Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2006 (20/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 20 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 310599

para el calculo del FBP, las opciones y formulas tarifarias que fueron establecidas mediante la Resolucion OSINERG Nº 1908-2001-OS/CD, que fue dejada sin efecto mediante la Resolucion OSINERG Nº 236-2005OS/CD; Que, la Resolucion OSINERG Nº 236-2005-OS/ C D a p r o b o l a n o r m a " O p c i o n e s Ta r i fa r i a s y Condiciones de Aplicacion de las Tarifas a Usuario Final", estableciendo nuevas opciones y formulas tarifarias, siendo en consecuencia necesario efectuar modificaciones al Manual del FBP, de tal manera que se consideren las mismas en los calculos sucesivos del FBP, conforme a lo establecido en el numeral 3.7 del articulo primero de la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, que senala que el valor del FBP sera calculado anualmente y tendra vigencia a partir del 1 de MORDAZA de cada ano; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, los reglamentos y normas de caracter general que dicte el OSINERG, deberan ser previamente prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados; Que, en consecuencia, es necesario proceder a la prepublicacion de las modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)"; De conformidad con el Informe Legal de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria OSINERG-GART/AL-003-2006 y el Informe Tecnico OSINERG-GART/DDE-001-2006; Estando a las facultades concedidas por el Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la prepublicacion, en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe, del proyecto de modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)", que figura en el Anexo de la presente resolucion, conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 2º.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de la prepublicacion a que se refiere el articulo precedente, para que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) del OSINERG, ubicada en la avenida Canada Nº 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico Nº 224 0491, o via internet a la siguiente direccion de correo electronico: normasgartdde@osinerg.gob.pe. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de las opiniones y sugerencias que se presenten respecto al proyecto de modificaciones, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo del OSINERG. Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

consecuencia necesario efectuar modificaciones al Manual del FBP, de tal manera que se consideren las mismas en los calculos sucesivos del FBP, conforme a lo establecido en el numeral 3.7 del articulo primero de la Resolucion OSINERG Nº 370-2005-OS/CD, que senala que el valor del FBP sera calculado anualmente y tendra vigencia a partir del 1 de MORDAZA de cada ano. Las nuevas opciones tarifarias a incorporar son las establecidas para el servicio de alumbrado publico, iluminacion especial y alumbrado adicional, opcion tarifaria BT5C, que comprende unicamente un cargo fijo y un cargo de energia, reemplazando a la anterior opcion tarifaria BT4AP; y para el servicio prepago, opcion tarifaria BT7. Asimismo, corresponde incorporar cambios introducidos en las formulas tarifarias de las opciones tarifarias MT3, MT4, BT3 y BT4, referidos a los factores de contribucion a la punta; y de la opcion tarifaria BT5A, referidos al numero de horas de uso de baja tension para usuarios con demanda MORDAZA de hasta 20 kW en las horas punta y fuera de punta, y usuarios con demanda MORDAZA de hasta 20 kW en las horas punta y de hasta 50 kW en las horas fuera de punta. Las modificaciones propuestas en el Manual del FBP estan relacionadas con la actualizacion de las formulas utilizadas en el calculo de variables del FBP, donde intervienen las opciones tarifarias mencionadas, asi como, con la actualizacion de los formatos para la remision de la informacion sustentatoria y calculo del FBP, permitiendo concordancia y coherencia con la nueva MORDAZA "Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicacion de las Tarifas a Usuario Final".

ANEXO Proyecto de modificaciones al "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)"
Sustituyanse el parrafo final del numeral 3.1., en el numeral 3.2.3.1 la parte correspondiente a la formulacion de las variables PTCBMT y PTCBBT, en el numeral 3.2.3.1 la parte correspondiente a la definicion de variables que se indican, el numeral 3.2.3.2, el MORDAZA parrafo del numeral 4 y los Formatos FBP1, FBP9, FBP10, FBP11, FBP12-A y FBP12-B del "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)", aprobado mediante Resolucion OSINERG Nº 555-2002OS/CD, por los siguientes textos, variables y formatos: Numeral 3.1 (parrafo final) - Calculo de la potencia coincidente en horas punta del alumbrado publico en funcion de: - La facturacion mensual de alumbrado publico (porcentaje de facturacion MORDAZA segun articulo 184º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas). - La facturacion mensual de iluminacion especial y alumbrado adicional con opcion tarifaria BT5C. - El cargo de energia de la tarifa BT5C publicada por la empresa para el mes correspondiente. - El numero de horas de uso para el calculo de potencias bases coincidentes con la punta del sistema de distribucion del servicio de alumbrado publico. Numeral 3.2.3.1 (parte relacionada con la formulacion de las variables PTCBMT y PTCBBT)
PTCB MT = PMT 1 × FCPPMT + PMT 2 × FCPPMT + PMT 3 P × CMTPPd + PMT 3 FP × CMTFPd + PMT 4 P × CMTPPd + PMT 4 FP × CMTFPd PTCB BT = PBT 1× FCPPBT + PBT 2 × FCPPBT + PBT 3 P × CBTPPd + PBT 3 FP × CBTFPd + PBT 4 P × CBTPPd + PBT 4 FP × CBTFPd

Exposicion de Motivos
La Resolucion OSINERG Nº 555-2002-OS/CD aprobo el "Manual de Procedimientos, Formatos y Medios para el Calculo del Factor de Balance de Potencia Coincidente en Hora de Punta (FBP)", que contempla para el calculo del FBP, las opciones y formulas tarifarias que fueron establecidas mediante la Resolucion OSINERG Nº 19082001-OS/CD, que fue dejada sin efecto mediante la Resolucion OSINERG Nº 236-2005-OS/CD. La Resolucion OSINERG Nº 236-2005-OS/CD aprobo la nor ma "Opciones Tarifarias y Condiciones de Aplicacion de las Tarifas a Usuario Final", estableciendo nuevas opciones y formulas tarifarias, siendo en

Numeral 3.2.3.1 (parte relacionada con la definicion de variables)
... PBT4FP FCPPMT ... ... = Potencia facturada a clientes con opcion tarifaria BT4 y calificacion presente en fuera de punta = Factor de coincidencia para demandas en punta en media tension

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.