Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2006 (18/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de febrero de 2006

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban mocion que establece monto de dietas de Consejeros del Gobierno Regional para el ejercicio presupuestal 2006
CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI ACUERDO Nº 004-2006-CR-RU Pucallpa, 20 de enero del 2006 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGION UCAYALI, en Sesion Ordinaria celebrada el 19 de enero del 2006, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en el Inc. k) del Art. 7º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali; ACUERDA: Aprobar por unanimidad la Mocion de fecha 19 de enero del 2006, suscrito por los Consejeros Regionales de Ucayali: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Prof. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA Navas MORDAZA, Prof. MORDAZA Alvan MORDAZA, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Sr. MORDAZA Estuardo Hoyle MORDAZA, con respecto a: Primero.Establecer en 1.5 de la Unidad Impositiva Tributaria, el importe de las dietas a percibir por los Consejeros del Gobierno Regional de Ucayali, por asistencia efectiva a Sesion de Consejo en el periodo mensual, correspondiente al ejercicio presupuestal del presente ano 2006. Segundo.- DISPENSAR del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO: Mando se registre y publique. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 02925

CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4 del articulo 200º de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Ordenanzas de las municipalidades, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueban las materias en las cuales estas tienen competencia, cuyo rango es equivalente a la ley; Que, conforme a lo establecido en la MORDAZA II y IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario modificado por el Decreto Legislativo Nº 953, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion, con los limites que senala la ley; Que en el uso de sus facultades y atribuciones conferidas en las normas senaladas en los parrafos precedentes, el Concejo de la Municipalidad Distrital de Bellavista, mediante la Ordenanza Nº 026-2005-CDB de fecha 28 de noviembre del 2005, aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ano 2006, la misma que fue debidamente ratificada por el Acuerdo de Concejo Nº 000193 de la Municipalidad Provincial del Callao, dispositivos que fueron publicados el 30 de diciembre del ano 2005 en el Diario Oficial El Peruano y que han sido elaborados tomando los criterios y parametros establecidos en la Sentencia del Tribunal Constitucional Nº 0053-2004-PI/TC, cuya aplicacion es de caracter vinculante y obligatorio para todas las municipalidades; Que, la aplicacion de los parametros establecidos por el Tribunal Constitucional para la determinacion de los arbitrios municipales ha generado un sustancial incremento de dichas tasas en contra de mas del 80% de los contribuyentes del distrito, incremento que incide especialmente en los predios destinados a MORDAZA habitacion asi como en pequenas y micro empresas, sectores a los cuales es necesario brindar facilidades para promover el cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias, en el MORDAZA de un MORDAZA de consolidacion progresiva de la conciencia tributaria que no implique una afectacion a su economia; Que, bajo este contexto, la Direccion de Administracion Tributaria y Rentas propone una rebaja de las tarifas de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo del ano 2006, en beneficio de los contribuyentes del distrito que procedan al pronto pago; propuesta que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto considera viable porque se encuentra dentro del MORDAZA de un equilibrio presupuestario y financiero y que la Oficina de Asesoria Juridica considera se ajusta a ley; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades le confiere y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo 1º.- Otorguese el beneficio de descuento por el pronto pago de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo del ano 2006, a los contribuyentes que cancelen los mismos hasta el 30 de MORDAZA del 2006, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA Habitacion: Descuento del 80% sobre el incremento que resulte de la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 026-2006-CDB que aprueba las tasas de arbitrios municipales conforme a los parametros establecidos por el Tribunal Constitucional.

GOBIERNOS LOCALES
PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Otorgan beneficio de descuento por pronto pago de arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo del ano 2006
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2006-CDB Bellavista, 14 de febrero del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesion Extraordinaria de la fecha;

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