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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 fenómenos de la democracia y la gobernabilidad de los sistemas políticos, teniendo en cuenta que un régimendemocrático supone la existencia de mecanismos departicipación ciudadana en el ejercicio del poder y en losasuntos públicos, todo ello en base a los principios detransparencia en la gestión y participación en la toma de decisiones públicas; y, Que, mediante Oficio Nº 724-2005-ALC-MDLP se remite a la Comisión de Asuntos Legales ladocumentación señalada en vistos, para la emisión delDictamen; Que, mediante Oficio Nº 020-2005-COM.A.L./MDLP, la Comisión de Asuntos Legales, remite al Despacho de Alcaldía, el Dictamen correspondiente; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8), artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con elvoto MAYORITARIO y voto en contra del señor Regidor Julio César Barrientos Sandoval, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; SE APROBÓ: ORDENANZA QUE REGULA LOS CABILDOS ABIERTOS EN EL DISTRITO DE LA PERLA Artículo 1º.- El objeto de la presente Ordenanza es reglamentar la Convocatoria a Cabildo Abierto en lajurisdicción de La Perla. El Cabildo Abierto es una consulta directa que realiza la Municipalidad a los vecinos del distrito de La Perlasobre temas específicos. Artículo 2º.- Los temas a tratarse en el Cabildo Abierto, se encuentran relacionados íntegramente a la gestiónmunicipal, en concordancia con lo establecido en la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 3º.- El Alcalde, los Regidores, el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD), podránproponer que se convoque a Cabildo Abierto paratratar un tema específico, quedando a criterio delConcejo Municipal la aprobación de la referida convocatoria. Artículo 4º.- El Concejo Municipal convocará a Cabildo Abierto, de acuerdo a su criterio, a través de unaAcuerdo de Concejo que así lo disponga, el mismo que será publicado en el Diario Oficial El Peruano. En la referida convocatoria deberá precisarse el tema materia de consulta, la fecha, hora y lugar en que sellevará a cabo el referido Cabildo, todo ello con la finalidad de asegurar la participación efectiva de los vecinos de nuestra comuna. Dicha convocatoria deberá hacerse con una anticipación no menor a 30 días de la fecha de realización del mencionado evento. Artículo 5º.- El Cabildo Abierto estará presidido por el señor Alcalde, quien estará acompañado por losRegidores, el Gerente Municipal, quien realizará las funciones de interlocutor, el Veedor Municipal y los funcionarios cuyas Gerencias u Oficinas se encuentrenvinculadas al tema materia de consulta. Artículo 6º.- La realización del Cabildo Abierto se llevará a cabo de la siguiente manera: 1. El señor Alcalde dará las palabras de bienvenida a los asistentes al referido evento, dando por iniciado elmismo. Acto seguido, explicará el motivo y tema de laconvocatoria. 2. Posterior a esto, se la cederá el uso de la palabra a los vecinos, quienes dialogarán sobre el tema para el que se convocó al mencionado Cabildo, no pudiendo realizar preguntas relacionadas a temas ajenos a laconvocatoria. Cada vecino podrá hacer uso de la palabra por un lapso no mayor a 3 minutos, no pudiendo excedersede este tiempo, además tendrán derecho a dosintervenciones, lo que incluye la réplica y repregunta.3. Las consultas serán absueltas, al final del rol de preguntas o una por una, por el señor Alcalde o porcualquiera de los funcionarios que se encuentrenpresentes, si el Alcalde así lo estime pertinente. 4. Una vez absueltas las consultas y no habiendo más temas a tratar, los vecinos pasarán a votar eltema materia de consulta en los módulos preparadospara este evento conforme al registro de asistencia, para lo cual deberán identificarse con su Documento de Identidad o Carné de Extranjería de ser el caso.Además deberán presentar un documento que losacredite como vecinos del distrito de La Perla, pudiendoser un recibo de agua, recibo de luz o la cuponera delpago de arbitrios. El documento deberá estar emitido a nombre de la persona que emitirá su voto en el Cabildo Abierto. 5. Terminada la votación, se procederá a realizar el escrutinio de los votos, por parte del personal de estaCorporación Edil, levantándose un Acta en la que consteel resultado de la votación. El acta en cuestión, deberá ser suscrita por el señor Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y seisrepresentantes de los vecinos, debiendo la referida actaguardarse en un archivo especial que la Secretaría General del Concejo abrirá para estos casos. 6. Culminado el acto, el señor Alcalde procederá a declarar concluido el Cabildo Abierto. Artículo 7º.- El resultado del Cabildo Abierto, no tiene carácter vinculante, sino referencial, habida cuenta quela decisión final del asunto materia de consulta, serátomada por el Concejo Municipal en Pleno, de conformidadcon las atribuciones otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Artículo 8º.- Encargar la publicación de la presente Ordenanza a la Gerencia de Secretaría General. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 02310 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJABAMBA /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G65/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G61 ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-2006-MPC Cajabamba, 24 de enero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CAJABAMBA VISTOS: En sesión extraordinaria de Concejo de fecha 24 de enero del presente año, en atención al informeNº 009-2006-MPC/ADM/UA de fecha 23 de enero del2006 de la Unidad de Abastecimiento y el InformeNº 015-2006-MPC/DAL de fecha 24 de enero del 2006 de la Dirección de Asesoría Legal con relación a la adquisición de productos alimenticios para elprograma Vaso de Leche de la MunicipalidadProvincial de Cajabamba, con exoneración del procesode selección, por causal de desabastecimientoinminente.