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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2006 (06/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 99

PÆg. 309397 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de enero de 2006 ORDENANZA Nº 134-MSI EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVISTOS, en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de oc- tubre de 2005, los Dictámenes Nº 044-2005-CAJ/MSI y Nº 026-2005-ADM-FIN/MSI de las Comisiones de Asun-tos jurídicos y Administración y Finanzas y los InformesNº 910-2005-10-GAJ/MSI y Nº 120-2005-14-GAT/MSI delas Gerencias de Asesoría Legal y Administración Tribu-taria, respectivamente; y, CONSIDERANDO Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica, y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir con- tribuciones , tasas, arbitrios , licencias y derechos muni-cipales; Que, en aplicación del artículo 60º del Decreto Legis- lativo Nº 776, el mismo que conforme a lo establecidopor los artículos 195º inciso 4) y 74º del a Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneracio-nes dentro de los límites que fija la Ley; Que, el literal a) del artículo 68º del Decreto Legislati- vo Nº 776 modificado por Ley Nº 27180 establece que lasMunicipalidades podrán imponer tasas por servicios pú- blicos o arbitrios, definiéndolas como aquellas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un serviciopúblico individualizado en el contribuyente; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a o establecidoen el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante las Sentencias Nºs. 0041-2004-AI/TC y 00053-2004-PI/TC, publicadas el 15 de marzo y el 17de agosto el 2005 en el Diario Oficial El Peruano, el Tribu-nal Constitucional se pronunció en proceso de inconsti-tucionalidad sobre diversos temas vinculados al ejerciciode la potestad tributaria municipal en la dación y determi- nación de arbitrios municipales, constituyendo jurispru- dencia vinculante no sólo respecto al fallo sino a la tota-lidad de su contenido; Que, en esa lógica las sentencias deben ser aplica- das también a aquellos casos similares que, sin ser par-te de dicho proceso de inconstitucionalidad, presenten ordenanzas sobre arbitrios con la misma problemática; Que, en la Sentencia Nº 00053-2004-PI/TC, el Tribu- nal Constitucional precisa que las autoridades municipa-les vinculadas directamente por su decisión no sólo tie-nen responsabilidad de acatar los términos de tal sen-tencia en su verdadera esencia y buscar darle la mayor efectividad, sino también la obligación de evitar causar mayor desconcierto en la comunidad local, sobretodocuando el problema en la regulación de los arbitrios mu-nicipales sea por: deficiencia en la producción normativao en los criterios para la determinación y distribución delcosto global; Que, mediante la presente Ordenanza se establece el marco del régimen tributario aplicable a los arbitrios delimpieza pública, parques y jardines y seguridad ciuda-dana en la jurisdicción del distrito de San Isidro, a fin defacilitar su distribución y facilitar su distribución equitati-va entre los contribuyentes; Estando a los Informes Nº 910-2005-10-GAJ/MSI y Nº 120-2005-14-GAT-MSI de las Gerencias de AsesoríaLegal y Administración Tributaria, emitidos por la Geren-cia de Administración Tributaria y la Gerencia de Aseso- ría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9º de Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades y D.S. Nº 135-99-EF - Texto Único Ordenado del CódigoTributario, modificado por Decreto Legislativo Nº 953, porUnanimidad y con dispensa del trámite de aprobacióndel Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SEGURIDAD CIUDADANA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ALCANCE La presente Ordenanza regula la determinación y aplicación de los Arbitrios por la prestación de los servi- cios públicos locales que se dan en forma general en lajurisdicción del distrito de San Isidro. Artículo 2º.- ARBITRIOS COMPRENDIDOS Los Arbitrios regulados en la presente Ordenanza son los siguientes: - Arbitrio de Limpieza Pública - Arbitrio de Parques y Jardines Públicos- Arbitrio de Seguridad Ciudadana Artículo 3º.- HECHO GENERADOR Constituye el hecho generador la prestación en forma general de los servicios públicos municipales siguientes: a. Servicio de Limpieza Pública: comprende el servi- cio de recolección domiciliaria de residuos sólidos, barri- do de calles, recojo de maleza, transporte y disposición final de los residuos. b. Servicio de Parques y Jardines Públicos: Compren- de el servicio de organización, mejora y mantenimientode las áreas verdes de parques públicos, de plazas pú-blicas y jardines en bermas centrales. c. Servicio de Seguridad Ciudadana: Comprende el servicio de organización, mantenimiento y mejoramientode las tareas municipales de vigilancia, control de activi-dades para la prevención del delito, accidentes y protec-ción de la población del distrito. Artículo 4º.- PERIODICIDAD Y FORMA DE PAGO Los Arbitrios Municipales son de periodicidad men- sual y su pago se efectuará mensualmente hasta el últi-mo día hábil del mes respectivo. Artículo 5º.- SUJETOS OBLIGADOS Están obligados al pago de los arbitrios municipales, en calidad de contribuyentes, los propietarios de los pre-dios ubicados en la jurisdicción del distrito. Tratándose de predios en condominio la Administra- ción Tributaria esta facultada a determinar el arbitrio yexigir su pago a cualquiera de los condóminos. En el caso de predios de propiedad de personas inafectas y que son utilizados para fines distintos a losque motivan la inafectación al pago de los Arbitrios, laobligación de pago recae en el conductor del predio. Artículo 6º.- INAFECTOS AL PAGO DE ARBITRIOS Se encuentran inafectos al pago de los arbitrios muni- cipales los predios dedicados a cumplir sus fines especí-ficos de propiedad de:Ordenanza Nº 134-MSI e Informe Técnico Norma aprobada en Sesión Extraordinaria de Concejo del 28 de octubre de 2005