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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (18/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 46

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G38/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de febrero de 2006 SUNAT /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G53/G55/G4E/G41/G54 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 029-2006/SUNAT Lima, 17 de febrero de 2006 CONSIDERANDO:Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT, se dictaron medidas deorganización interna en la SUNAT, a fin que las unidadesorganizacionales a que se refiere el Reglamento deOrganización y Funciones, puedan desarrollarcabalmente sus funciones; Que se ha estimado pertinente dictar nuevas medidas de organización interna, a fin de optimizar elfuncionamiento de algunas unidades organizacionales aque se refiere el Reglamento de Organización yFunciones de la entidad; En uso de las facultades conferidas en el inciso r) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifíquese el Anexo de la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT deacuerdo al Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Anexo Agréguese las siguientes funciones a las unidades organizacionales que a continuación se señalan: INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBU- YENTES NACIONALES División de Control de Deuda14. Emisión de Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de libre disposición de losmontos depositados en las cuentas de detracciones,así como sus recursos impugnatorios. 15. Emisión de las Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de extorno del ingreso demontos como recaudación (transferencia de fondos) delas cuentas de detracciones. INTENDENCIA REGIONAL LIMADivisión de Control de la Deuda y Cobranza9. Emisión de Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de libre disposición de losmontos depositados en las cuentas de detracciones,así como sus recursos impugnatorios. 10. Emisión de las Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de extorno del ingreso demontos como recaudación (transferencia de fondos) delas cuentas de detracciones. INTENDENCIAS REGIONALES (DESCONCEN- TRADAS - TIPO) División de Control de la Deuda y Cobranza8. Emisión de Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de libre disposición de losmontos depositados en las cuentas de detracciones,así como sus recursos impugnatorios. 9. Emisión de las Resoluciones de Intendencia que resuelven las solicitudes de extorno del ingreso demontos como recaudación (transferencia de fondos) delas cuentas de detracciones. OFICINAS ZONALES (DESCONCENTRADAS - TIPO) Sección de Control de la Deuda y Cobranza 16. Emisión de Resoluciones de Oficina Zonal que resuelven las solicitudes de libre disposición de losmontos depositados en las cuentas de detracciones,así como sus recursos impugnatorios. 17. Emisión de las Resoluciones de Oficina Zonal que resuelven las solicitudes de extorno del ingreso demontos como recaudación (transferencia de fondos) delas cuentas de detracciones. 02998 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20 /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20 /G64/G65/G20 /G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73 /G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA REGIONAL Nº 022 -2005-CR/RLL Trujillo, 23 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de laConstitución Política del Perú de 1993, modificada por laLey de Reforma Constitucional del capítulo XIV del TítuloIV, sobre Descentralización - Ley Nº 27860; por la Leyde Bases de Descentralización - Ley Nº 27783; y la LeyOrgánica de los Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867,su modificatoria Ley Nº 27902 y demás normascomplementarias; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º Inc. n) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son competenciasdel Consejo Regional "Aprobar la Memoria y el Informede los Estados Presupuestarios y Financieros delGobierno Regional al Consejo Regional"; Que, el Art. 15º Inc. d) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que son competenciasdel Consejo Regional "Aprobar los Estados Financierosy Presupuestarios"; Que, el primer párrafo del Art. 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las OrdenanzasRegionales norman asuntos de carácter general, laorganización y la administración del Gobierno Regional;en tal sentido y en uso de sus facultades conferidas endicha ley, el Consejo Regional del Gobierno Regional deLa Libertad, en Sesión Ordinaria de la fecha, establecidoa lo expuesto, con el voto UNÁNIME de los señoresintegrantes de dicho Consejo;