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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2006 (18/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G30/G34/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de enero de 2006 Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de laInformación del Gobierno Regional - Junín, implemente la incorporación referida en la presente Ordenanza Regional, y realizar las acciones necesarias paraproseguir con el proceso de Trasferencia y Acreditación. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente OrdenanzaRegional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los cinco días del mes de diciembre del año 2005. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los siete días del mes de diciembre del año 2005. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e)Gobierno Regional 00905 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 032-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN POR CUANTO:El Pleno del Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada el día 5 del mes de diciembre delaño 2005, en el distrito y provincia de Huancayo, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificadapor la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, laLey Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, su modificación en parte por la Ley Nº 27902 y demás Normas Complementarias; CONSIDERANDO: Que el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar oderogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, los Lineamientos de Política Sectorial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín tiene como rol la de satisfacer eficientemente lasdemandas de los servicios de transportes y comunicaciones de la población y sectores productivos proporcionando y/o promoviendo el desarrollo de lainfraestructura y garantizando la prestación competitiva de dichos servicios; Que, los Lineamientos de Política Sectorial de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Junín cuentan con el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto,Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º, 11º, 15ºy 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos RegionalesNº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902; y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado lasiguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA DE TRASPORTES Y COMUNICACIONES, DEL GOBIERNO REGIONAL - JUNÍN" Artículo Primero.- APROBAR los Lineamientos de Política de Trasportes y Comunicaciones, del GobiernoRegional - Junín, el mismo que se anexa y forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información del Gobierno Regional - Junín, implemente los alcances de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la sede del Gobierno Regional de Junín, a los cinco días del mes de diciembre del año 2005. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional - Junín, a los siete días del mes de diciembre del año 2005. MIGUEL ÁNGEL GARCÍA RAMOS Presidente (e) Gobierno Regional 00909 GOBIERNO REGIONAL DE LORETO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G56/G69/G61/G6C/G20/G44/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C /G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F/G20/G32/G30/G30/G36/G2D/G32/G30/G31/G35 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1480-2005-GRL-P Iquitos, 16 de diciembre del 2005 Visto, el Oficio (M) Nº 170-2005-CR-SCR-GRL, de fecha 6 de diciembre del 2005, remitido por la Secretaría del Consejo Regional, mediante el cual transcribe elAcuerdo de Consejo Regional Nº 127-2005-SO-GRL , de fecha 2 de diciembre del 2005; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 830-2005-GRL-P, de fecha 19 de julio del 2005, el Presidente del Gobierno Regional de Loreto, en mérito del Oficio Nº 1703 - 2005-GRL-GRPPAT, de fecha 18 de julio del 2005, remite a la Secretaría del Consejo Regional, el Plan Vial Departamental Participativo de Loreto 2006-2015, elaborado por laGerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 195-2005-GRL-P, de fecha 28 de febrero del 2005; el mismo que deberá ser aprobado por el Consejo Regional; Que, con Oficio Nº 282-2005-GRL-SCR, de fecha 5 de agosto del 2005, la Secretaría del Consejo Regional, remite el Plan Vial Departamental Participativo de Loreto 2006-2015, a la Comisión de Infraestructura con lafinalidad que emita su opinión, previo análisis y evaluación correspondiente, a fin de poder ser presentado en Sesión Ordinaria de Consejo;