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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 UNIDAD COSTO * COSTO CONCEPTO CANTI- DE UNI- COSTO TOTAL DAD MEDIDA T ARIO MENSUAL TEMPO- RADA Cobradores 35 Personas 33,5035,175.00 164.150,00 Ayudantes 5 Personas 28,004,200.00 19.600,00 COSTO DE MATERIALES 450,00 7.260,00 17,500,00 Tickes 640 T alonarios***** 20,002.560,00 12,800,00 Parantes ** 8 Unidades 150,00 1.200,00 1,200,00 Letreros** 8 Unidades 250,00 2.000,00 2,000,00 Silbatos** 50 Unidades 10,00 500,00 500,00 Chalecos** 50 Unidades 20,001.000,00 1,000,00 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 46,00 11.000,00 44.000,00 Refrigerios 350 ración 5,007.500,00 35.000,00 Uniformes** 50 personas 40,002.000,00 2.000,00 Movilidad 350 pasajes 1,001.500,00 7.000,00 COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 185,67 5.217.05 24.351,85 Mano de Obra indirecta 86,67 5.200,20 24.267,60 Personal Administrativo 2 personas 26,671.600,20 7.467,60 Supervisión 2 persona 40,002.400,00 11.200,00 Secretaria 2 persona 20,001.200,00 5.600,00 Material y Utiles de oficina 99,00 16,85 84,25 Folder Manilas 0.15 Millar 59,00 8,85 44,25 Hojas A4 0.15 Millar 20,00 3,00 15,00 ***Lapiceros 0.25 Cajas 20,00 5,00 25,00 COSTOS FIJOS 0,00 0.00 0.00 Agua 0 0,00 0.00 0.00 Teléfono 0 0,00 0.00 0.00 Telefonía Fija 0 0,00 0.00 0.00 TOTAL 779,17 73.652,05 320.001,85 * COSTO DEL SERVICIO POR TODA LA TEMPORADA ( 20 SEMANAS/140 DIAS) ** SERVICIOS QUE SE ADQUIERE AL INICIO DE LA TEMPORADA**** LA CANTIDAD POR CAJA ES DE 50 LAPICEROS *****CADA TALONARIO ES DE 1000 TICKETS Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS AYLLÓN MINI Alcalde 00980 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G54/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 005-2005-MDPN Punta Negra, 14 de octubre del 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTA en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 14 de octubre del 2005; el Proyecto de Ordenanza, presentado por la Dirección de Rentas mediante Informe Nº 600-2005/DR-MDPN; que establece la Tasa por elServicio de Estacionamiento Vehicular para la temporada de verano 2006; de la jurisdicción de Punta Negra, conforme a Ley; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Norma IV delTítulo Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias, reconoce a los Gobiernos Locales Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia y les otorganpotestad tributaria mediante Ordenanza crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límitesque señala la ley; Que, los incisos a) y d) del Artículo 68º de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto LegislativoNº 776, establece que los Gobiernos Locales podrán imponer tasas por servicios públicos y por estacionamiento de vehículos; Que, mediante la Ordenanza Nº 739 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprueba la Ordenanza Marco donde se establece lasdisposiciones normativas generales que regulan la Tasa de Estacionamiento de Vehículos en la provincia de Lima; Que, existiendo gran número de personas que concurren al Balneario en la Temporada de Verano para disfrutar de sus playas y siendo necesario brindar elServicio por el Estacionamiento Vehicular que consiste en el equipamiento, Implementación, señalización y mantenimiento de las zonas determinadas para elestacionamiento de los vehículos; Estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Ley de TributaciónMunicipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular para la Temporada deVerano Establézcase en la jurisdicción del distrito de Punta Negra, durante la temporada de verano (período del 1de diciembre del 2005 hasta el 30 de abril del 2006), la Tasa por el Servicio de Estacionamiento Vehicular, la misma que se cobrará por el estacionamiento devehículos en las zonas establecidas en el Artículo 9º de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Deudores Tributarios Son deudores tributarios, en calidad de contribuyentes, los conductores de vehículos quese estacionen en las zonas referidas en el Artículo 9º, y son deudores tributarios en calidad de responsables solidarios los propietarios de losreferidos vehículos. Artículo 3º.- Nacimiento de la Obligación Tributaria La obligación tributaria nace al momento de estacionar el vehículo en las zonas establecidas para estacionamiento vehicular, señalado en el Artículo9º. Artículo 4º.- Horario del servicio El servicio de Estacionamiento Vehicular se realizara de lunes a domingos en horario corrido de 8:00 hasta las 16:00 Horas. Artículo 5º.- Monto Tributario El monto de la tasa por estacionamiento vehicular para la temporada de verano es de S/. 0.40, por cada media hora o fracción en cada uno de los espacios habilitados, si el vehículo (combis, microbuses yómnibus) ocupara más de un espacio, se hará efectivo el cobro de acuerdo a los espacios ocupados por éste. Artículo 6º.- Pago El pago de la Tasa se efectuará en forma inmediata antes de que el conductor se retire de la zona de estacionamiento vehicular. En caso de incumplimiento, la Municipalidad Distrital de Punta Negra ejercerá las atribuciones legales para hacer efectivo su cobro, de conformidad con el TUO del Código Tributario aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y sus modificatorias y la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias.