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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (09/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 84

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G32/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 9 de febrero de 2006 ACUERDO DE CONCEJO Nº 04-2006-MDSC San Cristóbal, 1 de febrero del 2006VISTO: En sesión de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Informe Técnico Nº 04-2006 presentado por laSubgerencia de Inversiones de la Municipalidad, elInforme Legal Nº 04-2006, el Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM y su prórroga Decreto Supremo Nº 097-2005- PCM; CONSIDERANDO:Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos de Carumas, Cuchumbaya y San Cristóbal de la provincia de Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua,siendo la infraestructura más afectada las vías decomunicación, canales de regadío y vivienda, por loque el Poder Ejecutivo mediante Decreto SupremoNº 076-2005-PCM declaró el estado de emergencia por siniestro y desastre natural; Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano se prorroga elestado de emergencia por el plazo de 60 días naturalesdebido que las condiciones que motivaron la declaratoriade emergencia se mantienen a la fecha; Que en el caso del distrito de San Cristóbal, han sido afectadas las vías de comunicación deintegración interdistrital Carumas, Cuchumbaya, SanCristóbal y las vías secundarias de articulación a losanexos del distrito, tales como Sijuaya, Muylaque,Titire, Aruntaya, Bellavista, Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y desliza- mientos de los cerros, imposibilitándose el accesovehicular y con el inminente riesgo a la vida humanapor la inestabilidad de los taludes debido a lacontinuidad de los sismos; Que, la Municipalidad Distrital de San Cristóbal, requiere adquirir un equipo denominado ESTACIÓN TOTAL, con el objeto de que la Subgerencia deInversiones pueda en el acto elaborar los expedientestécnicos respectivos y atender los requerimientos quela emergencia requiera; Que el inciso c) del artículo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que:Están exoneradas de los procesos de selección lasadquisiciones y contrataciones que se realicen ensituación de emergencia declaradas de conformidad conla presente Ley, por lo que el Concejo Municipal con la facultad que confiere el inciso c) del artículo 20º de la Ley antes citada; ACORDÓ: Artículo Primero.- Adquirir un equipo denominado ESTACIÓN TOTAL, para atender las necesidades dela Municipalidad, Instituciones Educativas ycomunidades campesinas afectadas por los sismosexperimentados. Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección para la adquisición del equipo denominado ESTACIÓN TOTAL teniendo en cuenta las característicasestablecidas en el Informe Técnico Nº 04-2006 y sefaculta al Comité Especial a proceder conforme alartículo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM"Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado". Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCIAL CONDORI CUAYLA Alcalde 02359/G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G34/G33/G20/G65/G71/G75/G69/G70/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/GF3/G6D/G70/G75/G74/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ACUERDO DE CONCEJO Nº 03-2006-MDSC San Cristóbal, 1 de febrero del 2006 VISTO: En sesión de concejo de fecha 1 de febrero del 2006 el Informe Técnico Nº 03-2006 presentado por la sub gerencia de Inversiones de la Municipalidad, el Informe Legal Nº 03-2006, el Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM y su prórroga Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM; CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del sismo ocurrido el 1 de octubre del 2005, se vieron afectados los distritos deCarumas, Cuchumbaya y San Cristóbal de la provinciade Mariscal Nieto, del departamento de Moquegua,siendo la infraestructura más afectada las vías de comunicación, canales de regadío y vivienda, por lo que el Poder Ejecutivo mediante Decreto SupremoNº 076-2005-PCM declaró el estado de emergencia porsiniestro y desastre natural; Que mediante Decreto Supremo Nº 097-2005-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano se prorroga elestado de emergencia por el plazo de 60 días naturalesdebido que las condiciones que motivaron la declaratoriade emergencia se mantienen a la fecha; Que en el caso del distrito de San Cristóbal, han sido afectadas las vías de comunicación de integracióninterdistrital Carumas, Cuchumbaya, San Cristóbal y lasvías secundarias de articulación a los anexos del distrito,tales como Sijuaya, Muylaque, Titire, Aruntaya, Bellavista, Calacoa, Pallatea y otras comunidades, debido a los derrumbes y deslizamientos de los cerros, imposi-bilitándose el acceso vehicular y con el inminente riesgoa la vida humana por la inestabilidad de los taludes debidoa la continuidad de los sismos; Que, la municipalidad Distrital de San Cristóbal, requiere adquirir 43 equipos de cómputo, para elequipamiento administrativo de la Municipalidad,implementación de Internet e implementación deInstituciones Educativas que como consecuencia de los sismos han sido afectadas; Que el inciso c) del articulo 19 del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado conDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que: Están exoneradas de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen ensituación de emergencia declaradas de conformidad conla presente Ley, por lo que el Concejo Municipal con lafacultad que confiere el inciso c) del artículo 20º de laLey antes citada; ACORDÓ: Artículo Segundo.- Exonerar del proceso de selección para la adquisición de 43 equipos de cómputoteniendo en cuenta las características establecidas enel Informe técnico 03-2006 y se faculta al Comité Especial a proceder conforme al artículo 148 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM "Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado". Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCIAL CONDORI CUAYLA Alcalde 02358