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PÆg. 311149 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de enero de 2006 procedimientos que vienen utilizándose para cada uno de los Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos(MARCs), con el fin de fortalecer sus objetivos y consolidarla construcción de una cultura de paz; Que, en tal virtud, a fin de realizar adecuadamente esta tarea, resulta conveniente conformar Comisiones Técnicaspara la evaluación y revisión del marco normativo yprocedimental aplicable a los MARCs, integradas porespecialistas en las materias antes señaladas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y los Artículos 2º y 8º delDecreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Constitúyase dos Comisiones Técnicas encargadas de la evaluación y revisión del marconormativo aplicable a los Medios Alternativos de Resoluciónde Conflictos (MARCs), con el fin de promover y ampliar suutilización en los diversos ámbitos de la realidad nacional,conforme a la siguiente conformación: 1.1 Comisión Técnica para la revisión de la Ley Nº 26572 - Ley General de Arbitraje. - Alfredo José BULLARD GONZALEZ, quien la presidirá. - Jorge Vicente SANTISTEVAN Y DE NORIEGA.- Juan Guillermo LOHMANN LUCA DE TENA.- Franz Nunzio Fernando KUNDMÜLLER CAMINITI.- Manuel Diego ARAMBURU YZAGA.- Fernando CANTUARIAS SALAVERRY.- Mario Gastón Humberto FERNANDEZ CRUZ.- Gonzalo Felix GARCÍA CALDERÓN MOREYRA.- Angel Eduardo MOANE DRAGO.- Roger Martín RUBIO GUERRERO.- Un representante del Colegio de Abogados de Lima vinculado con la materia. 1.2 Comisión Técnica para la revisión de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación y el perfeccionamiento del marcojurídico aplicable a la negociación, mediación y otros MediosAlternativos de Resolución de Conflictos. - César Augusto GUZMÁN BARRÓN SOBREVILLA, quien la presidirá. - Guillermo Carlos MIRANDA AROSEMENA.- Elvira Victoria MENDEZ CHANG.- Juan Guillermo GARCÍA MONTÚFAR SARMIENTO.- Carlos RUSKA MAGUIÑA.- José Guillermo ZEGARRA PINTO.- Un representante del Colegio de Abogados de Lima vinculado con la materia. En ambas Comisiones actuará como Secretarío Técnico el Director de la Dirección de Conciliación Extrajudicial yMedios Alternativos de Solución de Conflictos. Sin perjuicio de la conformación antes señalada, el Presidente de una Comisión Técnica podrá solicitar lacolaboración de los miembros de la otra Comisión, cuandoasí lo considere necesario. Artículo Segundo.- Las Comisiones Técnicas antes señaladas reportarán sus actividades ante el Viceministrode Justicia, señor Jaime Florencio REYES MIRANDA, quienactuará como Coordinador General.. Artículo Tercero.- Las Comisiones Técnicas tendrán un plazo de noventa (90) días hábiles, contados a partir dela publicación de la presente Resolución, para presentar alDespacho Ministerial los informes correspondientes. Artículo Cuarto.- Las Comisiones Técnicas deberán ser instaladas en un plazo no mayor de ocho (8) días hábilescontados a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo Quinto.- La Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos brindará las facilidades que sean necesarias parael funcionamiento de las Comisiones Técnicas. Artículo Sexto.- El Coordinador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 194-2005-JUS, afin de tener actualizada la información de los avances delas tareas encomendadas. Artículo Sétimo.- Las Comisiones Técnicas podrán invitar a otros especialistas en la materia y, de ser el caso,a representantes de instituciones públicas y privadas, parael mejor cumplimiento de sus fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia 01582RELACIONES EXTERIORES Dejan sin efecto la R.S. N” 162-2003- RE y reconocen a Cónsul General de la Repœblica de Bolivia en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2006-RE Lima, 26 de enero de 2006 Vista la Resolución Suprema Nº 162-2003-RE, del 9 de julio de 2003, que reconoce al señor D. Christian HarryEdgar Schwarz de Achá, como Cónsul General de laRepública de Bolivia en la ciudad de Lima; Vista la Nota MRL-744-207, del 19 de diciembre de 2005, de la Embajada de la República de Bolivia, mediantela cual se solicita el otorgamiento del Exequátur al señor D.Javier Galindo Cueto, para que pueda ejercer las funcionesde Cónsul General de la República de Bolivia en la ciudadde Lima; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido queprocede la cancelación del Exequátur otorgado al señor D.Christian Harry Edgar Schwarz de Achá, mediante el cualse le reconoce como Cónsul General de Bolivia en la ciudadde Lima, así como el otorgamiento del Exequátur al señorD. Javier Galindo Cueto, que lo reconoce como CónsulGeneral de la República de Bolivia en la ciudad de Lima; De conformidad con lo establecido en el artículo 118º, incisos 11 y 13, de la Constitución Política del Perú; en losartículos 9º, inciso 1, acápite a, 12º, inciso 1, y 25º, incisob, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 162-2003-RE, mediante la cual el Gobiernoperuano otorgó el Exequátur al señor D. Christian HarryEdgar Schwarz de Achá, que lo reconoce como CónsulGeneral de la República de Bolivia en la ciudad de Lima. Artículo Segundo.- Reconocer al señor D. Javier Galindo Cueto, como Cónsul General de la República de Bolivia enla ciudad de Lima, con jurisdicción en la localidad. Artículo Tercero.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 01692 Autorizan viaje de funcionario diplomÆtico a Honduras, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0105-2006-RE Lima, 24 de enero de 2006CONSIDERANDO:Que, los días 26 y 27 de enero de 2006 se llevará a cabo el Programa General de Transmisión de MandoPresidencial de la República de Honduras, al cual el señorPresidente de la Republica del Perú ha sido invitado por elPresidente de dicho país, licenciado Ricardo Maduro; Que el gobierno peruano, a través de su política exterior, ha venido buscando fortalecer y consolidar las relacionesbilaterales con los países de Centroamérica; Que el señor Presidente de la República no podrá asistir a dicha ceremonia, habiendo encargado la representacióndel gobierno peruano al señor Presidente del Congreso de