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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 102

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 denominados “tramitadores” sea cual fuere su índole y zona de trabajo. Artículo Segundo.- Para efectos de la presente Ordenanza entiéndase por tramitador a toda aquella persona que de manera informal y ambulatoria, presteservicios de tramitación, representación u otros, ante cualquier entidad pública o privada, sea en vías o espacios públicos del distrito. Artículo Tercero.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza será sancionado con una multa equivalente al 5% de la UIT vigente sin perjuicio de laaplicación de la retención y/o retiro de los bienes vinculados a la actividad. Artículo Cuarto.- Incorpórese la siguiente infracción al Cuadro de Infracciones y Sanciones vigente, según la Ordenanza Nº 182-MDMM: Orden Público y actos contra la moral (22000) Código Infracción Multa en UIT Otras medidas vigente 22012Ofrecer y/o realizar activi- 5% Retiro y/o dades de tram itadores retención de bienes Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 03353 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6C/G65/G76/G61/G6E/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G20/G72/GED/G67/G69/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G56/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G45/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G22/G4D/G65/G67/G61/G20/G53/G75/G72/G20/G45/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G32/G30/G30/G36/G22 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000011-2006/MDSJM San Juan de Miraflores, 14 de febrero del 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: El Memorando Nº 078-2006/MDSJM-GM- GDE de fecha 13.02.2006 de la Gerencia de Desarrollo Económico; Informe Nº 021-2006-MDSJM-GDU/ SGOPCU, de fecha 30.01.2006 de la Subgerencia deObras Privadas y Control Urbano; Informe Nº 03-2006- MDSJM-GSC-SGDC de fecha 6.02.2006 de la Subgerencia de Defensa Civil; Informe Nº 144-2006-MDSJM/GM/OAJ de fecha 13.02.2006 de la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Comuna. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores con la intención de mejorar la calidad de vidade los pobladores del distrito, viene realizando y proyectando con diversas instituciones públicas y privadas, actividades temporales de índole económico,social y cultural que permiten y permitirán brindar trabajo temporal y beneficios económicos a las familias del distrito. Que, la IV Feria Escolar denominada “MEGA SUR ESCOLAR 2006” constituye una herramienta de promoción empresarial principalmente para las MYPESque perfila la vocación comercial del distrito enconcordancia a la visión de desarrollo definida en el Plan de Desarrollo Integral 2003-2012 de San Juan deMiraflores aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 000017 de fecha 27 de enero del 2004. Que, mediante Memorando Nº 078-2006/MDSJM- GM-GDE de fecha 13.02.2006 de la Gerencia de Desarrollo Económico; Informe Nº 021-2006-MDSJM- GDU/SGOPCU, de fecha 30.01.2006 de la Subgerenciade Obras Privadas y Control Urbano; Informe Nº 03- 2006-MDSJM-GSC-SGDC de fecha 6.02.2006 de la Subgerencia de Defensa Civil; se tiene que opinanfavorablemente sobre la factibilidad técnica de realizar el mencionado evento; asimismo mediante Informe Nº 144- 2006-MDSJM/GM/OAJ de fecha 13.02.2006, la Oficinade Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable por la procedencia de levantar temporalmente el carácter de zona rígida al tramo de la vía auxiliar de la avenida DeLos Héroes, cuadras 5 y 6, lado de numeración impar de la citada avenida de este distrito, para la realización del mencionado evento. Que, por las consideraciones expuestas resulta necesario otorgar facilidades para su realización, disponiendo el levantamiento temporal de la zona rígidaen el espacio físico necesario; durante el tiempo de realización del evento ferial. En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- Levantar temporalmente el carácter de zona rígida al tramo de la vía auxiliar de la avenida De Los Héroes, cuadras 5 y 6, lado de numeración impar de la citada avenida de este distrito, apartir del 19 de febrero al 20 de abril del presente año, para la realización de la IV Feria Escolar denominada “MEGA SUR ESCOLAR 2006”. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Desarrollo Económico, el cumplimiento delpresente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULO HERNÁN HINOSTROZA GUZMÁN Alcalde 03255 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73 /G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G2D/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G70/G61/G67/G6F/G20 /G64/G65/G20 /G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20 /G61/G20 /G71/G75/G65/G20 /G73/G65/G20 /G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20 /G6C/G61/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G36/G2D/G4D/G44/G53/G4D/G50 ORDENANZA Nº 158-MDSMP San Martín de Porres, 21 de febrero de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Martín de Porres, en sesión ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28607, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las