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PÆg. 309766 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de enero de 2006 origen animal, para la exportación o reexportación que ampara el estado fitosanitario del envío, embalaje y medio de transporte. 3. Funciones del Inspector de campo: - Realizar la inspección de lugares de producción y emitir el Informe correspondiente para su certificación. - Levantar la cuarentena de los lugares de producción sancionados. 4. Funciones del Inspector ubicado en el Puesto de Control Cuarentenario Externo: - Verificar la documentación de los envíos inspeccionados en origen, destinados a la exportación,el sistema de resguardo del medio de transporte incluyendo los precintos de seguridad y emitir el Certificado Fitosanitario de corresponder. - Supervisar la descarga y reacomodo de envíos con tratamiento hidrotérmico inspeccionados en origen. - Inspeccionar las áreas destinadas a la inspección y zonas de resguardo para almacenamiento y reacomodo, ubicadas en los terminales de almacenamiento. c) Facultades del Inspector de Cuarentena Vegetal: • Realizar la certificación fitosanitaria de frutos frescos de mango destinados a la exportación. • Rechazar cualquier lote o envío que se encuentre infestado con larvas de moscas de la fruta, así como noautorizar su tratamiento y/o certificación cuando incumpla con los procedimientos establecidos. • Suspender la inspección fitosanitaria cuando no se disponga de las condiciones o equipos que deben ser proporcionados por el usuario para la realización óptima de su trabajo. • Suspender o cancelar el registro de cualquier empacadora identificada como fuente de fruta certificada que se encuentre infestada con larvas vivas de moscasde la fruta. • Suspender o cancelar la certificación de funcionamiento empacadoras, centros de acopio y plantade tratamiento y empaque, lugar de producción, según corresponda. • Suspender la cosecha con fines de exportación de los lugares de producción ante la detección de estados larvales vivos de moscas de la fruta durante la inspección fitosanitaria en el centro de acopio o empacadora. • Disponer la cuarentena del lugar de producción, cuando ocurra la intercepción de larvas vivas de moscas de la fruta en el envío. • Levantar las sanciones cuando compruebe que las medidas recomendadas no han sido implementadas. 5. Del Coordinador de la campaña de exportación de mango El Coordinador de la campaña exportación de mango, es la persona designada y autorizada por el SENASA con las funciones siguientes: - Mantener el registro de Inspectores asignados a las empacadoras y planta de tratamiento y empaque. - Establecer el rol de turnos para la atención de inspección y/o tratamientos en horarios extraordinarios. - Coordinar con la Dirección Ejecutiva Local, la asignación de equipos e indumentarias necesarias yoportunas para el personal de la campaña de exportación. - Prestar el apoyo técnico en la toma de decisiones a los Inspectores de Cuarentena Vegetal asignados a la campaña de exportación de mango. - Consolidar la información sobre los registros de tratamientos, rechazos y volúmenes de exportación por planta expresados en TM y contenedores por destinos, en forma quincenal. - Acudir en las soluciones de conflictos de carácter técnico surgidos en las plantas de tratamiento y empaque. - Recibir y consolidar los reportes de incidentes que ocurran en la campaña de exportación. - Efectuar coordinaciones necesarias con el Inspector APHIS para un mejor servicio a los usuarios durante la campaña de exportación, u otros representantes de las ONPF´s.- Evaluar mensualmente las actividades de la campaña de exportación, en lo que al Servicio corresponde e informar a la Dirección Ejecutiva de Piura y Ancash del proceso de exportación con tratamientohidrotérmico, con copia a la Dirección de Defensa Fitosanitaria (DDF). - Elaborar el Informe final de campaña acorde a las funciones asignadas, incluyendo las observaciones y sugerencias. 6. Responsabilidades a) Del productor:- Cumplir con las normas legales vigentes en materia de sanidad agraria. - Cumplir los requisitos fitosanitarios establecidos por las ONPF de los países importadores. - Solicitar la inscripción de su(s) lugar(es) de producción al inicio de cada campaña de exportación en el SENASA de su jurisdicción. - No mezclar frutas de lugares de producción certificados destinados a la exportación y/o sujetos a cumplimiento de Planes de Trabajo con aquellos procedentes de lugares de producción no certificados. - Mantener en buena condición fitosanitaria sus lugares de producción, efectuando medidas de monitoreo de plagas, medidas de prevención y de control integradode plagas, según exigencias del SENASA y de la ONPF del país importador. - Permitir el ingreso, previa identificación, al personal del SENASA autorizado para efectuar funciones de inspección, supervisión, detección, muestreo, certificación y control integrado que se realizan en loslugares de producción. - Aplicar las recomendaciones y dictámenes efectuadas por el Inspector del SENASA. - Enviar la fruta de mango al centro de acopio, empacadora o a la planta de tratamiento y empaque en jabas de plástico de un solo color preferentemente, conpeso neto entre 19 a 20 kg. cada una, debidamente identificadas con el código asignado de productor y lugar de producción. - Consignar fielmente y bajo responsabilidad la información requerida en el Manifiesto de Carga (MAC), el cual será utilizado solo para los envíos del productor,no pudiendo ser transferidos a otros. - Acatar las disposiciones fitosanitarias del Inspector de Cuarentena Vegetal. - Cosechar únicamente los volúmenes de mango autorizados para exportación, de los lugares de producción certificados por SENASA. - Trasladar las frutas de mango inspeccionadas y aprobadas en contenedores, camiones cerrados o cubiertos con lonas o mallas mosquiteras, debidamenteprecintados cuando sea necesario, contando además de su respectivo MAC, con el Informe de Inspección Fitosanitaria y cuando corresponda con la Autorizaciónde Despacho, emitido por el SENASA local. b) Responsabilidades del exportador/ acopiador:- Cumplir con las normas legales vigentes en materia de sanidad agraria. - Cumplir con los procedimientos establecidos en los Planes de Trabajo suscritos por el SENASA y las ONPF´s de los países importadores. - Inscribir sus empacadoras, centros de acopio y plantas de tratamiento y empaque con los que operará en cada campaña de exportación, en la DirecciónEjecutiva del SENASA de su jurisdicción. - Asumir solidariamente las infracciones y sanciones aplicadas a los centros de acopio registrados ante elSENASA. - Acopiar frutas de mango en centros de acopio autorizados y registrados por SENASA y solo de lugaresde producción inscritos y certificados por éste para la campaña de exportación correspondiente - Entregar al SENASA, los planos de ingeniería relativos a la construcción o modificación de las instalaciones de la planta empacadora, de tratamiento y empaque y croquis de los centros de acopio, cuandocorresponda. - Disponer en sus empacadoras y/o centros de acopio de ambientes adecuados para las oficinas de los