Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2006 (10/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 10 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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2. ACTIVIDADES DESPUES DE LA MORDAZA DE EXPORTACION 2.1 Informe final de la campana. Las DE que han participado en la MORDAZA de exportacion de mango, deberan presentar un Informe Final de sus actividades a la conclusion de la MORDAZA, indefectiblemente la MORDAZA semana del mes de MORDAZA de cada ano, para lo cual seguiran la estructura de Informe elaborada por la DDF. 2.2. Reunion de cierre de MORDAZA de exportacion. La reunion de cierre de MORDAZA de exportacion de mango, se llevara a cabo el mes de MORDAZA de todos los anos. En MORDAZA, la reunion sera de caracter interno entre el Coordinador de la MORDAZA, Coordinares de Sanidad Vegetal y Directores de las Direcciones Ejecutivas con la DDF. Finalmente la DGSV podra convocar a reunion a los exportadores para tratar asuntos relacionados al tema y de considerarlo conveniente, podra pedir la participacion de las Direcciones Ejecutivas del SENASA. CAPITULO V MECANICA OPERATIVA DE LA MORDAZA DE EXPORTACION A) Inicio de la MORDAZA de exportacion 1. Certificacion de aptitud de lugares de produccion para exportacion 1.1 Procedimiento para iniciar el MORDAZA de certificacion El MORDAZA de certificacion constara de los siguientes pasos: a) Inscripcion de lugares de produccion El interesado, entre los meses de agosto, septiembre y primera quincena de octubre de cada ano, presentara ante la Mesa de Partes de la Direccion Ejecutiva del SENASA local, la Declaracion Jurada de los lugares de produccion de mango para exportacion, segun modelo (Formato DDF-E- 01). En este documento MORDAZA a conocer la intencion del total de has. de mango que dispondra para la exportacion, asi como el compromiso de solicitar en la MORDAZA etapa del MORDAZA, la certificacion unicamente de las has. declaradas con fines de exportacion. b) Certificacion de lugares de produccion. Durante la MORDAZA quincena del mes de octubre y durante todo el mes de noviembre de cada ano, el usuario que cumplio con el procedimiento a) sobre inscripcion de lugares de produccion, bajo declaracion jurada, podra continuar con la MORDAZA etapa del MORDAZA, para lo cual presentara una solicitud para la inspeccion y certificacion de lugares de produccion, centros de acopio, empacadoras y plantas de tratamiento y empaque (Formato: DDF-E-02), adjuntando los siguientes documentos: - Boleta de pago por concepto de certificacion de lugares de produccion, segun la tasa establecida en el MORDAZA vigente del SENASA. - Descripcion de las practicas fitosanitarias que realizan habitualmente en MORDAZA, relacionado con el control de plagas. - Croquis de ubicacion del lugar de produccion con informacion relevante. Una sola solicitud puede incluir el requerimiento de inspeccion y certificacion de mas de un lugar de produccion, centros de acopio y plantas de tratamiento y/o empaque. La solicitud para la inspeccion y certificacion de lugares de produccion, centros de acopio y plantas de tratamiento y/o empaque, puede ser presentada de manera individual por cada productor, exportador o su representante, o una persona en representacion de un gremio, asociacion, etc. Vencido el plazo para la MORDAZA de las Declaraciones Juradas de los lugares de produccion de

mango para exportacion, no habra derecho a registro; asi como, no habra atencion para solicitudes de certificacion de lugares de produccion presentados fuera de las fechas establecidas; no obstante, en el caso de presentarse situaciones que justifiquen las demoras para el tramite por parte del interesado, los casos seran evaluados por la Direccion Ejecutiva del SENASA y dependiendo de la disponibilidad de Inspectores podran ser atendidos en un MORDAZA periodo de tiempo a establecer. 1.2 Inspeccion fitosanitaria a los lugares de produccion Con la informacion presentada por el usuario, segun lo indicado en el punto b) del numeral 1.1 MORDAZA descrito, el Inspector del SENASA podra visitar el lugar de produccion e inspeccionar el estado fitosanitario del cultivo materia de exportacion, asi como de otros cultivos hospedantes de moscas de la fruta que se encuentren ubicados dentro del lugar de produccion, en horarios adecuados que permita su eficiencia y/o verificar a traves del Sistema Informatico Integrado de Moscas de la Fruta (SIIMF), los niveles poblacionales o porcentajes de infestacion de moscas de la fruta. En cualquiera de los casos el lugar de produccion debe reunir los siguientes requisitos: - Que se encuentre inmerso dentro del Sistema Nacional de Deteccion (SINADE) del Programa Nacional de Mosca de la Fruta (PNMF). - Que se realice un adecuado manejo integrado de plagas, acorde con las recomendaciones del PNMF y cumpliendo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-2000-AG. - Que el lugar de produccion no cuente con notificacion en tramite o por subsanar expedida por el PNMF debido al incumplimiento de las normas vigentes. - Que realice un adecuado manejo fitosanitario de plagas reguladas por las Organizaciones de Proteccion Fitosanitaria de los paises importadores. - Otros que tecnicamente se estime necesario. Concluida la evaluacion o verificacion en el SIIMF, el Inspector de Cuarentena Vegetal, procedera a levantar el Informe de inspeccion fitosanitaria para la certificacion de lugar de produccion. (Formato DDF-E-06), donde anotara los resultados de la inspeccion y recomendara al Director del SENASA de su jurisdiccion la aprobacion o no del lugar de produccion. 1.3 Otorgamiento de la certificacion de Certificacion Fitosanitaria del lugar de produccion. Si el lugar de produccion cumple con los requisitos fitosanitarios requeridos y el Inspector recomienda su certificacion, la Direccion Ejecutiva del SENASA respectiva, emitira el Certificado de Certificacion de Lugares de Produccion de Frutas y Hortalizas con fines de Exportacion (Formato: DDF-E-05), asignandole el codigo del lugar de produccion empleado por el PNMF. 1.4 Validez de la certificacion. La validez de este Certificado sera unicamente durante la MORDAZA de exportacion indicada en el mismo certificado. 1.5 Cancelacion de la certificacion. Los lugares de produccion certificados perderan su condicion, en los siguientes casos: - Si no se mantiene las caracteristicas con las cuales fueron aprobados segun el punto 1.2 del presente Capitulo. - Al comprobarse la mezcla de frutas procedente de lugares de produccion certificados con otras procedentes de lugares de produccion certificados o no certificados. - Al haberse hecho acreedor a una notificacion por incumplimiento por parte del PNMF y no este subsanada. - Al verificar que el usuario esta haciendo mal uso de los MAC´s asignados a sus lugares de produccion, este quedara fuera por el resto de la MORDAZA de exportacion. 2. Certificacion del centro de acopio Aspectos generales Los centros de acopio son extensiones del area de inspeccion de las empacadoras o plantas de tratamiento y

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