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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (18/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G38/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de febrero de 2006 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F /G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G6C/G32/G30/G30/G36 CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI ACUERDO Nº 004-2006-CR-RU Pucallpa, 20 de enero del 2006POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Ordinaria celebrada el 19 de enerodel 2006, con el voto unánime del Consejo Regional yen uso de las facultades conferidas en el Inc. k) del Art.7º del Reglamento Interno del Consejo Regional deUcayali; ACUERDA:Aprobar por unanimidad la Moción de fecha 19 de enero del 2006, suscrito por los Consejeros Regionalesde Ucayali: Dr. Fernando Rubén Inga Cáceres, Sra.Lily Sifuentes Torres, Prof. Juan Agustín Fernández,Sra. Rosa Elvira Navas Torres, Prof. Lourdes AlvánVillacorta, Lic. Justina Rojas Lozano y el Sr. SidneyEstuardo Hoyle Vega, con respecto a: Primero.- Establecer en 1.5 de la Unidad Impositiva Tributaria, elimporte de las dietas a percibir por los Consejeros delGobierno Regional de Ucayali, por asistencia efectivaa Sesión de Consejo en el período mensual,correspondiente al ejercicio presupuestal del presenteaño 2006. Segundo.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del acta. POR TANTO:Mando se registre y publique.EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZ Presidente Regional 02925 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G63/G75/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72 /G70/G72/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C/G20/G70/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2006-CDB Bellavista, 14 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Extraordinaria de la fecha;CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Leyde Reforma Constitucional Nº 27680, y el artículo II delTítulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades,los Gobiernos Locales tienen autonomía económica,política y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4del artículo 200º de la Constitución Política del Estado,establece que las Ordenanzas de las municipalidades,son las normas de carácter general de mayor jerarquíaen la estructura normativa municipal por medio de lascuales se aprueban las materias en las cuales éstastienen competencia, cuyo rango es equivalente a la ley; Que, conforme a lo establecido en la Norma II y IV del Título Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF -Texto Único Ordenado del Código Tributario modificadopor el Decreto Legislativo Nº 953, los Gobiernos Localesmediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimirsus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias oexonerar de ellos, dentro de su jurisdicción, con loslímites que señala la ley; Que en el uso de sus facultades y atribuciones conferidas en las normas señaladas en los párrafosprecedentes, el Concejo de la Municipalidad Distrital deBellavista, mediante la Ordenanza Nº 026-2005-CDB defecha 28 de noviembre del 2005, aprobó el RégimenTributario de los Arbitrios Municipales para el año 2006,la misma que fue debidamente ratificada por el Acuerdode Concejo Nº 000193 de la Municipalidad Provincial delCallao, dispositivos que fueron publicados el 30 dediciembre del año 2005 en el Diario Oficial El Peruano yque han sido elaborados tomando los criterios yparámetros establecidos en la Sentencia del TribunalConstitucional Nº 0053-2004-PI/TC, cuya aplicación esde carácter vinculante y obligatorio para todas lasmunicipalidades; Que, la aplicación de los parámetros establecidos por el Tribunal Constitucional para la determinación delos arbitrios municipales ha generado un sustancialincremento de dichas tasas en contra de más del 80%de los contribuyentes del distrito, incremento que incideespecialmente en los predios destinados a casahabitación así como en pequeñas y micro empresas,sectores a los cuales es necesario brindar facilidadespara promover el cumplimiento oportuno de susobligaciones tributarias, en el marco de un proceso deconsolidación progresiva de la conciencia tributaria queno implique una afectación a su economía; Que, bajo este contexto, la Dirección de Administración Tributaria y Rentas propone una rebajade las tarifas de los arbitrios de Limpieza Pública, Parquesy Jardines y de Serenazgo del año 2006, en beneficio delos contribuyentes del distrito que procedan al prontopago; propuesta que la Oficina de Planeamiento yPresupuesto considera viable porque se encuentradentro del marco de un equilibrio presupuestario yfinanciero y que la Oficina de Asesoría Jurídica considerase ajusta a ley; Estando a lo expuesto, con el voto mayoritario de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la LeyOrgánica de Municipalidades le confiere y con dispensadel trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó lasiguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo 1º.- Otórguese el beneficio de descuento por el pronto pago de arbitrios de limpieza pública,parques y jardines y serenazgo del año 2006, a loscontribuyentes que cancelen los mismos hasta el 30 deabril del 2006, de acuerdo al siguiente detalle: Casa Habitación: Descuento del 80% sobre el incremento que resulte de la aplicación de la OrdenanzaMunicipal Nº 026-2006-CDB que aprueba las tasas dearbitrios municipales conforme a los parámetrosestablecidos por el Tribunal Constitucional.