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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G38/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de febrero de 2006 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir del 20 de febrero de 2006, la renuncia formulada por la señora abogada MaritaIvette Raffo Miranda al cargo de Gerente de Titulaciónde la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal– COFOPRI, dándole las gracias por sus serviciosprestados a la institución. Artículo 2º.- Designar al señor Gonzalo José Blanco Oyola como Gerente de Titulación de la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, apartir del 20 de febrero de 2006. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 019-2004-COFOPRI/PC. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO TUDELA CHOPITEA Ministro de Justicia y Presidente de laComisión de Formalización de laPropiedad Informal 02988 INACC /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G76/G69/G73/G74/G61 /G45/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G61/G20/G22/G49/G4E/G41/G43/G43/G22/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6F/G62/G6A/G65/G74/G6F/G20/G64/G65 /G64/G69/G66/G75/G6E/G64/G69/G72/G20/G63/G6F/G6E/G6F/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G61/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G2C/G20/G63/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6F/G74/G72/G6F/G73/G76/G69/G6E/G63/G75/G6C/G61/G64/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0397-2006-INACC/J Lima, 14 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC es un Organismo PúblicoDescentralizado del Sector Energía y Minas, cuyafinalidad es otorgar Títulos de Concesión Minera,incorporarlos al Catastro Minero Nacional, así comoadministrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad; Que, el ejercicio de las competencias asignadas al Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero -INACC, requiere de un alto nivel de especializacióncientífico y tecnológico que garantice una adecuadaprestación de servicios a la ciudadanía; Que, a fin de promover el perfeccionamiento académico de sus funcionarios y difundir conocimientosespecializados a la colectividad en general, resultanecesaria la creación de una revista electrónica cuyoobjeto sea el tratamiento de asuntos de interés minero; Con las facultades establecidas por el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Concesiones y Catastro Minero, aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-EM; y, Contando con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la creación de la Revista Electrónica "INACC" editada por el Instituto Nacional deConcesiones y Catastro Minero, cuyo objeto es la difusiónde conocimientos especializados en aspectos legales,catastrales, cartográficos y geodésicos vinculados conla actividad minera. Artículo Segundo.- La Revista Electrónica "INACC" será editada mensualmente y difundida desde el 1 demarzo de 2006 a través de la página web de la Institución. Artículo Tercero.- Fórmese un Comité de Redacción integrado por las siguientes personas: - El Director General de Catastro Minero, quien la Presidirá.- El Director General de Concesiones Mineras. - El Director General de Derecho de Vigencia y Desarrollo. - El Director de la Oficina General de Sistemas de Información. - El Director de la Unidad de Recursos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN FCO. BALDEÓN RÍOS Jefe Institucional (e)Instituto Nacional de Concesionesy Catastro Minero 02941 INDECOPI /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G6C/G61/G20 /G52/G65/G73/G2E/G20 /G4E/GBA/G20 /G30/G32/G30/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D /G49/G4E/G44/G45/G43/G4F/G50/G49/G2F/G44/G49/G52/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G2D /G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F /G79/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G65/G6C/G20/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74 RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DEL INDECOPI Nº 013-2006-INDECOPI/DIR Lima, 14 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, modificada por Ley Nº 27926,establece que toda persona tiene derecho a solicitar yrecibir información de cualquier entidad de laAdministración Pública; Que por Resolución Nº 020-2005-INDECOPI/DIR, se designó a los funcionarios del Indecopi responsables debrindar la información que se solicite con arreglo a lasnormas de la referida Ley, así como de la elaboración yactualización de la información que se difunde a travésdel portal institucional de Internet; Que habiéndose aprobado un nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la institución, resultapertinente modificar parcialmente dicha Resolución en lorelacionado a la denominación del área de la instituciónque procesa los pedidos de información formulados conarreglo a la Ley Nº 27806, así como de la personaencargada de la elaboración y actualización de lainformación que se difunde a través del portal institucional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27926, inciso e) del artículo 5ºdel Decreto Ley Nº 25868 y Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 077-2005-PCM; RESUELVE: Artículo Único.- Modifícase el texto de los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 020-2005-INDECOPI/DIR,cuyo tenor pasa a ser el siguiente: "Artículo 1º.- Designar a la señorita Brunela Diaz Salazar, Jefa de la Oficina de Servicios de Atención alCiudadano -SAC-, como la funcionaria responsable debrindar la información requerida en aplicación de la LeyNº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública y normas complementarias. Artículo 2º.- Designar al señor Jorge Risco Caballero, Jefe del Área de Imagen, Comunicaciones y Atención alCiudadano -ICA-, como la persona responsable de laelaboración y actualización de la información institucionalque se difunda a través del portal de Internet del indecopi,conforme a la Ley Nº 27806." Regístrese, comuníquese y publíquese. SANTIAGO ROCA TAVELLA Presidente del Directorio 02911