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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2006 (11/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G39/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de enero de 2006 Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, respectivamente, establecen queantes de convocar a un proceso de selección se debe contar con un Expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva, el mismo queincluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; una vez reunida la información, la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones remitirá el referido Expediente al funcionario competente de acuerdo a las normas de organización interna, para su aprobación; Que, asimismo, las mencionadas normas legales señalan que cada Entidad definirá los procedimientos y plazos para la determinación y aprobación del citadoExpediente; Que, el artículo 53º del referido Reglamento dispone que la aprobación de las Bases debe ser por escrito, yasea mediante resolución o memorando o algún otro medio donde se exprese de manera indubitable la voluntad de aprobación; en ningún caso podrá ser realizada por elComité Especial; asimismo, señala que las Bases de las Adjudicaciones Directas y las Adjudicaciones de Menor Cuantía, serán aprobadas por la autoridadcorrespondiente según los niveles jerárquicos establecidos en las normas de organización interna de la Entidad y que de no existir normas de organizacióninterna, el Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad establecerá los niveles de competencia respectivos; Que, el tercer párrafo del artículo 33º de la Ley antes glosada establece que para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un10%, se deberá contar con asignación suficiente de recursos aprobada por el Titular del Pliego; Que, el primer párrafo del artículo 42º del mencionado Texto Único Ordenado prescribe que la Entidad podrá ordenar y pagar directamente la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el quince por cientode su monto, siempre que sean indispensables para alcanzar la finalidad del contrato. Asimismo, podrá reducir servicios u obras hasta por el mismo porcentaje; deigual forma, el cuarto párrafo del mismo artículo dispone que el contratista podrá solicitar la ampliación del plazo pactado por atrasos y/o paralizaciones ajenos a suvoluntad, atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causas atribuibles a la Entidad contratante, y por caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadosque modifiquen el calendario contractual; Que, el artículo 231º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque el Titular o la máxima autoridad administrativa de la Entidad, según corresponda, podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales, para lo cual deberán contarcon la asignación presupuestal necesaria; Que, el numeral 4.2) del artículo 4º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado disponeque el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que dicha Ley le otorga, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; salvo disposición en contrariode la referida Ley o su Reglamento; Que, debido a las numerosas convocatorias de procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, es necesarioque haya fluidez y celeridad en el curso de dichos procesos, sin perjuicio de garantizar la debida transparencia que debe existir en todo proceso deselección, para lo cual es necesario delegar en el Jefe de la Oficina de Administración las facultades de aprobación del Expediente, aprobación de Bases, autorización paraotorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignación presupuestal, así comoaprobar la ejecución de prestaciones adicionales y/o su reducción y las solicitudes de ampliación de plazo contractual en los procesos de adjudicación de menorcuantía para la adquisición de bienes y contratación de servicios de las Unidades Ejecutoras024 - Sede Central, 026 - Programa Educación Básica para Todos, 027 -Mejoramiento de la Calidad de la Educción en los Niveles de Primaria y 029 - Programa Huascarán del Pliego 010 Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2006; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificada por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED;SE RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR en el Jefe de la Oficina de Administración las facultades de aprobación del Expediente, aprobación de Bases, autorización paraotorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignación presupuestal, así comoaprobar la ejecución de prestaciones adicionales y/o su reducción y las solicitudes de ampliación de plazo contractual en los procesos de adjudicación de menorcuantía para la adquisición de bienes y contratación de servicios de las Unidades Ejecutoras 024 - Sede Central, 026 - Programa Educación Básica para Todos, 027 -Mejoramiento de la Calidad de la Educción en los Niveles de Primaria y 029 - Programa Huascarán del Pliego 010 Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2006. Artículo 2º.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento remitirá el expediente a la Oficina de Administración una vez reunida la información sobre lascaracterísticas técnicas, el valor referencia y la disponibilidad presupuestal; asimismo, remitirá las solicitudes de prestaciones adicionales, reducciones y ampliaciones quese requieran, para su correspondiente aprobación. Artículo 3º.- DISPONER que el Comité Especial Permanente o la dependencia encargada de lascontrataciones y adquisiciones, en su caso, remitirá el Proyecto de Bases del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía a la Oficina de Administración para su aprobación;asimismo, remitirá a dicha Oficina las propuestas que superen el valor referencial hasta en un 10% que cuenten con la correspondiente asignación presupuestal, a fin deobtener la autorización para otorgar la Buena Pro. Artículo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Resolución a las dependencias involucradas, para su conocimientoy fines pertinentes. Regístrese y comuníquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 00481 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G36/G38/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D /G45/G44/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0010-2006-ED Lima, 6 de enero de 2006 VISTO; la Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, la Resolución Ministerial Nº 760-2005-ED y la Hoja de Coordinación Interna Nº 1597-2005-OAJ, emitida por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el 15 de noviembre de 2005, mediante Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, se dispuso -entre otrasmaterias-, que el Ministerio de Educación quedaba exonerado del proceso de Adjudicación Directa Pública por causal de servicios personalísimos a efectos de larealización de la campaña publicitaria “CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL” y se autorizaba a contratar de forma directa desde el 17 de noviembre de 2005 hasta el 16 de diciembrede 2005, los servicios de difusión de spots a las Estaciones de Radio “Radio Programas del Perú am/fm”, “Radiomar Plus”, “Inca Sat”, “Radio Moda” y “Radio CPN fm”; por unvalor referencial de S/. 153, 786.75 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Setecientos Ochenta y Seis y 75/100 nuevos soles); Que, el 22 de diciembre de 2005, en virtud a lo informado por la Oficina de Prensa y Comunicaciones mediante Memorándum Nº 694-2005-SG-OPYC-ME, seemitió la Resolución Ministerial Nº 0760-2005-ED, la misma que disponía la modificación de los artículos 1º, 2º y 3º de la citada Resolución Ministerial Nº 0682-2005-ED, exonerando al Ministerio de Educación del proceso de selección de Adjudicación Directa Pública a efectos de la realización de la campaña publicitaria “CARRERA