Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2006 (06/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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capacitarse para un mejor desempeno, del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276, existiendo indicios razonables de la Comision de la Falta de caracter disciplinaria dispuesta en el inciso a) el incumplimiento de las normas establecidas en el D. Leg. Nº 276 y D.S. Nº 05-90-PCM, d) negligencia en el desempeno de sus funciones del articulo 28 del Decreto Legislativo Nº 276; Que, el Jefe de la Unidad de Logistica y Servicios Auxiliares MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la evaluacion del MORDAZA de adjudicacion directa, mediante el cual se le otorgo la buena pro, a la persona natural que brindo el servicio de instalacion del software, se advierte que el mismo solo se llevo a cabo con 2 postores, ya que si bien es MORDAZA el cuadro comparativo de cotizaciones que se acompana con informe Nº 0922006-ULSA/MDCH se hace referencia a 3 participantes 1) MGG.COM, 2) SERVICIOS MUNICIPALES S.R.L., 3) INTEGRAL TEAM ABLOU SOLUTIONS, no es menos MORDAZA que solo acompano, al informe la propuesta de los 2 primeros participantes, de los cuales la presentada por la Empresa Servicios Municipales S.R.L. no ha sido suscrita por persona alguna que de fe de la oferta brindada, no pudiendo considerarse la misma como valida, incumpliendo lo dispuesto en el Art. 49º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 039-98-PCM, MORDAZA vigente al momento de la adquisicion del software. Que, en el contrato suscrito con el postor que obtuvo la buena pro, el Jefe de la Unidad de Logistica MORDAZA MORDAZA MORDAZA, actuo en representacion de la institucion suscribiendo el referido contrato con fecha 7 de MORDAZA del 2004, sin tener presuntamente la facultad delgada para tal fin, presumiendose inclusive la comision del delito de usurpacion de funciones o autoridad, tipificado en el Art. 361 del Codigo Penal. Asimismo, no cumplir con programar, dirigir, ejecutar y coordinar las actividades del sistema de abastecimiento, establecida en el Art. 71 inciso a) del ROF, de la institucion, igualmente, incumplir con organizar, dirigir coordinar y evaluar los procesos tecnicos de abastecimientos para la compra, almacenamiento y distribucion de los bienes y servicios que requiera la Corporacion, conforme a lo dispuesto en MOF, aprobado con Ordenanza Municipal Nº 080-MDCH, vigente en el tiempo que sucedieron los hechos, lo cual implica contravenir los incisos a) cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, b) salvaguardar los intereses del Estado, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 existiendo indicios razonables de la Comision de la Falta de caracter disciplinaria dispuesta en el inciso a) el incumplimiento de las normas establecidas en el D. Leg. Nº 276 y D. S. Nº 05-90-PCM, d) negligencia en el desempeno de sus funciones del articulo 28 del Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: Articulo Primero.INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario a los siguientes funcionarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Administracion. LADY MORDAZA GAMERO, ex Gerente de Planificacion y Presupuesto. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Logistica y Servicios Auxiliares. Por contravenir los incisos a) cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, b) salvaguardar los intereses del Estado, d) conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, del Art. 21º del Decreto Legislativo Nº 276 al existir indicios razonables de la Comision de la Falta de caracter disciplinaria regulada en el inciso a) el incumplimiento de las normas establecidas en el D. Leg. Nº 276 y D. S. Nº 05-90-PCM, d) negligencia en el desempeno de sus funciones del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, concediendoles un plazo de cinco (5) dias habiles a partir del dia siguiente de la notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion, para que formulen su descargo con las pruebas que estimen conveniente para su defensa,

a traves de la Unidad de Tramite Documentario de la Municipalidad de Chaclacayo. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo la notificacion a los interesados y, en caso no fuera posible notificar personalmente, publicarse conforme a ley, la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Organo de Control Institucional, Oficina de Administracion y Oficina de Asesoria Juridica. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA WONG Gerente Municipal (e) 6505-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Otorgan beneficio de condonacion de Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002 a 2006
ORDENANZA Nº 217 -C/MC Comas, 17 de noviembre del 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 17 de noviembre de 2006, el Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, relacionado con el Informe Nº 76-2006GAT/MC de fecha 8 de noviembre de 2006 del Gerente de Administracion Tributaria sobre el otorgamiento de beneficios tributarios; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Articulo 40º de la MORDAZA, se establece que la Ordenanza es el instrumento normativo por medio de los cuales se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, el Articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S Nº 135-99EF, establece que los Gobiernos Locales en forma excepcional pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones (Multas) respecto de los tributos que administran; Que, indices de morosidad al pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines de los anos 2002, 2003, 2004, 2005 y el 2006 inclusive, se mantienen, a pesar de los esfuerzos de cobranza ordinaria, debido principalmente al incremento del adeudo, por el incremento de los reajustes, moras e intereses y gastos administrativos, acumulados por los anos dejados de pagar, conforme a lo establecido en las normas legales vigentes por lo que se hace necesario establecer mecanismos que posibiliten el cumplimiento de las obligaciones tributarias, otorgandoles, a los contribuyentes, las mas amplias facilidades y beneficios; Que, es politica de la actual gestion, dictar medidas que favorezcan a la poblacion, en especial a los sectores de escasos recursos, producto de la situacion economica que atraviesa el MORDAZA, lo que no les permite cumplir con sus obligaciones de caracter tributario; Que, con Informe Nº 76-2006-GAT/MC de fecha 8 de noviembre de 2006 la Gerencia de Administracion Tributaria, hace suya la propuesta presentada por la Sub Gerencia de Recaudacion y Orientacion al Contribuyente, expresada a traves del Informe Nº 375-2006-SGROCGAT/MC;

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