Urbana incumple los Planes Urbanos, respecto a los aportes reglamentariospor cuanto éstos no han sido dejados totalmente en área útil conforme lo dispone la Ordenanza Nº 292, sin embargo es el Área Legal de esta Subgerencia quiendeberá establecer la aplicación y vigencia de las Ordenanzas Nº 292 y Nº 836 en el presente trámite, pues en caso sea factible la aplicación de la OrdenanzaNº 836, la presente Habilitación Urbana estaría cumpliendo con los Planes Urbanos. Asimismo la propuesta de Lote Único incumple lo señalado respectoa la servidumbre requerida por Luz del Sur en su carta de factibilidad de servicios. Que, mediante los informes Nº 461-2005-MML- DMDU-DHU-AL, de fecha 6 de octubre de 2005 (fs. 99 y 100) y Nº 62-2006-MML-GDU-SPHU-AL de fecha 20 de marzo del 2006(fs. 108 al 110), del Área Legal de laSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas se manifiesta en el sentido que es factible aplicar la Ordenanza Nº 836, para el presente caso, tomando enconsideración lo establecido en el Art. III del Título Preliminar del Código Civil y en base a los principios de Informalismo, Eficacia y Celeridad que se detallan en elTítulo Preliminar de la Ley Nº 27444, además opinó que acerca de la entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 776-MML, emitida por esta Corporación, precisandoque la Municipalidad Metropolitana de Lima es la entidad competente para aprobar y normar los distintos procedimientos de Habilitación Urbana, estableciendo lano aplicabilidad para estos procedimientos que se desarrollen en la provincia de Lima, del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General deHabilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Nº 010-2005- VIVIENDA; por lo que la Municipalidad Metropolitana de Lima, seguirá tramitando los procedimientos deRatificación en materia de Habilitaciones Urbanas, en consecuencia habiéndose determinado técnicamente en la presente Habilitación Urbana el cumplimiento de losPlanes Urbanos, respecto a Zonificación, Vías y Aportes Reglamentarios a los que se encuentra afecto el terreno materia del presente trámite; corresponde a estaCorporación en arreglo a las facultades dispuestas en la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, en la Ordenanza Nº 776-MML, Ordenanza Nº 812-MML y laResolución de Alcaldía Nº 2546, resolver el presente procedimiento Ratificando la Resolución Gerencial Nº 060-2005-GIPRI-GCDL-MSS, emitida por la Municipa-lidad Distrital de Santiago de Surco. Que, con Informe Nº 88-2006-MML-GDU-SPHU- AL (fs.111) de fecha 3 de abril de 2006, el Área Legalde la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas señala que se ha emitido la Resolución Nº 33-2006-MML-GDU de fecha 29 de marzo de 2006,en la que se resuelve delegar la competencia administrativa para la emisión de Resoluciones en los procedimientos de Ratificación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por lasMunicipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas. Con el visto bueno del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, de la División de Revisión de Diseño; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ley Nº 26878, Ordenanzas Metropolitanas Nº 836-MML Nº 341-MML, Nº 292-MML, Nº 812-MML, Nº 776-MML, Nº 199-MML, Nº 224-MML, ReglamentoNacional de Construcciones, Resolución de Alcaldía Nº 2546 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RATIFICAR, la Resolución Gerencial Nº 060-2005-GIPRI-GCDL-MSS, emitida con fecha 4 de febrero de 2005, emitida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización, Pavimentación de Veredas y Bermas de estacionamiento, correspondiente a la Aprobación de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único con Construcción Simultánea de Vivienda y Autorización para la Celebración de Contratos de compra-ventagarantizada, para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", en el terreno de 10,852.00 m², constituido por el lote Nº 30 de la Parcelación Semi-rústica Pampas deSanta Teresa del Fundo Monterrico Chico, ubicado con frente al Jr. Tomasal (antes Av. Tomasal, Avenida "A" o Calle Atagupu), esquina con la Calle Las Laderasde Casuarinas, en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE, la presente Resolución a CASAS DE MONTERRICO S.A. y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fines. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y a la División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación ySaneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano a cargo del administrado, dentro de los 30 días siguientes denotificada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIELLA BUENO OTINIANO SubgerenteSubgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 01071-1 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6C/G61/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G72/G67/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 118-MDCH Chaclacayo, 25 de julio del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Chaclacayo, en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de julio, ha visto la propuesta de Clasificador de Cargos presentadapor la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,