Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2006 (11/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G39/G39/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 11 de enero de 2006 Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, Club de Leones de Iquitos, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la AgenciaPeruana de Cooperación Internacional - APCI, deconformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donacionesde carácter asistencial o educacional provenientes delexterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Carta de Donación de fecha 22 de diciembre de 2003, legalizado por el Consulado Generaldel Perú en Houston, estado de Texas, Estados Unidosde América, se observa que The Hope Alliance Inc., haefectuado una donación a favor del Club de Leones deIquitos; Que, los bienes donados consisten en ochenta y cinco (85) bultos conteniendo productos farmacéuticos,insumos e instrumental médico, material educativo ycomputadoras, con un peso manifestado de 19,477 kilosy un peso recibido de 6,260 kilos, valorizados en US$10,257.00 (diez mil doscientos cincuenta y siete y 00/100 dólares americanos) donación que será destinada aactividades y campañas médicas realizadas por losClubes de Leones de Iquitos, y distribuido directamentea las necesitados o utilizado en el manejo y planes a lasnecesidades logísticas de sus programas de ayuda; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere elprimer párrafo; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor The Hope Alliance Inc., a favor del Club de Leonesde Iquitos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por The Hope Alliance Inc., a favordel Club de Leones de Iquitos, consisten en ochenta ycinco (85) bultos conteniendo productos farmacéuticos,insumos e instrumental médico, material educativo ycomputadoras, con un peso manifestado de 19,477 kilosy un peso recibido de 6,260 kilos, valorizados enUS$ 10,257.00 (diez mil doscientos cincuenta y siete y00/100 dólares americanos) donación que será destinadaa actividades y campañas médicas realizadas por losClubes de Leones de Iquitos, y distribuido directamentea las necesitados o utilizado en el manejo y planes a lasnecesidades logísticas de sus programas de ayuda. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria- SUNAT y al interesado, para los efectos a que secontrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro delos plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00447RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0031-2006-RE Lima, 9 de enero de 2006Visto, el expediente Nº 11476-2005, presentado por la Asociación Vida Perú, mediante el cual se solicita la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA). CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias , no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la Asociación Vida Perú, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 10 de diciembre de 2004, legalizada por el Consulado General del Perú en San Francisco, Estados Unidos de América, se observa que Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA) ha efectuado una donación a favor de la Asociación Vida Perú; Que, los bienes donados consisten en suministros médicos, productos farmacéuticos, material y equipos médicos, enviados en 108 bultos, con un peso bruto de 9298 kilos, valorizado en US$ 10 000.00 (Diez mil y 00/100 dólares americanos), que serán distribuidos entre beneficiarios que la Asociación Vida-Perú seleccione; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers For Inter-American Development Assistance (VIDA) a favor de la Asociación Vida Perú, consistente en suministros médicos, productos farmacéuticos, material y equipos médicos, enviados en 108 bultos, con un peso bruto de 9298 kilos, valorizado en US$ 10 000.00 (Diez mil y 00/100 dólares americanos), que serán distribuidos entre beneficiarios que la Asociación Vida-Perú seleccione. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00448