Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2006 (18/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G32/G38/G20/G64/G65/G20/G66/G65/G62/G72/G65/G72/G6F/G20/G64/G65 /G32/G30/G30/G36/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6E/G6A/G65/G20/G6F/G62/G6C/G69/G67/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G6C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G2F/G6F/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G2D/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G69/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C ORDENANZA Nº 021-2005-MDLP/ALC La Punta, 2 de diciembre de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Acuerdo de Concejo Nº 014-46/2005 de fecha 2 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, asimismo el Artículo 74º del mismo cuerpo legal, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales, potestadque es reconocida en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar de los arbitrios, tasas, licencias,derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por Ley; señalando que las Ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales se regula lasmaterias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, de conformidad con el Artículo 79º numeral 3.6.4. de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 es función específica exclusiva de las municipalidades distritales, “Normar, regular y otorgar autorizaciones,derechos y licencias, y realizar la fiscalización de: Apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación”; Que, el Artículo 71º de la referida Ley de Tributación Municipal, establece que “La licencia de apertura de establecimiento tiene vigencia indeterminada. Loscontribuyentes deben presentar ante la Municipalidad de su Jurisdicción una declaración jurada anual, simple y sin costo alguno, de permanencia en el giro autorizado alestablecimiento”. Que, dentro de las funciones de fiscalización y control posterior se ha detectado la existencia de licencias deapertura que han sido otorgadas en períodos anteriores a la Ley Nº 27180 (escudo antiguo), por lo que se ha visto conveniente proceder al Canje a nivel general porCertificados de Funcionamiento actualizados, a fin de que los establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales cuenten con la Licencia deApertura actualizada, para lo cual debe procederse a convocar al PROGRAMA DE CANJE OBLIGATORIO DE LA LICENCIA DE APERTURA; En uso de las facultades conferidas por el artículo 9 y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y Norma IV del D.S. Nº 135-99-EF - TextoÚnico Ordenado del Código Tributario, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, aprobó por unanimidad la siguiente ordenanza: CONVOCAR AL CANJE OBLIGATORIO DE LA LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE ACTIVIDADES PROFESIONALES Artículo 1º.- Establézcase en el distrito de La Punta, con carácter obligatorio, hasta el 28 de febrero del 2006el Programa de CANJE OBLIGATORIO DE LA LICENCIA DE APERTURA Y/O FUNCIONAMIENTO DEESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, INDUSTRIA- LES Y DE ACTIVIDADES PROFESIONALES Y OTROS EN GENERAL, que deberá ser realizado por todos losTitulares de dichos establecimientos, trámite que será totalmente gratuito. Artículo 2º.- Los requisitos para obtener el canje gratuito de la Licencia de Apertura son los siguientes: a) Copia fedateada de la Licencia de Apertura de Establecimiento (exhibir original) otorgada por la Municipalidad con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza. b) Presentar dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza la Declaración Jurada de permanencia en el giro. c) No tener deudas pendientes ante la administración municipal, salvo que éstas se encuentren en un convenio de fraccionamiento vigente. Artículo 3º.- Autorizar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga las medidascomplementarias para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Comercialización el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 00944 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G32/G39/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D /G4D/G44/G4C/G50/G2F/G41/G4C/G43/G20 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20 /G6C/G61/G20 /G63/G75/G61/G6C/G20 /G73/G65/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/GF3/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G79/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G65/G20/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2005-MDLP-ALC La Punta, 2 de diciembre del 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO:El Acuerdo de Concejo Nº 013-46/2005 de fecha 2 de diciembre de 2005. CONSIDERANDO: Que, en mérito a la Ordenanza Municipal Nº 029- 2003-MDLP/ALC publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de octubre del 2003, mediante la cual se establecióel “Pago de deudas tributarias y no tributarias en especie o mediante prestación de servicios”, la misma que este Concejo ha visto por conveniente modificar a fin deconsolidar dicho procedimiento comprendiendo a un mayor universo de deudores tributarios del Municipio. De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y demás normas pertinentes, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de aprobación el Acta, aprobólo siguiente: MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2003-MDLP/ALC “PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS EN ESPECIE O MEDIANTE PRESTACIÓN DE SERVICIOS” Artículo 1º.- Modificar el Artículo 4º inciso 2 y el Artículo 11º inciso 2 de la Ordenanza Municipal Nº 029-