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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 110

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 03208 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G65/G6E/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G6C /G66/GFA/G74/G62/G6F/G6C/G20 /G66/G65/G6D/G65/G6E/G69/G6E/G6F/G20 /G61/G20 /G74/G72/G61/G76/GE9/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6C/G61 /G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G43/G61/G6D/G70/G65/G6F/G6E/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/GFA/G74/G62/G6F/G6C /G46/G65/G6D/G65/G6E/G69/G6E/G6F/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G46/G50/G46 RESOLUCION Nº 95-2006-RASS Santiago de Surco, 20 de febrero de 2006 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en su artículo 82º inciso 18, establece que los gobiernoslocales tienen como función normar, coordinar y fomentar el deporte, tanto en la niñez como en el vecindario; Que, mediante Informe Nº 080-2006-SGDH-GDS- MSS de fecha 2 de febrero del 2006, la Subgerencia de Desarrollo Humano indica que, es política de esta Corporación, fomentar las actividades deportivas entrelos trabajadores de la misma, siendo ya costumbre la realización de diversos campeonatos internos, en diversas disciplinas deportivas, estando el Fútbol comoprincipal atracción deportiva; Que, fruto de estos Campeonatos el año 2005 se experimentó con el Primer Campeonato de Fútbol Femenino,en el cual se conformaron tres (3) equipos cuyo desempeño demostró que esta Corporación cuenta con elementos destacados en esta nueva disciplina como lo es el FútbolFemenino, el cual debido a su poca difusión no es aprovechado al máximo, por falta de apoyo al mismo, demostrando esta disciplina que puede obtener reconocimientos internacionalescomo la Medalla de Oro en los últimos Juegos Bolivarianos disputados en Colombia el año 2005; Que, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, artículo 82º inciso 18, es competencia de las Municipalidades fomentar el deporte y la recreación de la niñez y del vecindario en general, siendo por tanto procedentedesarrollar un programa de incentivo al deporte a través de la participación de esta Corporación en actividades deportivas como el Fútbol Femenino, y que a futuro esta disciplina puedalograr mayores logros y cuya práctica permita alejar a los jóvenes del distrito de la drogadicción y del pandillaje, incentivado el desarrollo de aptitudes deportivas con laparticipación de los vecinos, teniéndose en cuenta además que está por iniciarse el IX Campeonato de Fútbol Femenino, avalado por la Federación Peruana de Fútbol; Que, la promoción de esta disciplina deportiva conllevará además al mejoramiento de la infraestructura ya existente y que se revertirá en el beneficio del distrito,acorde con el desarrollo local; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28036 – Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, considera a losGobiernos Locales dentro del Sistema Deportivo Nacional, siendo por tanto facultad de esta Corporación realizar e impulsar acciones que ayuden a desarrollar laactividad deportiva, recreativa y de educación física en su jurisdicción; Que, mediante Memorándum Nº 111-GDS-GM-MSS de fecha 6 de febrero del 2006, la Gerencia de Desarrollo Social y el Informe Nº 094-2006-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoría Jurídica fecha 9 de febrero del 2006, opinanfavorablemente respecto a la creación del programa de incentivo al Fútbol Femenino a través de la participación en el IX Campeonato de Fútbol Femenino;RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el programa de incentivo al Fútbol Femenino a través de la participación del equipo de fútbol femenino de la Municipalidad de Santiago deSurco en el XI Campeonato de Fútbol Femenino organizado por la Federación Peruana de Fútbol. Artículo Segundo.- Los gastos que genere la preparación y participación del Equipo de Fútbol Femenino en el XI Campeonato de Fútbol Femenino organizado por la Federación Peruana de Fútbol y los futuros campeonatosen los que se participe, serán asumidos con cargo al presupuesto asignado a la Gerencia de Desarrollo Social a través de la Subgerencia de Desarrollo Humano. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social a través de la Subgerencia de Desarrollo Humano la ejecución de la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 03197 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G73/G75/G62/G64/G69/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 012-06-GODU/MDS Surquillo, 27 de enero de 2006 EL GERENTE DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Expediente Nº 86429-05, promovido por doña VICTORINA ESPINOZA SOTO, quien solicita laSUBDIVISIÓN del Lote Matriz, ubicado en el Jr. Leoncio Prado Nº 942-944-946 del distrito de Surquillo, con el área de 540.00 m2, en dos Sublotes A y B; CONSIDERANDO: Que, la recurrente acredita la propiedad del Lote Matriz con la Copia Literal Partida Nº 49061383 Inscripción de Predios del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima,Anotación de Prescripción Adquisitiva de Dominio, de fecha 26.11.03; anexando tres juegos de la Memoria Descriptiva, Planos de Ubicación y Localización U-01;de la Subdivisión de Lote; y demás documentos que obran en autos; cumple con lo exigido por el TUPA; Que, en el Informe Nº 015-05/SGCHU/GODU-MDS del 30.12.05 de Catastro, se detalla que el Lote Matriz materia de la Subdivisión de acuerdo a la verificación de los Planos U-01 e I-1 comprenda, el Sublote A con 455.85m2, ubicado en Jr. Leoncio Prado Nº 944-946, el Sublote B sito en Jr. Leoncio Prado Nº 942; Que, el precedente Informe de Catastro y Habilitaciones Urbanas aprueba la Subdivisión solicitada del Lote Matriz de 540.00 m2 ubicado en Jr. Leoncio Prado Nº 942-944-946 del distrito de Surquillo, de laprovincia y departamento de Lima; con la zonificación I1R Zona de Vivienda Taller; Que, con el Informe favorable Nº 014-06-AL/GODU- MDS del 19.01.06, de Asesoría Legal de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano; Que, conforme a las atribuciones determinadas por el Reglamento Nacional de Construcciones; la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y demás normas vigentes sobre la materia; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Subdivisión de Lote Matriz de 540.00 m2, sito en Jr. Leoncio Prado Nº 942-