Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2006 (06/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

334128

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de diciembre de 2006

Que, con Informe Nº 551-2006-GAJ/MC del 16 de noviembre de 2006, la Gerencia de Asuntos Juridicos opina que la citada propuesta cumple con los parametros establecidos en la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, y el D.S Nº 135-99-EF ­ que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 9º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal, luego de las deliberaciones correspondientes, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA: QUE APRUEBA OTORGAR BENEFICIOS DE CONDONACION DE ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES DE LOS ANOS 2002 A 2006 Articulo Primero.- OTORGAR LA CONDONACION de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002 a 2006 de acuerdo a las siguientes consideraciones: a) Condonacion del 100% de la deuda de los anos 2002 a 2004, para los contribuyentes que cumplan con abonar el total de las deudas tributarias, desde el ano 2005 hasta el ano 2006 incluso. b) Condonacion del 50% de la deuda de los anos 2002 a 2004, para los contribuyentes que se acojan al fraccionamiento de la deuda tributaria acumulada hasta el ano 2006, y cumplan con abonar no menos del 30 % del total de la deuda deducida. c) Condonacion del 25% de la deuda de los anos al 2005 y 2006, para los casos en que ya MORDAZA sido cancelada la deuda de los anos 2002 a 2004. Articulo Segundo.- CONDONAR los reajustes, intereses y moras, de los tributos que se acojan al fraccionamiento de deudas, pudiendo extenderse el compromiso de pago fraccionado hasta en cinco (5) armadas mensuales, siendo prerrogativa de la Gerencia de Administracion Tributaria, considerar un trato distinto para los casos de caracter social. Articulo Tercero.- No podran acceder a los beneficios de la presente Ordenanza, las deudas tributarias respecto a las cuales se encuentre en tramite recurso de apelacion ante el Tribunal Fiscal, demanda contencioso administrativa ante el Poder Judicial y otros de la misma naturaleza, salvo que se acredite el desistimiento de la pretension ante el organo jurisdiccional correspondiente. Articulo Cuarto.- El acogimiento a los beneficios senalados en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de las impugnaciones o reclamaciones presentadas a traves de la solicitud respectiva. Articulo Quinto.- EXTIENDANSE los beneficios tributarios senalados a las deudas tributarias que se encuentren en la via coactiva, las que seran exoneradas de los pagos de costas y otros. Articulo Sexto.- DISPONGASE la vigencia de los Beneficios que se otorgan por la presente Ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2006, contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo Setimo.- Autorizar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias que resulten necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Octavo.- La Gerencia de Administracion Tributaria y la Gerencia de Administracion y Finanzas seran los responsables del cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Noveno.- Dispensar de la lectura y Aprobacion del acta para su inmediata publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6390-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza N° 281-MDMM que establece el monto de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007
ORDENANZA Nº 285-MDMM MORDAZA MORDAZA, 23 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria N° 24 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, mediante Ordenanza Nº 281-MDMM, se aprueba el monto de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2007, segun lo establecido por el Articulo 69-Bº del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; Que, mediante Requerimiento Nº 004-09000003432, emitido por el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, notificado con fecha 6 de noviembre de 2006, se formulan diversas observaciones a la citada MORDAZA, las cuales deben ser subsanadas a efectos de su ratificacion; De conformidad a las facultades establecidas en el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA considerando de la Ordenanza Nº 281-MDMM, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Que, a efectos de seguir brindando los servicios publicos de Limpieza Publica (barrido de calles y recoleccion de residuos solidos), Parques y Jardines y Serenazgo de forma eficiente, tal como se ha venido efectuando durante el transcurso del presente Ejercicio 2006, y a fin de evitar un incremento en el monto de los Arbitrios Municipales, propiciando de esa forma un clima de estabilidad tributaria entre los vecinos de la jurisdiccion de MORDAZA MORDAZA, es conveniente aplicar para el Ejercicio 2007, lo dispuesto por el Articulo 69-Bº del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, es decir, determinar el monto de los Arbitrios Municipales considerando el monto del Ejercicio 2006 incrementado con la variacion acumulada del Indice de Precios al Consumidor a septiembre del referido ano; Articulo 2º.- Modificar el Articulo 2º de la Ordenanza Nº 281-MDMM, referente a la determinacion del monto de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.