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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2006 (10/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 309765 NORMAS LEGALES Lima, martes 10 de enero de 2006 texto de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria de la FAO. - Decreto Supremo Nº 009-2000-AG, publicado el 18 de abril de 2000, que aprueba el Reglamento para elControl, Supresión y Erradicación de Moscas de la Fruta. - Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, publicado el 29 de julio de 2001, mediante la cual aprueban el ReglamentoGeneral de la Ley Marco de Sanidad Agraria. - Decreto Supremo Nº 016-2002-AG, publicado el 23 de febrero de 2002, que Aprueba el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA y sus modificatorias. - Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, publicado el 24 de agosto de 2003, que aprueba el Reglamento de Cuarentena Vegetal. - Directiva General Nº 022-2001-AG-SENASA-DGSV- DDF, aprobada el 16 de julio de 2001, mediante la cual se establecen los procedimientos a seguir en la certificación de plantas, productos vegetales y otros artículosreglamentados destinados a la exportación o reexportación. - Directiva General Nº 012-2001-DGSV/PNMF, aprobada el 17 de abril de 2001, que aprueba el Manual del Sistema Nacional de Detección de Moscas de la Fruta. - Directiva General Nº 025-2001-DGSV/PNMF, aprobada el 20 de julio de 2001, que aprueba el registro de productores y predios hospedantes de moscas de lafruta. - Planes de Trabajo y Protocolos de Requisitos Fitosanitarios para la exportación de mango, suscritospor el SENASA y las Organizaciones Nacionales de Protección Fitosanitaria - ONPF´s de países importadores. CAPÍTULO II CONSIDERACIONES GENERALES 1. Actividades fitosanitarias consideradas en la exportación del mango: - Certificación fitosanitaria de lugares de producción. - Certificación de plantas de tratamiento y empaque. - Certificación de centros de acopio. - Inspección fitosanitaria del envío: * En centros de acopio y empacadoras. * En plantas de tratamiento y empaque. - Resguardo fitosanitario: * Cosecha y traslado desde los lugares de producción a los centros de acopio y de estos a las plantas de tratamiento y empaque. * En la movilización de envíos inspeccionados aprobados desde empacadoras y/o centros de acopio, hacia la planta de tratamiento y empaque. * En la movilización de envíos inspeccionados aprobados en centros de acopio, plantas de tratamiento y empacadoras, hacia los Puestos de Control Externo(PCCE) autorizados. * Supervisión de tratamiento. * Post tratamiento y embarque. - Emisión del Certificado Fitosanitario. 2. Lugares donde se efectúan las inspecciones fitosanitarias de los envíos La inspección fitosanitaria se realizará en el área de muestreo e inspección de la empacadora o en centros de acopio aprobados autorizados por SENASA. 3. Ámbito jurisdiccional para la emisión y expedición de los certificados fitosanitarios Los Certificados Fitosanitarios serán emitidos y expedidos por los Inspectores de Cuarentena Vegetal de la Dirección Ejecutiva del SENASA (DE), ubicados en los PCCE. 4. Del Inspector de Cuarentena Vegetal El Inspector de Cuarentena Vegetal es el profesional designado y autorizado por la Dirección General de Sanidad Vegetal (DGSV) del SENASA para cumplir y hacer cumplir, dentro del ámbito de su competencia, losprocedimientos a seguir en la campaña de exportación de frutas frescas de mango, los cuales obedecen al cumplimiento de requisitos fitosanitarios establecidos por las Organizaciones Nacionales de ProtecciónFitosanitaria (ONPF´s) de los países importadores, así como el Reglamento de Cuarentena Vegetal, Ley Marco de Sanidad Agraria y su Reglamento General y otrasdisposiciones que la Dirección General de Sanidad Vegetal establezca a través de la Dirección de Defensa Fitosanitaria. a) Requisitos del Inspector Cuarentena Vegetal Los Inspectores a ser contratados para la campaña de exportación de mango, deberán reunir los siguientes requisitos: • Poseer título de Ingeniero Agrónomo o Biólogo. • Tener experiencia en la aplicación de los procedimientos a seguir en la campaña de exportaciónde frutas frescas de mango sometidas a tratamiento hidrotérmico. Los años de experiencia serán tomadas en cuenta para la calificación. • Contar con la Constancia del SENASA, de haber efectuado el periodo de actualización sobre entrenamiento en la aplicación de procedimientos a seguirpara la campaña de exportación de mango que se dará inicio. b) Funciones del Inspector Los inspectores, según las funciones que realicen se agrupan en : • Inspectores de muestreo de fruta. • Inspectores de supervisión de tratamiento hidrotérmico. • Inspectores de certificación de lugares de producción. • Inspectores ubicados en el PCCE. Siendo sus funciones las siguientes:1. Funciones del Inspector de muestreo de fruta: - Verificar si la documentación que ampara el envío se ajusta a las normas y procedimientos establecidos para la exportación de mango. - Efectuar la verificación y/o inspección fitosanitaria de frutos frescos de mango destinados a la exportación, en las áreas de inspección ubicadas en las empacadoras,centros de acopio o plantas de tratamiento y empaque, aprobados. - Inspeccionar, verificar y efectuar el seguimiento de las condiciones fitosanitarias de las empacadoras, centros de acopio y plantas de tratamiento y empaque; así como, cuando exista detección de larvas vivasmoscas de la fruta, comunicar inmediatamente al Coordinador de la Campaña, a fin de que éste coordine con el responsable del Programa Nacional de Moscasde la Fruta (PNMF) de la zona, el seguimiento de los lugares de producción cuando éstos son cuarentenados. - Determinar las medidas fitosanitarias necesarias ante la intercepción de una plaga. - Emitir la Orden de Pase al Tratamiento Fitosanitario, cuando corresponda. - Emitir el Informe de Inspección para la certificación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, animales, productos y subproductos deorigen animal, para la exportación o reexportación. 2. Funciones del Inspector de supervisión de tratamiento de mango: - Supervisar o ejecutar el tratamiento hidrotérmico, según corresponda. - Inspeccionar, verificar y efectuar el seguimiento de las condiciones fitosanitarias de los centros de acopio,empacadoras y plantas de tratamiento y empaque. - Verificar el calibrado del fruto, medios de transporte, material de embalaje, envases y sellados de las cajas. - Emitir el Informe de Inspección para la certificación de empacadoras, centros de acopio y plantas de tratamiento hidrotérmico y empaque. - Emitir el Informe de Inspección para la certificación de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, animales, productos y subproductos de