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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 Especial de Pasajeros en Vehículos Menores; estableciéndose en el Artículo 29º el “Cuadro deInfracciones y Sanciones” en las que determinadas infracciones serán sancionadas con el internamiento del vehículo en el Depósito Oficial Municipal de VehículosMenores - DOMVM; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que losDecretos de Alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos para la correcta y eficiente administraciónmunicipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que con tal fin se requiere contar con un espacio físico acondicionado que cumpla con la función de Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores, en concordancia con la precitada ordenanza; Estando lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CREAR el DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHICULOS MENORES (DOMVM) en el distrito de San Miguel, el cual funcionará de manerapermanente -o temporal- en las instalaciones de la zona denominada la FRANJA, ubicada en el Jr. Gamarra Cuadra Uno (1) s/n, San Miguel; en el que se internaránaquellos vehículos menores que brinden el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga que hayan cometido infracciones sancionadasadicionalmente con su internamiento según el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE la administración del Depósito Oficial Municipal de Vehículos Menores (DOMVM) por Resolución de Alcaldía, debiendo eldesignado depender funcionalmente de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 02316 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20 /G70/G61/G72/G61/G20 /G65/G6C /G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79 /G4C/G69/G62/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G70/GF3/G73/G69/G74/G6F/G20 /G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G20 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20 /G64/G65/G56/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2006/MDSM San Miguel, 31 enero de 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUELVISTO, el Informe Nº 041-2005/SMDT/GDU/MDSM, de fecha 7 de noviembre de 2005, el MemorándumNº 640-2005/GDU/MDSM, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, así como el Informe Nº 309-2005/ GAJ/MDSM, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo II del Título Preliminar dela Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de gobierno local conautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura comola facultad de ejercer actos de gobierno administrativosy de administración, con sujeción al ordenamientojurídico; Que, las Municipalidades distritales de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.2) del Artículo 81º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 ejercenfunciones compartidas con la Municipalidad Provincialen materia de tránsito, vialidad y transporte público, paranormar, administrar, regular y controlar el servicio públicode transporte urbano, que se realice dentro de su jurisdicción en vehículos menores mototaxis y similares; en concordancia al Artículo 16º del Reglamento Nacionalde Administración de Transporte, aprobado porD.S. Nº 040-2001-MTC; Que, mediante Ordenanza Nº 049-2004/MDSM, se reguló el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros de Vehículos Menores en el del distrito de San Miguel, señalándose en el Capítulo V las Infracciones ySanciones; Que, se ha establecido como sanción accesoria el internamiento de los vehículos menores en el DepósitoMunicipal recogido en la Nomenclatura de Infracción Municipal, originada por la transgresión a la Ordenanza Nº 049-2004-MDSM, por ello, es necesario reglamentarel procedimiento de internamiento y liberación devehículos menores, así como establecer los formulariosque se utilizarán para el mejor funcionamiento y control; Que el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, preceptúa que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas,sancionan los procedimientos necesarios para lacorrecta y eficiente Administración Municipal y resuelveno regulan asuntos de orden general y de interés para elvecindario; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Política delPerú y los artículos 20º inciso 6); y, 42º de la Ley Orgánicade Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APRUÉBESE el REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO YLIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES DELDEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL DE VEHÍCULOSMENORES DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL, el cual consta de tres (3) Títulos, ocho (8) Artículos y dos (2) Disposiciones Finales, el mismo, que forma parteintegrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- APRUÉBESE los Formularios denominados PAPELETA DE INFRACCIÓN, BOLETA DEINTERNAMIENTO Y ORDEN DE LIBERACIÓN, los mismos que, como anexos 01, 02 y 03 forman parte integrante del presente Reglamento. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal y Gerenciade Desarrollo Urbano. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO DE INTERNAMIENTO Y LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS MENORES EN EL DEPÓSITO OFICIAL MUNICIPAL MENORES -DOMVM- DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL TÍTULO I OBJETIVO Artículo Primero.- El presente reglamento tiene como objetivo, establecer el procedimiento para el