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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 108

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 Mercedes”, solicita la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana, desarrollada sobre el terreno de19,550.50 mts2, constituido por la Parcela Nº 10239 del Ex-Fundo Santa Rosa la que se encuentra inscrita en la Partida Nº 43946676 del Registro de Predios de laSuperintendencia Nacional de Registros Públicos a favor de la “Asociación de Propietarios Las Mercedes”, adjuntando documentos de acuerdo al Artículo 10º delTexto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-98-MTC; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Resolución Nº 166-95-MML/DMDU del 11 de agosto de 1,995 resuelve lo siguiente: 1. “Apruébese en Vía de Regularización, los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para Uso de Vivienda“R-4”, del terreno de 19,600.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10239 del ex fundo Santa Rosa ubicado en el distrito de San Martín de Porres”. 2. “Autorízase a la Compañía Inmobiliaria Promotora y Constructora “Montecarlo” S.A. (CIPCOMSA) para presentar en el plazo de seis (6) meses los ProyectosDefinitivos que serán elaborados en base al Anteproyecto que figura en el plano adjunto signado con el Nº 129-95- MLM/DGO-DHU, sujetándose a la Calificación otorgadapor la Comisión de Habilitación Urbana como Tipo B. El aporte para el Ministerio de Educación de 392.00 mts2 y el déficit de aporte para Recreación Pública de 746.00 mts2 serán redimidos en dinero ubicándolos para efectos de tasación, con frente a la vía de mayor valorarancelario, quedando en garantía de su cumplimiento los lotes del 17 al 26 de la Manzana B…” Que, la “Asociación de Propietarios Las Mercedes” presenta una Minuta de Compensación de Áreas suscrita con la Asociación de Vivienda “Villa El Amauta”, con quienes de mutuo y común acuerdo convinieronen realizar la compensación de áreas de terreno colindantes dentro de sus respectivos programas, de acuerdo al Plano Perimétrico presentado, una vezrealizadas la compensación de áreas de terrenos colindantes, el área bruta del terreno de la Asociación de Propietarios Las Mercedes queda reducida a19,550.50 mts.2; Que, el proceso de habilitación urbana ha sido ejecutado por fases y de manera progresiva, por ello deacuerdo a la definición señalada en el Título II-XXII-1 del Reglamento Nacional de Construcciones, se debe considerar de Tipo Progresivo a la Habilitación Urbanadel terreno de 19,550.50 mts2, de propiedad de la “Asociación de Propietarios Las Mercedes”. Que, de acuerdo a los Informes Nº 097 y 145-2005- MDSMP/GDU-DPHU de la División de Habilitaciones Urbanas, las obras que se encuentran concluidas son las de calzadas, agua potable, desagüe, y energíaeléctrica, de conformidad con el Plano de Replanteo de Lotización Nº 015-2005-DHU/GDU/MDSMP, las cuales se han llevado a cabo de acuerdo a la calidadmínima de las obras que corresponden a la calificación de Habilitación Urbana Tipo B, señalada en la Resolución Nº 166-95-MML/DMDU del 11 de agostode 1,995, no habiéndose realizado modificación alguna de las obras; Que, de acuerdo al Título II-XXII-3.1 del Reglamento Nacional de Construcciones señala que las personas naturales y jurídicas deberán presentar el modelo de contrato en el que se incluirán las cláusulas pertinentes,especificando las obras posteriores de habilitación que quedan de responsabilidad de los compradores, en ese sentido resulta procedente que la "Asociación dePropietarios Las Mercedes", como representantes de los compradores cumpla y ejecute las obras; Que, la Asociación presenta copia de la Boleta de Venta Nº 001-0070183 del Ministerio de Educación por S/.5,264.56 Nuevos Soles como pago del déficit de aportes al Ministerio de Educación, y los Recibos dePago Nºs. 050009215 y 000247000 de S/. 5,120.63 y S/. 5,000.00 Nuevos Soles de la Municipalidad de SanMartín de Porres, como pago del Déficit de Aportes de Recreación Pública, por lo que se debe levantar la garantíaimpuesta sobre los Lotes 17 al 26 de la Mz. B, mediante el Artículo 3º de la Resolución Nº 166-95-MLM/SMDU- DMDU, del 11 de agosto de 1995; Que, las especificaciones técnicas de conformidad con la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP se encuentran contenidas en el Informe Nº 0145-2005-MDSMP/GDU-DHU de la División de Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano que forma parte del expediente; De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, la Ley General deHabilitaciones Urbanas Nº 26878, el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC y la Ordenanza Nº 010-2000-MDSMP y estando al Informe Nº 0145-2005-MDSMP/GDU-DHU yvisto de la Gerencia de Desarrollo Urbano; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar de conformidad con el Plano Nº 014-05-MDSMP/GDU/DHU la compensación deáreas de linderos suscrita entre la "Asociación de Propietarios Las Mercedes" con la "Asociación de Vivienda Villa El Amauta", como el resultado de ello elárea bruta del terreno de la Asociación de Propietarios "Las Mercedes" queda reducida de 19,601.09 m2 a 19,550.50 m2. Artículo 2º.- Declarase cumplida por la "Asociación de Propietarios Las Mercedes" las obras ejecutadas considerándose de tipo progresivo a la HabilitaciónUrbana del terreno de 19,550.50m2, propiedad de la "Asociación de Propietarios Las Mercedes". Artículo 3º.- Aprobar de conformidad con el Plano de Lotización Nº 015-2005-MDSMP/GDU/DHU, la recepción de obras correspondiente a las obras de calzadas, agua potable, desagüe y energía eléctrica, lascuales se han llevado a cabo de acuerdo a la calidad mínima de las obras que corresponden a la calificación de habilitación urbana, tipo B, señalada en la ResoluciónNº 166-95-MML/DMDU del 11 de agosto de 1995. Artículo 4º.- Queda levantada la garantía de los Lotes 17 al 26 de la Mz. B, impuesta mediante el Artículo 3º dela Resolución Nº 166-95-MLM/SMDU-DMDU, del 11 de agosto de 1995, por cuanto el déficit de aporte por Recreación Pública y el Ministerio de Educación hansido debidamente cancelados en dinero, cuyos pagos se acreditan con los recibos de pago que obran en el expediente de recepción de obras. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cuenta de los interesados dentro del plazo de 30 días de notificadola presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JESÚS ÁLVARO VÉLIZ DUARTE Alcalde 03212 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G42/G6F/G6E/G6F/G20/G22/G50/G75/G6E/G74/G6F/G20/G4E/G61/G72/G61/G6E/G6A/G61/G22/G20/G71/G75/G65 /G70/G6F/G64/G72/GE1/G20/G73/G65/G72/G20/G75/G74/G69/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 254-MSS Santiago de Surco, 17 de febrero de 2006 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO