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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G32/G38/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 18 de febrero de 2006 Que, atendiendo a lo señalado en los párrafos precedentes, corresponde proceder a la contrataciónde un abogado que se haga cargo de la defensa legalde los funcionarios de la SUNASS, para lo cual se hanelaborado los correspondientes Términos deReferencia. Que, de acuerdo con los Términos de Referencia de la Adjudicación Directa Pública Nº 004-2006-SUNASS/GAF “Contratación de abogado para ladefensa legal de funcionarios en las denunciaspresentadas por SEDAPAL S.A.”, se ha consideradoque el abogado a contratar debe contar con títuloprofesional de abogado, encontrarse colegiado y hábilpara el ejercicio del derecho, ser especialista en derechopenal y procesal penal de preferencia con grado demagíster o doctor, tener experiencia no menor de diezaños en el ejercicio del derecho penal, haber ejercido elpatrocinio judicial en materia penal en casos similaresen los que funcionarios y servidores públicos deinstituciones del Poder Ejecutivo han sido denunciadospor actos realizados en el ejercicio de sus funciones,que ejerza cátedra universitaria en cursos de derechopenal o procesal penal y haya realizado la publicaciónde artículos relacionados con las materias de derechopenal y procesal penal. Que, al respecto, el artículo 145º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, en lo sucesivo el Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, enconcordancia con lo dispuesto por el artículo 19º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, en lo sucesivo el TUO,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM,establece que cuando exista la necesidad de proveersede servicios especializados profesionales, artísticos,científicos o tecnológicos procede la exoneración delcorrespondiente proceso de contratación, en lamodalidad de servicios personalísimos. Que, mediante un proceso exonerado en la modalidad de servicios personalísimos, procede la contratación depersonas naturales o jurídicas notoriamenteespecializadas siempre que su destreza, habilidad,experiencia particular y/o conocimientos evidenciados,apreciados de manera objetiva, permitan sustentar demodo razonable e indiscutible su adecuación parasatisfacer la complejidad del objeto contractual y hagainviable la comparación con otros potencialesproveedores. Que, en atención a lo específico y especializado de los Términos de Referencia a los que se ha hechoreferencia precedentemente, mediante el Informe deVisto, la Gerencia de Asesoría Jurídica sustenta lanecesidad de contratar, vía proceso exonerado bajo lamodalidad de servicios personalísimos, al doctor DinoCarlos Caro Coria, abogado especializado en materiapenal, con amplia experiencia en defensa defuncionarios públicos, catedrático de diversasuniversidades, cuyas condiciones y característicaspersonales sustentan razonable e indiscutiblemente sucontratación para encargarse de la defensa legal delos funcionarios de la SUNASS denunciados, siendoinviable su comparación con otros potencialesproveedores del referido servicio. Que, la Gerencia de Administración y Finanzas de la SUNASS ha verificado la fuente de financiamiento y ladisponibilidad presupuestal necesaria para la contrataciónde la mencionada asesoría legal. Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 11º del TUO y 148º del Reglamento, resultanecesario aprobar el expediente del procesoexonerado en modalidad de servicios personalísimosy elaborar las bases correspondientes, en atención alo cual debe nombrarse un comité especial que laselabore. Que, en ejercicio de las facultades de delegación contenidas en el artículo 4º del TUO, resulta convenientedelegar, en la Gerencia General, la facultad de aprobarel expediente correspondiente al proceso exoneradobajo la modalidad de servicios personalísimos a que serefiere la presente resolución y las basescorrespondientes.En virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, elReglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM y de la autorizaciónotorgada por el Consejo Directivo mediante el AcuerdoNº 007-2006, adoptado en la Sesión Nº 04-2006 de fecha14 de febrero de 2006. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública Nº 004-2006-SUNASS/GAF“Contratación de abogado para la defensa legal defuncionarios en las denuncias presentadas por SEDAPALS.A.”, para contratar en la modalidad de procesopersonalísimo, en forma directa y mediante accionesinmediatas, al doctor Dino Carlos Caro Coria. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas a realizar la contratación aque se refiere el artículo precedente hasta por el montode US$ 45 000,00 (Cuarenta y Cinco Mil y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América), valorreferencial que incluye los impuestos de ley y todos losconceptos que incidan en el costo final, con cargo a lafuente de financiamiento recursos directamenterecaudados de la Superintendencia Nacional deServicios Saneamiento para el ejercicio 2006, montoque será pagado al mencionado asesor legal deacuerdo a lo estipulado en el contrato a suscribirse conéste. Artículo 3º.- Designar al Comité Especial que elaborará las bases correspondientes del procesoexonerado en la modalidad de servicios personalísimosde la Adjudicación Directa Pública Nº 004-2006-SUNASS/GAF “Contratación de abogado para la defensa legal defuncionarios en las denuncias presentadas por SEDAPALS.A.”, que tendrá como miembros a las siguientespersonas: Presidente: José Luis Harmes Bouroncle Miembros titulares: Mariela Candela Véliz - 1er. miembro María Consuelo La Rosa Sánchez Paredes - 2do. miembro Miembros suplentes: Ernesto Peña Haro - suplente del Presidente Silvia Falcón Alzamora - suplente del 1er. miembro Jorge Isimura Garrido - suplente del 2do. Miembro Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General la aprobación del expediente y de las basescorrespondientes al proceso exonerado en la modalidadde servicios personalísimos de la Adjudicación DirectaPública Nº 004-2006-SUNASS/GAF “Contratación deabogado para la defensa legal de funcionarios en lasdenuncias presentadas por SEDAPAL S.A.”. Artículo 5º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas publique la presente resoluciónen el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a su emisión y en el SistemaElectrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE. Artículo 6º.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas remita copia de la presenteresolución y del Informe Nº 009-2006-SUNASS-060 defecha 14 de febrero de 2006 a la Contraloría General dela República y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro delplazo de diez (10) días hábiles de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO SALINAS RIVAS Presidente del Consejo Directivo 02964