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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (23/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 96

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G31/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 23 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que, la Ley General de Residuos Sólidos - Ley Nº 27314, en su artículo 1º establece los derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de lasociedad en su conjunto, para asegurar una gestión ymanejo de los residuos sólidos, sanitaria yambientalmente adecuada, con sujeción a los principiosde minimización, prevención de riesgos Ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana; y mediante su artículo 3º define que, la finalidadde la gestión de los residuos sólidos en el país es la desu manejo integral y sostenible, mediante la articulación,integración y compatibilización de las políticas, planes,programas, estrategias y acciones de quienes intervienen en la gestión y manejo de los residuos sólidos, aplicando los lineamientos de políticas necesarios; Que, la referida Ley Nº 27314 a lo largo de su cuerpo normativo define los residuos sólidos y su clasificación,identifica a las autoridades competentes, fija las normaspara el manejo de residuos sólidos, la prestación de los servicios de residuos sólidos, la información sobre el manejo de residuos sólidos, la participación ciudadana,los instrumentos económicos, las medidas de seguridady sanciones y otros aspectos, los mismos que sondesarrollados técnicamente mediante el Reglamento dela Ley mencionada, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004; desarrollos que los gobiernos locales deben considerar en su normatividad específica; Que, de acuerdo al Reglamento aprobado según D.S. Nº 057-2004/PC de la Ley General de ResiduosSólidos Nº 27314, que señala en su SegundaComplementaria que las Municipalidades tienen un plazo de un año a partir del 24 de julio del 2004 para aprobar la Ordenanza que norme la Gestión Ambiental de ResiduosSólidos en su jurisdicción; Que, habiendo sido revisado la propuesta de Ordenanza de Gestión Ambiental de Residuos Sólidospara la Jurisdicción de Comas, elaborado con el apoyo del PROGRAMA PROPOLI y los aportes del Equipo Técnico y profesionales de la Gerencia de DesarrolloAmbiental y profesionales del Consorcio Ciudad Saludable- IPES, la misma que nos permitirá una gestión ordenaday eficiente de los residuos sólidos en todas sus etapas,desde la generación pasando por la segregación en la fuente, limpieza, recolección, transporte, transferencias, tratamiento hasta la disposición final y estando ésta deacuerdo a lo señalado en la Ley General de Residuos ysu respectivo reglamento; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el pleno del Concejo aprobó por Mayoría la siguiente. ORDENANZA Artículo Único.- APROBAR, el Informe sobre “GESTIÓN Y MANEJO de Residuos Sólidos“ del Distrito de Comas, que consta de VI Títulos, 48 Artículos y CuatroDisposiciones Finales y que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 03196 /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F /G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G61/G6C/G20/G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G32/G30/G30/G36 ORDENANZA Nº 184-C/MC Comas, 30 de enero de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMASVISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 30 de enero del 2006, el Dictamen remitido por la Presidenta de la Comisiónde Administración, Planificación, Economía y Finanzas, que aprueba el importe mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2006 de laMunicipalidad Distrital de Comas; CONSIDERANDO: Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por D.S. Nº 156- 2004-EF, refiere que conforme a lo establecido, en elnumeral 4 del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean contribuciones o tasas las que se aprueban medianteOrdenanza dentro de los límites que fije la ley; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 13º y cuarta disposición final del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF , faculta a las Municipalidades a establecer un monto mínimo apagar por concepto del Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la UIT así como brindar el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinaciónde impuesto y recibos de pago así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 1 deenero de cada ejercicio; Que, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del 2006 , ha sido establecidomediante D.S. Nº 176-2005-EF siendo éste de S/. 3,400.00 (Tres Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante informe Nº 055-2006-GAJ/MC la Gerencia de Asuntos Jurídicos da conformidad a la presente Ordenanza al encontrarse con arreglo a Ley; Con las atribuciones conferidas por el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámite y aprobación del Acta, elPleno del Concejo aprobó por Unanimidad la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLECER, en la jurisdicción del distrito de Comas, el importe mínimo a pagar porconcepto del impuesto predial correspondiente al ejercicio 2006 de S/. 20.40 (Veinte y 40/100 Nuevos Soles), que es equivalente al 0.6% de la UIT. Artículo Segundo.- MANTENER, en S/. 7.80 (Siete y 80/100 Nuevos Soles) el monto que deberá abonar loscontribuyentes por concepto de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial, recibo de pago y distribución a domicilio para elejercicio 2006. Por cada predio adicional se abonará S/. 2.60 (Dos y 60/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- ESTABLECER, en S/. 6.00 (Seis Nuevos Soles) el monto anual que deberán abonar los contribuyentes, por concepto de gastos de emisión ydistribución a domicilio de los Arbitrios de Limpieza Pública Parques y Jardines Públicos para el ejercicio 2006, monto que será distribuido a razón de S/. 0.50 (CincuentaCéntimos de Nuevos Soles) por mes. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Administración y Finanzas brindará el apoyo económico y logístico a la Unidad de Relaciones Públicas, para la publicidad y difusión de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- DISPENSAR, de la lectura y aprobación del acta para que la presente Ordenanzaentre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 03198