Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2006 (27/01/2006)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 27 de enero de 2006

queja. Se interpone ante el Tribunal Constitucional, dentro del plazo de cinco dias siguientes a la notificacion de la denegatoria. Al escrito que contiene el recurso y su fundamentacion se anexa MORDAZA de la resolucion recurrida, del recurso de agravio constitucional, del auto denegatorio del mismo y de las respectivas cedulas de notificacion, certificadas por el abogado, salvo el caso del MORDAZA de habeas corpus. Tramitacion. Articulo 55º.- El recurso de queja sera resuelto por cualquiera de las MORDAZA dentro de los diez dias de recibido, sin tramite previo. Si la Sala declara fundada la queja, conoce tambien del recurso de agravio constitucional, ordenando al juez respectivo el envio del expediente, dentro del tercer dia, bajo responsabilidad. Periodo de evaluacion. Articulo 63º.- El personal sera evaluado entre los meses de MORDAZA y junio de cada ano. La evaluacion la realiza el Pleno del Tribunal o una comision designada por este. La evaluacion comprende, ademas, la entrevista personal. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las resoluciones finales y las resoluciones aclaratorias de las mismas, recaidas en los procesos constitucionales, seran enviadas, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de su expedicion, al Diario Oficial El Peruano para su publicacion gratuita, dentro de los diez dias siguientes a su remision. La publicacion debe contener la sentencia o resolucion y las piezas del expediente que MORDAZA necesarias para comprender el derecho invocado y las razones que el Tribunal Constitucional tuvo para conceder o denegar la pretension. Las sentencias recaidas en los procesos de inconstitucionalidad y competencial se publican en el diario oficial dentro de los tres dias siguientes al de su recepcion. En su defecto, el Presidente del Tribunal Constitucional ordenara que se publiquen en uno de los diarios de mayor circulacion nacional, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. Las sentencias que se refieren a normas regionales u ordenanzas municipales se publican, ademas, en el diario en que se publican los avisos judiciales de la respectiva jurisdiccion y en carteles fijados en lugares publicos. La omision o la demora en la publicacion por el Diario Oficial El Peruano sera puesta en conocimiento del Ministerio Publico, para los fines de ley. El Pleno del Tribunal dispondra, asimismo, que las resoluciones que expida, con excepcion de los decretos, MORDAZA publicadas en su MORDAZA electronico, sin perjuicio de la notificacion a las partes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMA Presidente 01645

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Disponen inscripcion del "Programa de Bonos de Titulizacion de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima" y de su prospecto MORDAZA en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 095-2005-EF/94.11 MORDAZA, 13 de setiembre de 2005 VISTOS: El expediente Nº 2005005284, asi como el Memorandum Nº 2943-2005-EF/94.45 del 13 de setiembre de 2005, de la Gerencia de Mercados y Emisores; asi como el Memorandum Nº 017-2005-EF/94.10.

Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 301º y 314º de la Ley de MORDAZA de Valores, en virtud del fideicomiso de titulizacion la sociedad titulizadora que actua como fiduciario debe realizar la emision de valores respaldados con el patrimonio fideicometido; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 356 del 25 de noviembre de 2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobo una operacion de financiamiento mediante bonos de titulizacion hasta por un monto en circulacion de S/. 250 000 000 (doscientos cincuenta millones y 00/100 nuevos soles) asi como la constitucion de un fideicomiso de titulizacion sobre el total de los ingresos y derechos relacionados con el peaje; Que, en el mismo Acuerdo de Concejo se delego en el Director General de Finanzas la facultad para definir las caracteristicas especificas del fideicomiso de titulizacion; asimismo, se autorizo al Gerente General, al Director General de Finanzas y al Director General de Administracion para que dos de ellos puedan firmar en nombre y representacion de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA los diversos documentos publicos y privados que requiera la operacion de bonos de titulizacion; Que, el Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion celebrado por BWS Sociedad Titulizadora S.A., la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA S.A. ­ EMAPE S.A. y sus adendas fueron suscritos el 19 de febrero, 26 de MORDAZA y 20 de MORDAZA de 2005, respectivamente. Por medio de este acto, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se obligo a transferir en dominio fiduciario los flujos y derechos relacionados con el cobro del peaje que se identifican en dicho documento, a favor de BWS Sociedad Titulizadora S.A. con la finalidad de incorporarlos al patrimonio fideicometido denominado "Patrimonio en Fideicomiso Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, Titulo XI, Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ­ Peaje" y con su respaldo emitir valores mobiliarios; asimismo, se establecieron los terminos y condiciones del "Programa de Bonos de Titulizacion de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima"; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 308º y 309º de la Ley de MORDAZA de Valores el denominado Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion y sus adendas fueron elevados a escritura publica se encuentran inscritos en la partida electronica Nº 11092115 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, mediante escritos del 24 de febrero; 3, 6, 13, 16, 18 y 20 de junio; 22 de julio; 9 y 16 de agosto; 2, 5 y 7 de setiembre de 2005, BWS Sociedad Titulizadora S.A. solicito aprobacion del tramite anticipado, la inscripcion del programa de emision de valores denominado "Programa de Bonos de Titulizacion de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima" hasta por un monto en circulacion de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del prospecto MORDAZA respectivo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley de MORDAZA de Valores y el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos y en lo que corresponde, con lo establecido en el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 333º de la Ley de MORDAZA de Valores y por los articulos 43º y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, asi como lo establecido en sesion del Directorio de CONASEV de fecha 06 de MORDAZA de 1999 que faculta al Gerente General para autorizar la inscripcion de valores mobiliarios respaldados en fideicomisos de titulizacion. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tramite anticipado, inscribir el programa de emision de valores denominado "Programa de Bonos de Titulizacion de Peajes de la Municipalidad Metropolitana de Lima" hasta por un monto en circulacion de S/. 250 000 000,00 (doscientos cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y disponer el registro del prospecto MORDAZA correspondiente en el Registro Publico del MORDAZA de Valores Los bonos correspondientes a este programa seran emitidos y colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el Acto Constitutivo de Fideicomiso de Titulizacion, con

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