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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 VISTO: El Expediente Nº 7304-2005 promovido por Constructora Inmobiliaria Namikasa SAC, representadasu Gerente General, don Amancio Salvatierra Zambrano,quien solicita la Aprobación de Proyecto de HabilitaciónUrbana Nueva, para Uso Residencial de Densidad Media“R-4”, del terreno de Veintinueve Mil Setecientos QuinceMetros Cuadrados (29,715 m2) constituido por la Parcelasignada con Unidad Catastral Nº 10380 del ex fundoChuquitanta, ubicado en el distrito de San Martín dePorres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO:Que la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, define a lasMunicipalidades como órganos de gobierno, conpersonería jurídica de derecho público con autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos desu competencia; Que, el recurrente acredita la personería jurídica, conforme se aprecia en la Partida Nº 11030824 delRegistro de Personas Jurídicas de la Oficina Registralde Lima y Callao; Que, mediante Expediente Nº 7304-2005 del 10 de febrero de 2005, la Constructora Inmobiliaria NamikasaSAC, solicita la Habilitación Nueva, del Programa deVivienda “Los Reyes” desarrollada sobre el terreno de29,715 m2, cuya propiedad se encuentra inscrita en laFicha Nº 304975, Partida Nº 44193450, Asiento C00001del Registro de Propiedad Inmueble de SUNARP, losPlanos de Ubicación, de Lotización y MemoriaDescriptiva; Certificado de Zonificación y Vías Nº 023-05-MML/DMDU, y el plano Nº 2552-2004-MML/DMDU-OPDM/DPTN, Declaración Jurada legalizada deinexistencia de feudatario y/o trabajador agrícola nibeneficiarios de la Reforma Agraria en el terreno materiade la habilitación, de inexistencia de Canales de Regadío;Carta Nº DAC-SACS-21-01 de EDELNOR, del 30 deenero del 2001, que verifica la factibilidad de servicios deenergía eléctrica, y la factibilidad de agua y desagüeaprobado por el representante de SEDAPAL segúnAcuerdo Nº 031-2005 de fecha 2 de noviembre del 2005,de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas deSan Martín de Porres, que forma parte de los actuadosen el expediente administrativo; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora y Calificadora de Habilitaciones Urbanas de San Martín dePorres por Acuerdo Nº 032-2005, tomado en la SesiónNº 07 de fecha 2 de noviembre del 2005, ha opinado enforma FAVORABLE la petición del recurrente; Que, el recurrente presenta el plano de lotización, al cual se le asigna el Nº 049-2005-MDSMP/DHU/GDU, elmismo que ha sido visado por la Gerencia de DesarrolloUrbano y la División de Habilitaciones Urbanas; Que, el recurrente ha cumplido con cancelar mediante recibo de pago Nº 0202100501, 1122120501,03003029501, por derecho de trámite, por inspecciónocular, por revisión del proyecto y emisión de resolución; Que, las especificaciones técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP se encuentrancontenidas en el Informe Nº 296-2005-MDSMP-GDU-DHU de la División de Habilitaciones Urbanas de laGerencia de Desarrollo Urbano que forma parte delexpediente; Estando al Informe Nº 1742-2005-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad a lodispuesto por el Reglamento Nacional de Construcción,la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, LeyGeneral de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 modificadopor la Ley Nº 27135, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA y Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP y estandoel Informe Nº 296-2005-MDSMP/GDU/DHU y visto delas Gerencia de Desarrollo Urbano, Asesoría Jurídica yde la División de Habilitaciones Urbanas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la solicitud de Habilitación Urbana Nueva del Programa de Vivienda “Los Reyes”,representado por el Sr. Amancio Salvatierra Zambrano,Gerente General de la Constructora InmobiliariaNamikasa SAC, para uso de Vivienda Residencial de Densidad Media “R-4” del terreno de su propiedad deVeintinueve Mil Setecientos Quince metros cuadrados (29,715.00 m2) de conformidad con el Plano Nº 049- 2005-DHU-GDU-MDSMP, ubicado en el ex fundoChuquitanta, del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La Habilitación Urbana queda expedita para que la Constructora Inmobiliaria Namikasa SAC, solicite en el plazo de 10 años contados a partir de la emisión de la presente Resolución, la ejecución de obrasde acuerdo al siguiente cuadro de áreas: DISEÑO: Se hará según el siguiente detalle de áreas: Área Bruta Terreno : 29,715.00 m2 Área Útil Viviendas : 16,492.00 m2Área Vías : 10,127.55 m2 Área de Recreación Pública : 2,111.60 m2 Área Comercial Tipo C2 : 983.85 m2 CALZADAS: Podrán ser del tipo Rígido o del tipo Flexible. La calificación del tipo de habilitación es “B”, lasdimensiones y características de las componentes de la calzadas serán las que resulten del diseño estructural, debiendo obtener la autorización de ejecución en laDivisión de Obras Públicas, tomando en cuenta la carga por efecto del tránsito vehicular a soportar en su vida útil y el tipo de terreno de fundación. ACERAS: Serán de concreto de calidad f´c = 140 kg/ cm2, de espesor 0.15 m. y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad,debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m. y el acabado será con mezcla de cemento-arena fina, en proporción 1:2, de un centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. con juntas de 3/4” cada 5 ml. SARDINELES: En los extremos expuestos de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 m. ancho x 0.30 m. altura, de calidad y acabado igual a las aceras yen forma homogénea con ellas. RAMPAS PEATONALES: En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampaspeatonales que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 y elReglamento Nacional de Construcciones. Las obras serán sometidas a los controles establecidos, por cuenta de los interesados. OBRAS SANITARIAS: Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de agua potable y alcantarillado que apruebe SEDAPAL. ELECTRICIDAD: La empresa de servicios de Energía Eléctrica (Edelnor), deberá de otorgar la conformidad de la ejecución de obras de electrificaciónde iluminación pública y conexiones domiciliarias para la etapa de Recepción de Obras de Habilitación Urbana. INSTALACIONES TELEFÓNICAS: Para las instalaciones telefónicas, instalaciones de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales, los interesados deberán coordinar con la Gerencia deProyectos de plantas externas de la Telefonía. Artículo 3º.- Disponer la inscripción individualizada en los Registros Públicos de los Lotes, según el Plano Nº 049-2005-MDSMP/GDU-DHU. Artículo 4º.- Declárese la presente Habilitación Urbana de tipo progresivo, dejándose diferida las obras de pavimentación de calzadas y aceras, ornamentación y sembrío de parques, para ser ejecutadas por loscompradores de lotes en un plazo máximo de diez (10) años a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, incorporar la presente Habilitación Urbana en el Plano Urbano del distrito y registrar los prediosresultantes. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio de Educación y a la Superintendencia deBienes Nacionales para su conocimiento y fines. Artículo 7º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cuenta de