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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G33/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 Municipalidad y el vecindario del Centro Poblado de Santa María de Huachipa agradecen. Regístrese, comuníquese y archívese. MARIA A. FONSECA ESPINOZA Alcaldesa 02313 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20 /G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G6F/G20 /G61/G20 /G6C/G61 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G4E/GBA/G20/G30/G34/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G49/G20/G79/G20/G70/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 028-2005-MDI Independencia, 23 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Vistas: Las Ordenanzas Nº 045-2003-MDI del 30 de junio del 2003, Nº 051-2003-MDI del 18 de setiembre del 2003, el Decreto de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, Nº 008- 2004-MDI, Nº 022-2004-MDI, Nº 025-2004-MDI, Nº 012-2005-MDI, Nº 022 del 22 de setiembre del 2005, por las cuales se aprobó conceder y ampliar el Beneficio para la Promoción de la formalización de las ActividadesIndustriales, Comerciales y de Servicios, y el Informe Nº 315-2005-DCDC/GDEL/MDI l y Memorándum Nº 710- 2005-GDEL/MDI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 22768, Ley de ReformaConstitucional, señala que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al ConcejoMunicipal las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas, asimismo, entre sus competencias tiene la de administrar sus bienes y rentasasí como crear, modificar, y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, mediante Ordenanza Nº 045-2003-MDI se concedió el Beneficio para la Promoción de la Formalización de las Actividades Industriales, Comerciales y de Servicios en la jurisdicción de laMunicipalidad Distrital de Independencia, en el sentido de otorgar descuentos en los derechos establecidos en el TUPA, según les corresponda, a efectos de obtener larespectiva Licencia de Apertura de Establecimiento, con plazo hasta el último día útil del mes de setiembre del 2003, plazo de acogimiento que fue prorrogado a travésde la Ordenanza Nº 051-2003-MDI hasta el 31 de diciembre del 2003 y hasta el 31 de marzo del 2004, mediante Decreto de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, paraluego ser ampliada la fecha de vencimiento para el acogimiento de este Beneficio hasta el 31 de agosto del 2004, luego, se amplió, por Decreto de Alcaldía Nº 022-2004-MDI hasta el 31 de diciembre del 2004, ampliándose posteriormente por Decreto de Alcaldía Nº 025-2004- MDI amplia hasta el 30 de abril del año 2005,posteriormente se amplía por Decreto de Alcaldía Nº 012-2005-MDI, hasta el 30 de junio del 2005 y finalmente, por Decreto de Alcaldía Nº 022-2005-MDI,se amplía hasta el 30 de noviembre del año 2005; Que, en la primera disposición final se faculta al Alcalde para que dicte las disposiciones complementarias quesean necesarias para la mejor aplicación y adecuación de la mencionada Ordenanza, en tal sentido, de conformidad con la Ley Nº 28015 y su Reglamento, D.S.Nº 009-03-TR, de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, se debe precisar conclaridad el beneficio de la licencia municipal provisional. Todo ello con el objeto de brindar mayores facilidades a los contribuyentes que gestionen la obtención de laLicencia Municipal Provisional y Definitiva de Apertura de Establecimiento, cambio de denominación o razón social, ampliación de giro o área de la Licencia Municipalde Apertura de Establecimiento, resultando sumamente conveniente prorrogar con carácter general el vencimiento del referido Beneficio y precisar los alcancesde la norma respecto a la Licencia provisional; Que, viendo la acogida que ha tenido el presente Beneficio por la Comunidad y la voluntad de la actualgestión de contribuir a la formalización de los agentes económicos, en especial de la micro y pequeña empresa de nuestro distrito, y promover la protección de loscomerciantes y de los consumidores; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y el numeral6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA Artículo Uno.- PRECISAR, el beneficio a la Licencia Provisional de Funcionamiento en la Ordenanza Nº 045- 2003-MDI, con el goce del descuento de los derechos establecido en el TUPA, de la siguiente manera: LICENCIA MUNICIPAL PROVISIONAL DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTO Derecho de trámite S/. 50.00 nuevos soles * Adicionalmente los requisitos señalados en la Ley Nº 28015 y el D.S. Nº 009-2003-TR Artículo Dos.- AMPLÍESE la fecha de vencimiento para el acogimiento del beneficio aprobado por la Ordenanza Nº 045-2003-MDI prorrogada mediante laOrdenanza Nº 051-2003-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 027-2003-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 008-2004-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 022-2004-MDI, Decreto deAlcaldía Nº 025-2004-MDI, Decreto de Alcaldía Nº 012- 2005-MDI, y Decreto de Alcaldía Nº 022-2005-MDI, en consecuencia prorróguese dicho vencimiento hasta el31 de marzo del año 2006. Regístrese, comuníquese, cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 02301 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G63/G75/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G35/G30/G25/G20/G64/G65/G6C/G20/G76/G61/G6C/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/GE9/G66/G69/G63/G69/G74/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G72/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/GE1/G72/G65/G61/G20/G6F/G62/G6A/G65/G74/G6F/G20/G64/G65/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61 ORDENANZA Nº 232-CDLO Los Olivos, 31 de enero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: La Moción presentada por la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece en su numeral 3.6.1 que son funciones específicas exclusivas de lasMunicipalidades Distritales en materia de Organización del Espacio Físico y Uso del Suelo, el normar, regular y